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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (11/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 18

El Peruano Domingo 11 de agosto de 2013 501016 evaluar la política de capacitación para el Sector Público; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 58- 2010-SERVIR/PE se aprobó la Directiva Nº 001-2010- SERVIR/GDCR “Directiva que regula el desarrollo de los Diagnósticos de Conocimientos de las personas al servicio del Estado de los Sistemas Administrativos del Estado”; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 068-2011-SERVIR-PE, se aprobó el Informe Nº 002- 2011-SERVIR/GDCR que establece los perfi les por competencia de los puestos tipo de los operadores del Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil ha propuesto, en el marco de implementación de políticas de evaluación e identifi cación de necesidades de capacitación, se realice un Diagnóstico de Conocimiento de las personas al servicio del Estado en el Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP; Que, el diagnóstico de conocimientos permitirá recolectar información para medir las brechas de conocimientos en los operadores del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP respecto al puesto tipo de sus perfi les aprobados, así como orientar estrategias de capacitación a las necesidades que se identifi quen sobre la base de lo establecido en la Directiva Nº 001-2010-SERVIR/GDCR; Que, el Consejo Directivo en la Sesión 34-2013 aprobó la propuesta presentada por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, encargando a la Presidencia Ejecutiva emitir la resolución respectiva; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1023 y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aprobado con Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 001-2013-SERVIR/ GDCRSC “Directiva que regula el desarrollo del Diagnóstico del Conocimiento de las personas al Servicio del Estado en el Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP”, la cual en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como de la Resolución y de la Directiva en el Portal Institucional de SERVIR: www.servir.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 973238-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo de MIGRACIONES a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 00000097-2013-MIGRACIONES Lima, 8 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, que dicta disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado, señala en su artículo 2º la obligación de los organismos públicos y empresas del Estado de remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, con exclusión de los clasifi cados como de confi anza, conforme a la normatividad legal vigente; Que, el párrafo in fine del artículo citado en el considerando precedente establece que los organismos públicos y empresas del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Asimismo establece que dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial “El Peruano”; Que, conforme al inciso d) del artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el ingreso a la carrera administrativa se realiza a través de concurso de admisión; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que el acceso al servicio civil se realiza mediante concurso público y abierto; Que, el artículo 8º incorporado al Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, por la Ley Nº 29849, señala que el acceso al régimen de Contratación Administrativa de Servicios – CAS se realiza obligatoriamente mediante concurso público, realizando la publicación de la convocatoria a través del portal institucional de la entidad convocante, en el Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el Portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios de información; Que, en el artículo 15º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 065- 2011-PCM, se establece que el órgano encargado de los contratos administrativos de servicios es la Ofi cina de Recursos Humanos o la que haga sus veces; Que, el artículo 28º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2013-IN, establece que la Oficina General de Recursos Humanos es el órgano encargado de diseñar, proponer, ejecutar y evaluar las políticas referidas a la gestión y desarrollo del personal de MIGRACIONES; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al Director General de Recursos Humanos como el funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1057, incorporado por la Ley Nº 29849, artículo 15º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modifi cado por Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM; el Decreto Legislativo Nº 1130 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-IN; SE RESUELVE Artículo Único.- DESIGNAR al Director General de la Ofi cina General de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Migraciones- MIGRACIONES, como Funcionario responsable de remitir a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las Ofertas de Empleo de la citada Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARD C. REYMUNDO MERCADO Superintendente Nacional de Migraciones MIGRACIONES 972470-1