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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (06/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Martes 6 de agosto de 2013 500765 de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Pucusana. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. PEDRO PABLO FLORIAN HUARI Alcalde 970480-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Aprueban el “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en las Viviendas Urbanas del Distrito de Moquegua” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0009-2013-A/MUNIMOQ Moquegua, 15 de julio de 2013. VISTO, el Informe Nº 0526-2013-SSP-GSC/MPMN emitida por la Sub Gerencia de Servicios Públicos, Informe Nº 241-2013-SGGMA-GDUAAT/GM/MPMN emitida por la Sub Gerencia de Gestión del Medio Ambiente, Informe Nº 0528-2013-SSP-GSC/MPMN emitida por la Sub Gerencia de Servicios Públicos y el Informe Nº 881-2013-SGPH/GPP/ GM/MPMN emitida por la Sub Gerencia de Presupuesto y Hacienda, todo referido al Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios de las Viviendas Urbanas del Distrito de Moquegua. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado en armonia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de Gobierno Administrativo y de Administración; Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y Planes Nacionales y Regionales de Desarrollo; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece en su Artículo 80º que en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específi ca exclusiva de las Municipalidades Distritales, el proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicio; Que, mediante Ley Nº 27314 se aprobó la “Ley General de Residuos Sólidos”, la misma que fue modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 1065, precisando en su Artículo 10º que las Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de la gestión de residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos sólidos similares a estos en todo el ámbito de su jurisdicción, asegurando una adecuada prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte de residuos en su producción, debiendo garantizar la adecuada disposición fi nal de los mismos; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM que aprobó la Política Nacional del Ambiente, prescribe en el eje de política 2 Gestión Integral de la Calidad Ambiental componente 4 Residuos Sólidos, como un lineamiento de política del Sector, el fortalecimiento de la gestión de los Gobiernos Regionales y Locales en materia de Residuos Sólidos de ámbito Municipal, priorizando su aprovechamiento; Que, mediante Resolución Directoral Nº 008-2013- EF/50.01 de fecha 23 de abril de 2013, se aprueba los incentivos para el cumplimiento de las Metas en el marco del Plan e Incentivos a la mejora de la gestión y modernización Municipal para el año 2013, siendo la Meta 13 la de implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en las viviendas urbanas del Distrito de Moquegua; Que, en el punto 4 segundo párrafo, señala aprobar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva mediante Decreto de Alcaldía, asi como su actualización, si fuera el caso. Lo cual debe de ser publicado de acuerdo a lo establecido en el Artículo 44º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con Informe Nº 881-2013-SGPH/GPP/GM/ MPMN de fecha 10 de julio de 2013, la Sub Gerencia de Presupuesto y Hacienda informa al Gerente de Planeamiento y Presupuesto, sobre el Expediente de visto que cuenta con los requisitos mínimos para la aprobación correspondiente, en vista que el Ministerio de Economía y Finanzas ha incluido dentro del Plan de Incentivos de la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2013, en la Meta 13 en Implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios de las Viviendas Urbanas del Distrito y que para el presente año se aprobó mediante Resolución de Alcaldía Nº 208-2013-A/MPMN el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos al 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito, por un monto de S/. 150,000,00 nuevos soles, para lo cual el mencionado Expediente es parte del Programa con Secuencia Funcional 100-9 para el presente año y es de opinión que continúe su trámite para su aprobación; Que, en uso de las facultades conferidas por Resolución Directoral Nº 008-2013-EF/50.01 que aprueba los Instructivos para el cumplimiento de Metas en el Marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2013. El Decreto Legislativo Nº 1065 que modifi ca la Ley Nº 27314 - “Ley General de Residuos Sólidos” y que establece como rol de las Municipalidades la “Implermentacion en forma progresiva de los programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción y lo dispuesto en el Inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en las Viviendas Urbanas del Distrito de Moquegua” como parte del proceso de recolección de residuos sólidos domiciliarios, el cual forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- El fi nanciamiento estará en función a los recursos determinados del rubro Canon Minero y metas, modifi caciones presupuéstales correspondientes, con cargo a la Secuencia Funcional 100- 09, conforme a la Resolución de Alcaldía Nº 00208-2013-A/MPMN, con la que se aprueba el Plan de Trabajo denominado “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos al 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal verifi car el cumplimiento de la presente Disposición Municipal, asi como a los Responsables del Programa aprobado en el Artículo precedente, cumplir todo lo especifi cado, detallado y especialmente cumplir con el Cronograma de Implementación del Programa que se detalla en la Página 50 del Expediente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaria General las publicaciones, tanto en el Diario encargado de las Publicaciones Jurisdiccionales, en los carteles de esta Municipalidad. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto - Moquegua. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO R. COAYLA VILCA Alcalde 970333-1