Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2013 (20/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Estado, de las operaciones de la deuda publica y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, de conformidad con lo establecido en el literal a) del articulo 15 de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, es atribucion del Sistema Nacional de Control efectuar la supervision, vigilancia y verificacion de la correcta gestion y utilizacion de los recursos y bienes del Estado, lo que comprende la supervision de la legalidad de los actos de las instituciones sujetas a control en la ejecucion de los lineamientos para una mejor gestion de las finanzas publicas, con MORDAZA y transparencia fiscal, conforme a los objetivos y planes de las entidades; Que, el literal u) del articulo 22 de la citada Ley Organica, preve que es atribucion de la Contraloria General de la Republica, establecer los procedimientos para que los Titulares de las entidades rindan cuenta oportuna ante el Organo Rector, por los fondos o bienes del Estado a su cargo, asi como los resultados de su gestion; Que, mediante Resolucion de Contraloria General Nº 332-2007-CG, la Contraloria General de la Republica aprobo la Directiva N° 04-2007-CG/GDES "Rendicion de Cuentas de los Titulares" que determina plazos para la MORDAZA de los informes y configura un MORDAZA normativo relacionado a la rendicion de cuentas de los Titulares de las entidades, a efectos de incorporar procedimientos que permitan, entre otros, considerar los resultados de la gestion institucional en funcion de los planes estrategicos y operativos de las entidades y el uso de tecnologia de informacion; Que, la Secretaria de Planificacion Estrategica ha propuesto para su aprobacion, una Directiva para la elaboracion del Informe de Rendicion de Cuentas del Titular del Ministerio de Educacion, que tiene como objetivo determinar la participacion de las diferentes dependencias del Ministerio de Educacion, la responsabilidad de los funcionarios en la entrega de la informacion requerida en tiempo oportuno, asi como establecer los procedimientos al interior de la entidad para la elaboracion de los Informes de Rendicion de Cuentas Anual y Final del Titular de la entidad; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley N° 26510; y el Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Educacion; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la Directiva Nº 012-2013MINEDU/SPE "Directiva para la elaboracion del Informe de Rendicion de Cuentas del Titular del Ministerio de Educacion", que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2.- Disponer que la Oficina de Prensa publique la Directiva aprobada mediante la presente Resolucion Ministerial, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion http://www.minedu.gob.pe/normatividad/. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 927665-4

El Peruano Sabado 20 de MORDAZA de 2013

o de cualquier otra indole que afectan la igualdad de oportunidades en el ejercicio del derecho a la educacion, el Estado toma medidas que favorecen a los segmentos sociales que estan en situacion de abandono o de riesgo para atenderlos preferentemente; Que, segun el articulo 12 del Reglamento de la Ley General de Educacion, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED, el Estado a traves del Ministerio de Educacion desarrolla e impulsa la politica de equidad y cierre de brechas y asignacion de recursos; asimismo, establece que la instancia de gestion educativa descentralizada prioriza en la asignacion de recursos la atencion de los estudiantes que se encuentren en situaciones de inequidad, identificando aquellas que afecten el derecho a educarse, como pobreza, indocumentacion, abandono, exposicion al peligro, aislamiento y marginalidad, entre otros; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 094-2009 se aprobaron las disposiciones iniciales para viabilizar y facilitar la intervencion integral de los Programas Sociales y otras entidades en la MORDAZA del VRAE, estableciendo, a traves de sus articulos 7 y 8, incentivos a la formacion de capital humano en Educacion Secundaria, asi como el incentivo a la formacion de capital humano por MORDAZA superior en Educacion Secundaria, a cargo del Programa JUNTOS; Que, el articulo 13 del referido Decreto de Urgencia, dispuso que el gasto correspondiente al otorgamiento de becas, la expansion y entrega de subsidios e incentivos del Programa Nacional de Apoyo a los Mas Pobres ­ JUNTOS, el mejoramiento productivo y la articulacion comercial, nombramiento de personas y contrato de docentes, considerados en la presente MORDAZA, durante los anos fiscales subsiguientes se atiende con cargo al presupuesto de las entidades publicas, entre ellas el Ministerio de Educacion, la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Regionales de la Region MORDAZA y MORDAZA, segun corresponda, en el MORDAZA de las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante Oficio Nº 198-2013-VMGP/DIGEBR, la Directora General de Educacion Basica Regular sustenta la necesidad de aprobar lineamientos para implementar el otorgamiento de los incentivos MORDAZA descritos y facilitar su aplicacion, permitiendo identificar a los estudiantes matriculados en las instituciones educativas de Educacion Secundaria en el ambito del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro -VRAEM, que hayan aprobado el respectivo grado de estudios, asi como a los estudiantes que pertenezcan al MORDAZA superior en sus respectivas secciones al finalizar el ano escolar; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por la Ley Nº 26510; la Ley N° 28044, Ley General de Educacion; el Decreto Supremo N° 0112012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Educacion; el Decreto de Urgencia N° 094-2009, que aprueba las disposiciones iniciales para viabilizar y facilitar la intervencion de los Programas Sociales y otras entidades en la MORDAZA del VRAE; y el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro Para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Educacion; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el documento normativo denominado "Lineamientos para Aplicar los Incentivos a la Formacion de Capital Humano en Educacion Secundaria en las Instituciones Educativas de la MORDAZA del VRAEM", la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Disponer que la Oficina de Prensa publique la presente Resolucion Ministerial y el documento normativo, aprobado en el articulo precedente, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (http://www. minedu.gob.pe/normatividad/). Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 927665-5

Aprueban "Lineamientos para Aplicar los Incentivos a la Formacion de Capital Humano en Educacion Secundaria en las Instituciones Educativas de la MORDAZA del VRAEM"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0189-2013-ED MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, el articulo 17 de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, senala que para compensar las desigualdades derivadas de factores economicos, geograficos, sociales

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