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El Peruano Sábado 3 de agosto de 2013 500586 Artículo Sexto.- DESISTIMIENTO DE RECLAMACIÓN El pago al contado de cualquier deuda en aplicación de la presente Ordenanza, supone el desistimiento de los recursos impugnatorios o no contenciosos, que se hayan interpuesto contra dichas deudas. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a la Secretaria General, Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas y Subgerencia de Relaciones Públicas, Subgerencia de Informática y Estadística e Imagen Institucional el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segundo.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como su prórroga. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 969608-1 Aprueban la modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Santa Anita ORDENANZA Nº 00119/MDSA Santa Anita, 25 de julio de 2013 VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, la propuesta de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, presentado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 9 inciso 3º de la Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal, aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento de la Municipalidad. Que, mediante Memorándum Nº 190-2013-GPPR/ MDSA, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, presenta la propuesta de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, a fi n de establecer funciones acordes con la legislación vigente, en lo que respecta a la Subgerencia de Contabilidad, Subgerencia de Logística y Servicios Generales, Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social, Subgerencia de Serenazgo, Fiscalización y Control, Gerencia de Rentas, Subgerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Control y Recaudación, Subgerencia de Fiscalización Tribitaria, Subgerencia de Comercialización y Licencias y del Organo de Control Institucional; que permitan el cumplimiento de sus fi nes, con mayores niveles de efi ciencia y mejor atención a los ciudadanos. Que, mediante Informe Nº 227-2013-GAJ/MDSA, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el proyecto propuesto por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, se eleve al Concejo Municipal para que proceda de acuerdo a sus atribuciones y apruebe la modifi cación planteada. Estando a lo expuesto y en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal por unanimidad aprueba la siguiente ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, de acuerdo a lo expuesto en el Memorandum Nº 190-2013-GPPR/MDSA y anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y Áreas Administrativas correspondientes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 969609-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN