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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (06/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Martes 6 de agosto de 2013 500758 VIVIENDA Aceptan renuncia de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 189-2013-VIVIENDA Lima, 5 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2012- VIVIENDA, se creó el Programa Nacional de Saneamiento Rural en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, bajo el ámbito del Viceministerio de Construcción y Saneamiento; Que, con Resolución Ministerial Nº 059-2012- VIVIENDA, se designó al señor licenciado Aldo Ernesto Ortiz Anderson, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural, dependiente del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al citado cargo, la misma que corresponde aceptar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, la renuncia formulada por el señor licenciado Aldo Ernesto Ortiz Anderson, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural, dependiente del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 970583-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Incorporan contribuyentes al uso del Sistema de Embargo por Medios Telemáticos ante Grandes Compradores RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 239-2013/SUNAT Lima, 5 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que al amparo del numeral 14 del artículo 87° y el inciso d) del artículo 118° del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, mediante Resolución de Superintendencia Nº 149-2009/SUNAT se dictaron disposiciones para la implementación del Sistema de Embargo por Medios Telemáticos ante Grandes Compradores (SEMT-GC), estableciéndose en su artículo 6° que la incorporación de los Grandes Compradores al uso de este Sistema será gradual, habiéndose incluido en una primera etapa a determinados contribuyentes e incorporado posteriormente a nuevos contribuyentes a través de las Resoluciones de Superintendencia Nºs 284-2010/SUNAT, 106-2011/SUNAT, 194-2011/SUNAT, 261-2011/SUNAT, 121-2012/SUNAT, 244-2012/SUNAT y 106-2013/SUNAT; Que resulta conveniente incorporar a nuevos contribuyentes al uso del SEMT-GC como Grandes Compradores; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N.º 001-2009-JUS y normas modifi catorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario en la medida que la incorporación de contribuyentes al uso del SEMT-GC como Grandes Compradores, es potestad de la SUNAT conforme a lo establecido en el inciso d) del artículo 118º del TUO del Código Tributario; En uso de las facultades conferidas por el numeral 14 del artículo 87° y el inciso d) del artículo 118° del TUO del Código Tributario , el artículo 11° del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modifi catorias, el artículo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- INCORPORACIÓN DE NUEVOS CONTRIBUYENTES AL USO DEL SISTEMA DE EMBARGO POR MEDIOS TELEMÁTICOS ANTE GRANDES COMPRADORES (SEMT-GC) Incorpórese a partir del 1 de octubre de 2013 al uso del SEMT-GC como Grandes Compradores, a los contribuyentes señalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Para dicho efecto, la SUNAT les proporcionará los códigos de usuarios y las claves de acceso a que se refi ere el artículo 7º de la Resolución de Superintendencia N.º 149-2009/SUNAT, como máximo hasta el 30 de setiembre de 2013. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ANEXO Resolución de Superintendencia N° 239-2013/SUNAT N° RUC RAZON SOCIAL 1 20257982794 OVERSEAS BECHTEL INCORP. SUC. DEL PERU 2 20458538701 COMPAÑIA MINERA LINCUNA S.A. 3 20100012856 COMPAÑIA GOODYEAR DEL PERU S.A. 4 20100028698 FERREYROS SOCIEDAD ANONIMA 5 20100075009 IBM DEL PERU S A C 6 20100083362 COSAPI DATA S A 7 20100096936 ABBOTT LABORATORIOS SA 8 20100097746 SANTIAGO QUEIROLO S.A.C. 9 20100102090 PHILIPS PERUANA S A