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El Peruano Sábado 20 de abril de 2013 493211 Delegan en la Coordinadora General del “Programa de Mejoramiento de la Educación Inicial en Ayacucho, Huancavelica y Huánuco” la facultad para evaluar y declarar la viabilidad de diversos Proyectos de Inversión Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0190-2013-ED Lima, 19 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Código SNIP N° PROG-029-2010-SNIP se registró el Programa Mejoramiento de la Educación Inicial en Ayacucho, Huancavelica y Huánuco, el mismo que está compuesto por el proyecto de código SNIP N° 155427, denominado Mejoramiento de Prácticas Pedagógicas y de Gestión en los Agentes Educativos de Educación Inicial en las UGEL de La Mar (Ayacucho), Acobamba (Huancavelica) y Pachitea (Huánuco), y un Conglomerado de Proyectos de Código SNIP N° 016-2010-SNIP, denominado: Mejoramiento de Infraestructura y Equipamiento de Instituciones Educativas de Educación Inicial en las Regiones de Ayacucho, Huancavelica y Huánuco; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0400-2012- ED se aprobó el Manual de Operaciones del “Programa de Mejoramiento de la Educación Inicial en Ayacucho, Huancavelica y Huánuco”, en adelante Manual de Operaciones; Que, el literal ix) del numeral 2.2 del Manual de Operaciones establece que una de las funciones de la Unidad Ejecutora del Programa es la de declarar la viabilidad de los proyectos de inversión que se ejecuten en el marco del conglomerado de infraestructura; asimismo, el numeral 2.1.1. del Anexo 7.1 Descripción de Cargos de la UEP y Equipos de Asistencia Técnica del Manual de Operaciones establece que una de las funciones del Coordinador General del Programa es la aprobar la viabilidad de los Proyectos de Inversión que se ejecutan en el marco de los conglomerados de infraestructura; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0039- 2013-ED se designó a la señora María del Rocío Vesga Gatti como Coordinadora General del Programa de Mejoramiento de la Educación Inicial en Ayacucho, Huancavelica y Huánuco; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, establece que las Ofi cinas de Programación e Inversiones - OPI, o la que haga sus veces, de cada Sector son las instancias facultadas para evaluar y declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública. Esta atribución puede ser delegada, por el Órgano Resolutivo, a las entidades y empresas adscritas al Sector; Que, el numeral 7.5 del artículo 7 de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2011- EF/68.01, establece que una de las funciones del Órgano Resolutivo es, sólo en el caso de proyectos enmarcados en conglomerados legalmente autorizados, la de poder delegar previa opinión favorable de su OPI, a favor de las Unidades Ejecutoras de las Entidades y Empresas bajo su ámbito, la facultad para evaluar y declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública; bajo responsabilidad del Titular o de la máxima autoridad de la Entidad o Empresa a la cual pertenece la Unidad Ejecutora; Que, mediante Ofi cio N° 07-2013-MINEDU-PMEI-CG la Coordinadora General del Programa de Mejoramiento de la Educación Inicial en Ayacucho, Huancavelica y Huánuco solicitó se delegue a favor de la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica, la facultad para evaluar y declarar la viabilidad de los proyectos que se ejecuten en el marco del Conglomerado autorizado de Proyectos de Código SNIP N° 016-2010- SNIP, denominado “Mejoramiento de Infraestructura y Equipamiento de Instituciones Educativas de Educación Inicial en las Regiones de Ayacucho, Huancavelica y Huánuco”; Que, mediante Informe N° 00012-2013-MINEDU/ SPE-PLANMED-UPRO-OPI la Unidad de Programación de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Medición de la Calidad Educativa de la Secretaría de Planifi cación Estratégica, en su calidad de responsable de la Ofi cina de Programación e Inversiones – OPI-MINEDU, emite opinión favorable a la delegación de facultades a la que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y sus modifi catorias; el Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 102-2007-EF; la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada mediante Resolución Directoral N° 003- 2011-EF/68.01, y el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en la Coordinadora General del “Programa de Mejoramiento de la Educación Inicial en Ayacucho, Huancavelica y Huánuco” la facultad para evaluar y declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública respecto de los proyectos enmarcados en el Conglomerado de Proyectos de Código SNIP N° 016-2010-SNIP, denominado: Mejoramiento de Infraestructura y Equipamiento de Instituciones Educativas de Educación Inicial en las Regiones de Ayacucho, Huancavelica y Huánuco. Artículo 2.- La Coordinadora General del “Programa de Mejoramiento de la Educación Inicial en Ayacucho, Huancavelica y Huánuco” informará a la Unidad de Programación de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Medición de la Calidad Educativa de la Secretaría de Planifi cación Estratégica sobre los Proyectos de Inversión Pública declarados viables en aplicación de la delegación de facultades a la que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución, para efectos de las evaluaciones anuales a las que se refi ere el numeral 38.3 del artículo 38 de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01. Artículo 3.- Copia del presente dispositivo se remite en un plazo máximo de cinco (05) días de emitido, a la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 927665-6 Acreditan a los Comités de Recepción de las instituciones educativas beneficiarias del Programa de Compras a MYPErú, establecido en el Marco del D.U. N° 058-2011, correspondientes a diversas regiones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0191-2013-ED Lima, 19 de abril de 2013 Vistos, el Memorándum N° 147-2013-MINEDU/SPE de la Secretaría de Planifi cación Estratégica, y el Informe N° 008-2013-MINEDU/SPE-PLANMED-UPRO de la Unidad de Programación; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 058-2011, se autoriza de manera excepcional al Ministerio de