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El Peruano Lunes 22 de abril de 2013 493329 presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 927746-1 CULTURA Disponen ingreso libre a los Museos Administrados por el Ministerio de Cultura los días 18 y 19 de mayo de 2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 120-2013-MC Lima, 18 de abril de 2013 Vistos; el Informe N° 284-2013-DMBM-DGPC/MC de la Dirección de Museos y Bienes Muebles, de fecha 02 de abril de 2013, y el Informe Nº 223-2013-DGPC-VMPCIC/ MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de fecha 05 de abril de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece en el numeral 51.1 del Artículo 51º, que corresponde al Sector Cultura velar por la promoción y difusión en la ciudadanía de la importancia y signifi cado del Patrimonio Cultural de la Nación como fundamento y expresión de nuestra identidad nacional; Que, mediante Ley Nº 29565, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, que ejerce competencia respecto del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, en atención a lo dispuesto en el literal e) del Artículo 7º de la antes citada Ley, es función del Ministerio de Cultura, la promoción del Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, corresponde al Ministerio de Cultura establecer acciones en materia de acceso a la cultura, en aplicación del literal f) del numeral 3.3.1) del Artículo 3º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-MC; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 483- 2012-MC de fecha 28 de diciembre de 2012, se aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura para el año 2013, el cual entre otros, contiene los valores del boletaje de ingreso a los Museos a nivel nacional; Que, el Artículo 34º de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, establece que, con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados periodos tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o al órgano regional competente para su difusión; Que, cada año se celebra el Día Internacional de Museos a nivel mundial, cuyo origen se remonta a la Cruzada de los Museos, una campaña que en 1951 organizó la UNESCO y el ICOM, instaurándose el 18 de mayo como el día que los países se unen en una fi esta de los museos; Que, en el marco de la festividad en mención, la Dirección de Museos y Bienes Muebles y la Dirección General de Patrimonio Cultural han propuesto que se otorgue una tarifa promocional de S/. 0.00 (Cero Nuevos Soles) para el ingreso a los museos administrados por el Ministerio de Cultura, durante los días 18 y 19 de mayo del año 2013; Que, siendo atribución del Ministerio de Cultura, disponer acciones para fomentar el acceso a la cultura y difundir la expresión de nuestra identidad nacional, resulta conveniente establecer una tarifa promocional que permita el ingreso libre de los peruanos a los Museos administrados por este Ministerio, durante los días antes mencionados, al conmemorarse el Día Internacional de los Museos; debiéndose además comunicar dicha disposición al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para su difusión; Estando a lo visado por el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Secretario General, la Directora General de Patrimonio Cultural, la Directora de Museos y Bienes Muebles y el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, que crea el Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-MC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer el ingreso libre de los peruanos a los Museos administrados por el Ministerio de Cultura, durante los días 18 y 19 de mayo del año 2013, en atención a la tarifa promocional de S/. 0.00 (Cero Nuevos Soles), por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los Directores Regionales de las Direcciones Regionales de Cultura y los Responsables de los Museos a nivel nacional dispondrán las acciones correspondientes para el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución. Artículo 3º.- Comunicar lo resuelto en el Artículo 1º de la presente Resolución al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para su difusión, bajo el marco legal establecido en la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 927677-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 157-2013-DE/MGP Lima, 21 de abril de 2013 Visto, el Ofi cio N.1000-321 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 25 de febrero de 2013; CONSIDERANDO: Que, el Comando de la Fuerza Aérea Colombiana, hace extensiva la invitación a las Fuerzas Armadas del Perú, para que participen en diferentes cursos militares programados para el año académico 2013, entre los cuales se encuentra el Diplomado en Prevención de Accidentes, a realizarse en el Instituto Militar Aeronáutico, ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 22 de abril al 25 de mayo de 2013; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Subalterno para que participe en el mencionado Diplomado; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 1: Formación / Califi cación / Especialización, Ítem 62, Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido Curso, responde a la necesidad de capacitar al Ofi cial designado en Instituciones Militares Extranjeras, con la fi nalidad de formar carácter y liderazgo, adquirir conocimientos de los factores que intervienen en la seguridad aérea y fortalecer sus habilidades para evidenciar peligros y administrar riesgos en la operación aérea, desarrollando programas de prevención de accidentes establecidos a nivel nacional e internacional y la generación de cultura hacia la prevención de accidentes, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumido por nuestro país; así como, fomentar e incrementar las medidas de confi anza con instituciones armadas de otros países; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del