Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2013 (03/08/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Sabado 3 de agosto de 2013

500575

Procedimientos Administrativos Disciplinarios, el cual quedara redactado con el siguiente texto: "Articulo 64.- Funciones Son funciones del Tribunal Administrativo Regional: 64.1. Conocer y resolver los recursos de apelacion que se interpongan en contra de las Resoluciones que emitan las Unidades de Funcion Disciplinaria. 64.2. Conocer y revisar de oficio, los procedimientos y resoluciones en materia disciplinaria que no hayan sido objeto de impugnacion; 64.3. Convocar audiencias publicas para la realizacion de los informes orales. 64.4. Establecer en sus Resoluciones criterios interpretativos de alcance general, debidamente fundamentados para que se constituyan en precedentes de observancia obligatoria, tanto para las Unidades de Funcion Disciplinaria como para los funcionarios, empleados y servidores publicos del Gobierno Regional. 64.5. Poner de conocimiento de la Presidencia Regional y del Consejo Regional, los hechos, los actos y/o conductas irregulares, indebidas o ilegales cometidas a nivel de comisiones Disciplinarias y/o Unidades de Funcion Disciplinaria. 64.6. Elaborar y aprobar mediante resoluciones las directivas relacionadas al Procedimiento Administrativo Disciplinario en el Gobierno Regional MORDAZA, en estricta concordancia con el Codigo Regional de Procedimientos Administrativos Disciplinarios. 64.7. Otras funciones que se le asigne por MORDAZA regional o disposicion legal expresa". Articulo 4.- Vigencia La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5.- Publicacion Oficial y Electronica DISPONER la publicacion de la presente MORDAZA Regional tanto en el Diario Oficial El Peruano, como en el Diario Regional de Avisos Judiciales; asimismo, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Organo del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, publique electronicamente en la Pagina Web, conforme al articulo 9° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. La tramitacion de la publicacion sera a cargo de la Secretaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, mientras que el costo que esta irrogue sera cubierto por el Organo Ejecutivo Regional. Articulo 6.- Notificacion Notificar la presente ordenanza regional al Organo Ejecutivo Regional, a la Gerencia Regional de Educacion, a las Unidades de Gestion Educativa Local de la Region MORDAZA y al Tribunal Administrativo Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del 2013. MORDAZA CARCAMO MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 969058-2

GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Aprueban la modificacion de los MORDAZA para Asignacion de Personal (CAP-2013) de las Redes de Salud y los Hospitales de la Direccion Regional de Salud del Gobierno Regional de Ica
ORDENANZA REGIONAL Nº 0007-2013-GORE-ICA Ica, 31 de MORDAZA de 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesion Ordinaria del 25 de MORDAZA del 2013. Visto el Oficio Nº 334-2013-GORE-ICA/PR, de fecha 18 de MORDAZA del 2013, por el cual el Presidente del Gobierno Regional de Ica, propone la "Ordenanza Regional que Aprueba la Modificacion de los MORDAZA para Asignacion de Personal (CAP-2013) de las Redes de Salud, y los Hospitales de la Direccion Regional de Salud de Gobierno Regional De Ica". CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia con el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, senalan que los Gobiernos Regionales son personas juridicas de Derecho Publico Interno que gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el articulo 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Ley Nº 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 en su articulo 8º numeral 8.1, literal c) senala "El nombramiento de hasta el 55% del numero de los profesionales no medicos cirujanos y del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el MORDAZA del nombramiento gradual a que se refieren las Leyes Nº 28498 y Nº 28560, sus normas modificatorias y complementarias", y d) "El nombramiento de los profesionales medicos cirujanos, comprendidos en la Ley Nº 29682. Para dicho nombramiento, el profesional medico debe encontrarse prestando servicios en la condicion de contratado por el Ministerio de Salud, sus organismos publicos y los gobiernos regionales"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-SA se establecieron los Lineamientos Generales para el MORDAZA de Nombramiento 2013, que deben seguir las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales para efectuar el MORDAZA de nombramiento dispuesto en las Leyes Nº 28498, 28560, y 29682, en el MORDAZA de la disposicion excepcional dada por la Ley Nº 29951; Que, la aprobacion de la Modificacion del Cuadro de Asignacion de Personal CAP-2013, de la Direccion Regional de Salud de Ica; ha sido materia de avocamiento por el Pleno de Consejo Regional en Sesion Extraordinaria de fecha 29-ABR-2013, la misma que fuera materia de observancia por la MORDAZA Autoridad Ejecutiva Regional, en sustento del Informe Nº 06 del 11-JUN-2013, de la Asesoria del Despacho Presidencial, la misma que fuera derivada a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, por Secretaria del Consejo Regional a traves del oficio Nº 2202013-GORE-ICA/SCR, para que a su vez se devuelva los expedientes a la Direccion Regional de Salud, y cumplirse previamente con la modificacion del CAP-2012, cumplidas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.