Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2013 (11/08/2013)


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d) Solicitar MORDAZA de las actas, documentos e informes que MORDAZA materia de las sesiones; e) Solicitar la convocatoria a sesion de la CAN ANTICORRUPCION, conforme lo senalado en el inciso b) del numeral 6.1 del articulo 6° de la Ley; y, f) Los demas que se deriven de la Ley y el presente Reglamento. Articulo 7.- Deberes de los miembros Son deberes de los miembros plenos y observadores, segun corresponda: a) Asistir a las sesiones de la Comision; b) Respetar la linea de conduccion establecida por el Presidente para el funcionamiento institucional de la CAN ANTICORRUPCION; c) Designar un coordinador de su institucion que MORDAZA de enlace con la Coordinacion General de la CAN ANTICORRUPCION para el cumplimiento de sus funciones; d) Realizar las acciones necesarias para cumplir y hacer cumplir los acuerdos adoptados por la CAN ANTICORRUPCION; y, e) Los demas que se deriven de la Ley y el presente Reglamento. CAPITULO II PRESIDENCIA DE LA CAN ANTICORRUPCION Articulo 8.- Presidente El Presidente es el titular de la CAN ANTICORRUPCION y, como tal, ejerce su representacion ante las entidades publicas y privadas, y conduce su funcionamiento institucional. Articulo 9.- Funciones del Presidente Son funciones del Presidente de ANTICORRUPCION: la CAN

El Peruano MORDAZA 11 de agosto de 2013

Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros a propuesta de la mayoria simple de los miembros plenos de la Comision. El cargo de Coordinador General es remunerado. Articulo 12.- Funciones del Coordinador General Son funciones del Coordinador General: a) Actuar en representacion de la CAN ANTICORRUPCION, cuando el Presidente lo estime conveniente; b) Proponer el Reglamento de la CAN ANTICORRUPCION y las modificaciones que MORDAZA necesarias; c) Ejecutar y desarrollar los acuerdos adoptados, realizando el seguimiento correspondiente; d) Realizar los estudios y trabajos tecnicos, asi como organizar y coordinar las actividades que requiera la CAN ANTICORRUPCION para el cumplimiento de sus fines; e) Elaborar la propuesta del Plan Anual de Trabajo, en coordinacion con el Presidente de la CAN ANTICORRUPCION; f) Elaborar el Informe Anual sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion; g) Elaborar, con el Presidente, la agenda de las sesiones de la CAN ANTICORRUPCION; h) ConvocaralassesionesdelaCANANTICORRUPCION por encargo del Presidente o a solicitud de la tercera parte de los miembros plenos de la Comision; i) Entregar a los miembros, plenos y observadores, asi como a los invitados, con una anticipacion minima de 72 horas, aquellos documentos o propuestas relacionados directamente con los temas de la agenda de la sesion convocada; j) Elaborar las actas de las sesiones de la CAN ANTICORRUPCION y custodiar el Libro de Actas; k) Gestionar el apoyo de la Cooperacion nacional e internacional para proyectos vinculados a los fines que persigue la CAN ANTICORRUPCION, sin perjuicio de las gestiones de cooperacion que realizan las instituciones que la conforman en el MORDAZA de sus competencias; l) Representar a la CAN ANTICORRUPCION ante la Comision Multisectorial encargada del seguimiento del Plan de Accion de Gobierno Abierto u otros espacios de coordinacion o de trabajo vinculados a la prevencion y combate de la corrupcion; m) Impulsar en coordinacion con la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales y la Asociacion de Municipalidades del Peru la implementacion de las Comisiones Regionales y Locales Anticorrupcion; n) Brindar lineamientos y asistencia tecnica para la elaboracion de los Planes Anticorrupcion; o) Difundir las labores realizadas por la CAN ANTICORRUPCION; p) Canalizar la documentacion, informacion u otros que ingresen a la Comision, derivandola a la entidad que le corresponda segun el ambito; y, q) Otras que le encomiende la CAN ANTICORRUPCION. Articulo 13.- Aportes de la Cooperacion La Coordinacion General, previa coordinacion con el Presidente de la CAN ANTICORRUPCION, podra recibir aportes de la cooperacion nacional e internacional con sujecion a lo dispuesto en la normatividad vigente, a traves del pliego de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 14.- Grupos de Trabajo Para efectos del desarrollo del trabajo tecnico previo a las sesiones, la Coordinacion General organizara la participacion de los coordinadores de enlace en Grupos de Trabajo definidos segun las materias preventiva y represiva, y de acuerdo al ambito de intervencion de las entidades a la que representan. Las entidades deben brindar las facilidades necesarias a los coordinadores de enlace, a fin de asegurar su participacion en las reuniones tecnicas que convoque la Coordinacion General. Articulo 15.- Plan de Trabajo El Plan de Trabajo Anual es el documento que contiene las acciones a realizar durante el ano, asi como

a) Definir la agenda, convocar y presidir las sesiones de la CAN ANTICORRUPCION; b) Proponer, conjuntamente con la Coordinacion General, el Plan Anual de Trabajo en la primera sesion del ano; c) Sustentar ante el Pleno del Congreso de la Republica el informe anual sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion; d) Supervisar la correcta ejecucion de los acuerdos de la Comision; e) Delegar funciones en el Coordinador General o cualquier otro miembro pleno de la Comision con conocimiento del pleno; f) Dirigir el procedimiento para la eleccion del MORDAZA Presidente de la CAN ANTICORRUPCION; y, g) Realizar las coordinaciones que MORDAZA necesarias a efectos de garantizar el adecuado funcionamiento de la Comision y la Coordinacion General. Articulo 10.- Eleccion del Presidente La Presidencia de la CAN ANTICORRUPCION es institucional y se elige entre sus miembros plenos por un periodo de dos (2) anos, conforme al articulo 4° de la Ley. Para la eleccion se requiere como minimo la mitad mas uno del total de votos de estos miembros. En caso el Presidente de la CAN ANTICORRUPCION culmine sus funciones como MORDAZA autoridad de la entidad a la que representa, dicho cargo recaera en el MORDAZA titular hasta que culmine el periodo de dos (2) anos. De concluir el mandato del Presidente de la CAN ANTICORRUPCION sin que se MORDAZA elegido a su sucesor, se entendera que continua en el cargo hasta que se realice la eleccion de su reemplazo. CAPITULO III COORDINACION GENERAL Articulo 11.- Coordinador General La CANANTICORRUPCION cuenta con un Coordinador General, quien debe cumplir con los requisitos senalados en el articulo 7° de la Ley. Su designacion se realiza por

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