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El Peruano Sábado 20 de abril de 2013 493201 permita al gobierno regional disponer de una visión clara sobre los componentes del entorno de acuerdo al esquema siguiente: a) Descripción del Medio Físico - Debe indicar y justifi car en un mapa georreferenciado las áreas de infl uencia directa e indirecta de la actividad minera. Dichas áreas podrían estar precisadas en el mapa de ubicación o plano perimétrico mencionado en la sección referida a la ubicación en el presente documento, según corresponda. - Debe describir las características del clima (temperatura, precipitación, dirección del viento y humedad relativa a nivel de promedio mensual). - Debe describir la fi siografía de la zona donde se realiza la actividad minera sujeta a formalización. Debe indicar y describir las unidades fi siográfi cas de la zona: Llanura fl uvial (cauce y ribera), terrazas (bajas, medias y altas); colinas (bajas medias y altas). - Debe indicar y describir las formaciones geológicas existentes en el área del proyecto. - Debe describir los tipos de suelos identifi cados en el área de la actividad, a fi n de determinar su nivel de fondo. - Debe describir la cobertura vegetal existente. - Debe describir las características hidrográfi cas (aguas superfi ciales, subterráneas, otros) sobre la base de información secundaria, que implique precipitación, caudal, napa freática, drenaje, potencial de inundación, entre otros aplicables a la zona de la actividad minera. - Debe presentar una evaluación de la calidad de agua del cuerpo receptor, dentro del área de infl uencia de la actividad (aguas arriba y aguas abajo de la misma), considerando los Estándares de Calidad Ambiental para Agua (D.S. Nº 002-2008-MINAM) y su categoría aplicable conforme a la Resolución Jefatural Nº 202-2010-ANA, y los criterios que establece el D.S. 023-2009-MINAM, entre otros1. - La evaluación de calidad del agua del cuerpo receptor podrá ser complementada con una explicación de los valores de monitoreo con los que pudiera contar el titular, con una antigüedad de registro no mayor de (03) tres años. - Asimismo, la información sobre la calidad de sedimentos del cuerpo receptor podrá ser complementada con una explicación de los valores de monitoreo con los que pudiera contar el titular, con una antigüedad de registro no mayor de (03) tres años. - Debe presentar un mapa hidrográfi co donde se ubique los componentes de la actividad actual y proyectada, así como la ubicación de los puntos de muestreo de calidad del agua. - Debe describir la(s) zona(s) de mezcla para los vertimientos de la operación indicando la clasifi cación del cuerpo receptor. - Debe describir las principales alteraciones y zonas afectadas por la actividad en curso (Por ejemplo, modifi caciones del cauce de cuerpos de agua, pérdida de cobertura vegetal, deforestación, entre otros). Estas afectaciones deberán ser consideradas en la identifi cación y caracterización de impactos de la Sección VI del IGAC. - Debe indicar la presencia de sustancias contaminantes. - Debe describir las zonas o áreas impactadas por la actividad en curso (modifi cación del cauce de cuerpos de agua, alteración de cuerpos de agua, suelos, deforestación, pérdida de cobertura vegetal, etc.) - Debe señalar la existencia de áreas urbanas o de expansión urbana en el área donde se desarrolla la actividad. - Se debe adjuntar material fotográfi co de las áreas impactadas, con fotografías de la zona de operaciones que incluyan la fecha y hora. b) Descripción del Medio Biológico. - Debe señalar las zonas de vida donde se encuentra la actividad en curso, precisando el tipo de vegetación y fauna existentes. Debe adjuntar un mapa georrefenciado que permita visualizar dicha información, a una escala apropiada. - Debe indicar si la actividad minera y su área de infl uencia se encuentran ubicadas en un área natural protegida (ANP) o en su zona de amortiguamiento, realizando la descripción respectiva. c) Descripción del Medio Socio - Económico y Cultural. - Debe indicar las actividades económicas que se desarrollan en el área de la actividad minera, sustentadas mediante títulos habilitantes. - Debe describir las principales variables sociales, económicas y culturales de las poblaciones ubicadas dentro de la actividad minera, o en su área de infl uencia. V. IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTOS EN MATERIA AMBIENTAL En este capítulo se debe describir los impactos ambientales ocasionados por la actividad en el agua, suelo, fl ora y fauna, así como en el paisaje, identifi cando y evaluando cada uno de los impactos ambientales generados por cada etapa de la operación y procesos. Sin carácter restrictivo la evaluación de impacto ambiental comprenderá: - Afectación de la calidad de agua y sedimentos. Debe incluir la evaluación del efecto del vertimiento en la calidad y cantidad del cuerpo receptor y del ecosistema acuático, que incluya el cálculo de la carga del contaminante y su dilución. - Afectación de la hidrología cuando aplique. Debe describir los efectos generados por alguna modifi cación del cauce natural del recurso hídrico, por las actividades mineras. - Afectación de la calidad de suelos en función de la presencia de sustancias contaminantes. - Afectación de la cobertura vegetal o áreas deforestadas. - Afectación por inadecuada disposición de residuos sólidos. Entre otras metodologías, será aceptable y recomendable que se utilice en el IGAC la matriz de impacto ambiental, mediante la cual se identifi que el grado de afectación de la actividad minera sobre los componentes ambientales evaluados y los que pudieran estar en riesgo. VI. PROPUESTA DE PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA) El PMA debe desarrollar las siguientes acciones en concordancia con lo establecido en el Anexo N° 01 del Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM: a) Acción en Prevención y Mitigación Ambiental El Gobierno Regional al fi jar las políticas de protección del ambiente privilegia y promueve la adopción de prácticas de prevención de la contaminación. Las medidas de prevención se orientan principalmente a evitar y/o mitigar los impactos ambientales negativos generados por la actividad en curso. En este punto se deberá incluir los compromisos ambientales que asumirá el sujeto de formalización para prevenir, mitigar o corregir los impactos ambientales negativos identifi cados en el numeral VI del presente documento. En consecuencia, las acciones descritas deberán estar orientadas, según corresponda, a: 1 Considerar los lineamientos establecidos en el Protocolo Nacional de Moritoreo de la Calidad del Agua, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 182-2011-ANA.