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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (03/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 52

El Peruano Sábado 3 de agosto de 2013 500570 RESOLUCIÓN SBS N° 4435-2013 Lima, 16 de julio de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud de autorización presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia ubicada en el Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión de Directorio de fecha 26 de junio de 2013 se aprobó la apertura de la referida agencia; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 11 ° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, de la Resolución SBS N° 775-2008 y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo la apertura de una (01) agencia ubicada en la Av. Angamos N° 1120 de la urbanización Fundo Surquillo, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 968907-3 RESOLUCIÓN SBS N° 4436-2013 Lima, 16 de julio de 20’13 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud de autorización presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia ubicada en el Departamento de Junín; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión de Directorio de fecha 26 de junio de 2013 se aprobó la apertura de la referida agencia; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 11° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, de la Resolución SBS N° 775-2008 y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo la apertura de una (01) agencia ubicada en la Av. Miguel Grau Mz. “A” Lt. “04” Asentamiento Humano Tambo El Sol, distrito de San Ramón, provincia de Chanchamayo y departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 968907-4 Opinan favorablemente para que Financiera Efectiva realice el “Primer Programa de Bonos Corporativos Financiera Efectiva” RESOLUCIÓN SBS Nº 4549-2013 Lima, 19 de julio de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Financiera Efectiva para que se otorgue opinión favorable sobre el “Primer Programa de Bonos Corporativos Financiera Efectiva”, hastapor un monto máximo en circulación de S/. 250 000 000.00 (doscientos cincuenta millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares americanos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos, siempre que sean de su propia emisión; Que, la emisión de instrumentos fi nancieros se rige por lo dispuesto en el artículo 232º de la Ley General, el que establece que la emisión en serie de instrumentos fi nancieros de captación del ahorro del público debe ser acordada por el órgano de dirección de la empresa y requiere opinión previa favorable de esta Superintendencia, siendo aplicable lo previsto en la Circular SBS Nº F-0414- 2000; Que, la Circular SBS Nº F-0414-2000 establece precisiones respecto de la emisión en serie de instrumentos fi nancieros por parte de las entidades del sistema fi nanciero, diferenciando dos procedimientos de emisión, uno general y otro anticipado, correspondiendo la presente solicitud a un trámite anticipado y constatándose que se han cumplido los requisitos exigibles para tal efecto; Que, en la sesión de Junta General de Accionistas de Financiera Efectiva, celebrada el 31 de mayo de 2013, se aprobó el “Primer Programa de Bonos Corporativos Financiera Efectiva”, hasta por un monto máximo en circulación de S/. 250 000 000.00 (doscientos cincuenta millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares americanos. Asimismo, se acordó delegar en el Gerente General de la Sociedad, la facultad de aprobar los términos y condiciones de las emisiones a ser realizadas en dicho programa; Que, Financiera Efectiva ha cumplido con presentar la documentación requerida por el Procedimiento Nº 25 “Opinión favorable sobre emisión en serie de instrumentos fi nancieros para empresas del Sistema Financiero y de Seguros”, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución SBS Nº 3082-2011, la que se encuentra conforme; y de forma adicional, se ha cumplido con lo previsto en la Circular SBS Nº F-0414-2000; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B” y el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General y sus modifi catorias; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente para que Financiera Efectiva realice el “Primer Programa de Bonos Corporativos Financiera Efectiva”, hasta por un monto