Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2013 (20/04/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Sabado 20 de MORDAZA de 2013

493199
evaluar el Instrumento de Gestion Ambiental Correctivos (IGAC), presentados por los sujetos de formalizacion de actividades en curso de pequena mineria o mineria artesanal. Con ello, se busca que los procesos de evaluacion se realicen de manera estandar, minimizando la discrecionalidad, de modo que los IGAC que reciban aprobacion posean niveles aceptables de calidad y contenido. Ademas, esta Guia se ofrece como un medio de consulta importante para los consultores encargados de elaborar los IGAC y para todos los interesados en el mismo. Habida cuenta que se proponen criterios bajo los cuales dichos instrumentos serian evaluados y eventualmente aprobados. La presente Guia esta elaborada segun el orden de las secciones previstas en los Terminos de Referencia Comunes del IGAC, (Anexo N° 01 del Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM), de acuerdo al detalle siguiente: I. Resumen Ejecutivo II. Objetivo III. MORDAZA legal IV. Analisis de la actividad V. Descripcion del area de influencia de la actividad en curso VI. Identificacion y evaluacion de Impactos en Materia Ambiental VII. Propuesta de Plan de Manejo Ambiental (PMA) VIII. Cronogramas de implementacion y de inversion TERMINOS DE REFERENCIA COMUNES PARA LA ELABORACION DEL INSTRUMENTO DE GESTION AMBIENTAL CORRECTIVO - IGAC El Instrumento de Gestion Ambiental Correctivo (IGAC) se desarrollara segun el detalle que se presenta en cada una de las secciones siguientes: I. RESUMEN EJECUTIVO El resumen ejecutivo debera desarrollarse de conformidad con el Anexo N° 01 del Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM. El Resumen Ejecutivo del IGAC es una sintesis del contenido de dicho instrumento. Su objetivo es permitir que el Gobierno Regional tenga una vision general del documento, en la cual se describa las condiciones ambientales actuales, las actividades realizadas, el MORDAZA de procesamiento utilizado, prestando particular atencion a las medidas sugeridas para controlar y remediar los impactos ambientales negativos generados por la actividad en curso. II. OBJETIVO

la obtencion de la autorizacion de inicio de operaciones que se otorga en el MORDAZA del MORDAZA de Formalizacion establecido en la citada norma; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM, modificado por Decreto Supremo N° 001-2013-MINAM, se aprobaron las Disposiciones Complementarias que regulan el Instrumento de Gestion Ambiental Correctivo - IGAC, aplicable en los procesos de formalizacion de las actividades en curso de la pequena mineria y mineria artesanal, de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 1105; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria del mencionado Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM, establece que el Ministerio del Ambiente aprobara con Resolucion Ministerial y en el MORDAZA de sus competencias, las normas complementarias necesarias para la mejor aplicacion de dicha norma; Que, de acuerdo al documento de visto, como resultado de las acciones de capacitacion dirigidas a los gobiernos regionales, se han identificado dificultades en los niveles e instancias encargadas de conducir el procedimiento de revision del IGAC, siendo necesario contar con lineamientos que coadyuven al cumplimiento de los requisitos minimos establecidos para el MORDAZA de formalizacion, especificamente, en lo relacionado a cada tematica contenida en los Terminos de Referencia Comunes para la elaboracion del IGAC; Que, la Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental - SEIA, ha elaborado la Guia para la Evaluacion del Instrumento de Gestion Ambiental Correctivo, que tiene como objetivo orientar a los niveles e instancias encargadas de la revision y evaluacion del IGAC, considerando el resultado de las acciones de capacitacion desarrolladas, asi como las consultas formuladas por los gobiernos regionales, consultores encargados de la elaboracion del IGAC, pequenos mineros y mineros artesanales comprendidos en el MORDAZA de formalizacion; por lo que, resulta conveniente formalizar la aprobacion de la mencionada Guia; Con el visado del Viceministerio de Gestion Ambiental, la Secretaria General, la Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1105, que establece las Disposiciones para el MORDAZA de Formalizacion de las Actividades de Pequena Mineria y Mineria Artesanal; el Decreto Supremo N° 004-2012MINAM, que aprueba las Disposiciones Complementarias que regulan el Instrumento de Gestion Ambiental Correctivo - IGAC, modificado por Decreto Supremo N° 001-2013MINAM; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organizacion y Funciones. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Guia para la Evaluacion del Instrumento de Gestion Ambiental Correctivo - IGAC, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, por los fundamentos senalados en la parte considerativa.. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Web Institucional del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente ANEXO GUIA PARA LA EVALUACION DEL INSTRUMENTO DE GESTION AMBIENTAL CORRECTIVO (IGAC) MORDAZA La presente Guia constituye un documento de orientacion para las instancias encargadas de revisar y

Para desarrollar esta seccion se debe presentar un objetivo general y los objetivos especificos alineados con el contenido del estudio. Estos objetivos deben estar acorde con el Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM. Los objetivos deben estar dirigidos a la implementacion de las medidas para eliminar, controlar y remediar progresivamente, en plazos definidos claramente, los impactos ambientales negativos que viene causando la actividad de pequena mineria y minera artesanal; aplicando prioritariamente actividades de prevencion, control, remediacion y compensacion ambiental. III. MORDAZA LEGAL De conformidad con el Anexo N° 01 del Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM, este capitulo debe incluir las normas legales vigentes que sustentan el IGAC. Al respecto, se debera incluir como minimo la normativa siguiente: - Decreto Legislativo N° 1105, que establece disposiciones para el MORDAZA de formalizacion de las actividades de pequena mineria y mineria artesanal. - Decreto Supremo N° 006-2012-EM, aprueban medidas complementarias para la formalizacion de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.