Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2013 (23/08/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

501648
de Chaclacayo nuevas experiencias que promuevan su desarrollo cultural y tecnologico; Que, los Articulos 2º y 3º de la Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que la autorizacion de viajes al exterior se deberan sustentar en el interes nacional o institucional, bajo responsabilidad; asimismo, deberan de publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anteriordad al viaje; Que, el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM Normas Reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que, "...la autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion, y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y tarifa Corpac...". Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorizacion de viajes debera sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto publico, bajo responsabilidad; Que, el Articulo 10º del mismo cuerpo normativo, establece que dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor publico, debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; Que, de la revision de los actuados se advierte que en ambos casos se ha cumplido con sustentar el interes de la Municipalidad de Chaclacayo y se ha indicado expresamente el motivo del viaje, asi como el numero de dias de duracion del viaje; de igual modo, los gastos que se cargaran al Presupuesto Institucional solo correspondera al pasaje aereo (ida y Vuelta) de dicho funcionario; Que, el Articulo 10º numeral 10.1 de la Ley Nº 29951 ­ Ley del Presupuesto de Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, senala que, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo los que efectuen (entre otros) los altos funcionarios y autoridades del estado a que se refiere la Ley Nº 28212; cabe agregar, que esta MORDAZA MORDAZA hace referencia a los Alcaldes Distritales; asimismo indica dicho precepto, que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los senalados en los literales precedentes, en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo de consejo regional o concejo municipal respectivamente. En todos los casos la resolucion o acuerdo de excepcion es publicada en el diario Oficial El Peruano; Que, el inciso 11) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal "Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario"; por lo que la autorizacion de viaje debera ser aprobado por el Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad con el Articulo 9º numeral 11) de la Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, los regidores presentes adoptaron por mayoria el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALVO MORDAZA ­ Gerente de Administracion y Finanzas, del 24 de Agosto al 1 de Setiembre del 2013, para participar en la ceremonia en el Concejo de la MORDAZA de Snoqualmie en la que se formalizara la Hermandad entre la Ciudades de Chaclacayo y Snoqualmie, ademas de otras actividades organizadas con el MORDAZA de Snoqualmie ­ MORDAZA R. Larson. Articulo Segundo.- AUTORIZAR que los gastos de pasajes aereos (ida y vuelta) del Viaje al exterior del Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALVO

El Peruano Viernes 23 de agosto de 2013

MORDAZA ­ Gerente de Administracion y Finanzas, se carguen al presupuesto institucional de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, por el monto de US$ 1,835.00 (mil ochocientos treinta y cinco Dolares Americanos) Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia General Municipal, a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento del presente acuerdo y del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 978527-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Delegan al Gerente Municipal la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico en materia presupuestal
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 205 San MORDAZA, 20 de agosto de 2013 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º, numeral 7.1, del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, prescribe que el Titular de una Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva y que dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad, siendo el titular responsable solidario con el delegado; Que, el articulo 40º, numerales 40.1 y 40.2, del citado TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico, las habilitaciones y las anulaciones que varien los creditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programatica, y que dichas modificaciones son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, asi como, que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 20 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribucion del MORDAZA delegar sus funciones administrativas en el Gerente Municipal; Que, en concordancia con las disposiciones citadas, resulta necesario delegar en el Gerente Municipal la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, al MORDAZA de lo dispuesto en los articulos 7º, numeral 7.1, y 40º, numeral 40.2, del TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- Delegar en el Gerente Municipal, senor Diethell Columbus Murata, para el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.