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El Peruano Domingo 11 de agosto de 2013 501003 la programación anual de las sesiones. El Plan de Trabajo Anual será aprobado por mayoría simple de los miembros plenos en la primera sesión de la CAN ANTICORRUPCIÓN que se realice en el año. Artículo 16.- Comisiones regionales y locales anticorrupción Los gobiernos regionales y locales implementan Comisiones Regionales y Locales Anticorrupción, en el marco de la Ley, el presente Reglamento y el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción. Para la conformación de las Comisiones Regionales y Locales Anticorrupción se tendrá en cuenta la estructura y funciones de la CAN ANTICORRUPCIÓN así como los roles que le compete a cada entidad que la conforma, de manera que se garantice la participación adecuada de las principales instituciones del sector público, sector empresarial y de la sociedad civil involucradas en la lucha contra la corrupción de la circunscripción regional o local, según corresponda. TÍTULO IV SESIONES DE LA CAN ANTICORRUPCIÓN Artículo 17.- Convocatorias Las convocatorias a las sesiones de la CAN ANTICORRUPCIÓN se realizarán mediante comunicación escrita y/o correo electrónico, en un plazo no menor de 5 (cinco) días útiles antes de la fecha fi jada para su celebración. La comunicación escrita será dirigida al lugar donde trabaja el miembro de la CAN ANTICORRUPCIÓN y su recepción se entenderá válida con el cargo de recepción de la entidad a la cual representa. En caso la convocatoria se realice a través de correo electrónico, la misma se entenderá válida con el acuse de recibo respectivo. Para tal fi n, los miembros de la CAN ANTICORRUPCIÓN deberán proporcionar por escrito una dirección de correo electrónico válida a donde se deba remitir la convocatoria. Artículo 18.- Quórum El quórum para la instalación de la CAN ANTICORRUPCIÓN es de la mitad más uno del número hábil de los miembros plenos, establecidos en el numeral 4.2 del artículo 4° del presente Reglamento. Si el número de miembros hábiles es impar, el quórum es el número entero inmediato superior al de la mitad de aquél. Son miembros hábiles los miembros plenos menos los miembros que no asistan previa justifi cación. La justifi cación debe realizarse por escrito hasta antes del inicio de la sesión de la CAN ANTICORRUPCIÓN. De no cumplirse con este procedimiento, serán considerados como ausentes. Artículo 19.- Verifi cación de asistencia El Presidente de la CAN ANTICORRUPCIÓN, a la hora señalada en la convocatoria, dispondrá pasar la asistencia. Ante la falta de quórum, se pasará un segundo registro de asistencia luego de 30 minutos. En el caso de no verifi carse el quórum requerido por el presente Reglamento, no se iniciará la sesión de la CAN ANTICORRUPCIÓN. Artículo 20.- Orden del día Iniciada la sesión, se pasará al Orden del Día en donde se discutirán y votarán, en el orden indicado por el Presidente de la CAN ANTICORRUPCIÓN, los asuntos que hayan sido considerados para esta sesión. REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN