Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2013 (29/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion podra solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º. Sin embargo, dicha solicitud tambien se entendera presentada si a la fecha del termino de la vigencia de la autorizacion el titular se encuentra operando y al dia en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovacion se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- El titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 12º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

El Peruano Lunes 29 de MORDAZA de 2013

De conformidad con la Ley N° 28278 - Ley de Radio y Television, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar al Comite de Recepcion y Evaluacion de Propuestas, que tendra a su cargo la preparacion de las Bases y la conduccion de los Concursos Publicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion que se convoquen en el ano 2013, el cual estara integrado por las siguientes personas: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Erazo, Presidente Titular. Liz Daysi MORDAZA MORDAZA, Miembro Titular. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Titular. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rantes, Miembro Titular. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ocana, Miembro Titular. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nasi, Presidente Alterno. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Alterno. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Alterno. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Alterno. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Alterno. Articulo 2°.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones remitira al Comite designado en el articulo precedente, la relacion de todas las localidades y bandas de frecuencias del servicio de radiodifusion, cuyas autorizaciones se otorgaran por Concurso Publico, adjuntado para tal fin la documentacion sustentatoria. Asimismo, de aprobarse nuevos listados de localidades y bandas de frecuencias cuyas autorizaciones se deban otorgar por Concurso Publico, la mencionada Direccion General remitira al Comite designado en la presente resolucion, la documentacion correspondiente. Articulo 3°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y a los miembros del Comite designados en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

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Designan Comite de Recepcion y Evaluacion de Propuestas encargado de conducir los Concursos Publicos para otorgar las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion en el ano 2013
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 194-2013-MTC/03
MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2013 CONSIDERANDO: Que, el articulo 40° del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo N° 0052005-MTC, en adelante el Reglamento, en concordancia con el articulo 16° de la Ley N° 28278 - Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan obligatoriamente mediante Concurso Publico, cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una misma banda y localidad, es menor al numero de solicitudes admitidas; Que, el articulo 42° del Reglamento dispone que los Concursos Publicos para el otorgamiento de autorizaciones del servicio de radiodifusion se realizan bajo la conduccion de un Comite de Recepcion y Evaluacion de Propuestas conformado por cinco (05) miembros, el mismo que se encargara de la preparacion de las Bases y conduccion del Concurso hasta que la Buena Pro quede consentida o firme administrativamente, siendo designado por Resolucion Viceministerial; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al Comite de Recepcion y Evaluacion de Propuestas que se encargue de la preparacion de las Bases y conduccion de los Concursos Publicos para el otorgamiento de autorizaciones del servicio de radiodifusion, en aquellas localidades y bandas de frecuencias que han sido declaradas en restriccion, conforme lo establecido en los articulos 40° y 41° del Reglamento, a convocarse durante el ano 2013;

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ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban Precio a Nivel Generacion en Subestaciones Base para la determinacion de las tarifas maximas a los Usuarios Regulados del Sistema Electrico Interconectado Nacional, formulas de reajuste y otros
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 065-2013-OS/CD
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 29º de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, ha creado el Precio a Nivel Generacion, que debe ser aplicado a los consumidores finales de electricidad localizados en el Peru, y que son sujetos a regulacion de precios por la energia o potencia que consumen. Dicho Precio a Nivel Generacion es calculado como el promedio

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