Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2013 (23/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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de 2013, y todo lo actuado hasta la interposicion de la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Tercero.- DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de San MORDAZA a fin de que vuelva a emitir pronunciamiento sobre el pedido de declaratoria de vacancia y renueve los actos procedimentales a partir de la convocatoria a la sesion extraordinaria de concejo que resolvera la solicitud de vacancia MORDAZA mencionada, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de MORDAZA para que los remita al fiscal provincial respectivo, a fin de que evalue la conducta de los integrantes de dicho concejo en caso de omision, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificados en el articulo 377 del Codigo Penal. Articulo Cuarto.- DISPONER que el Concejo Distrital de San MORDAZA, en el plazo de treinta dias habiles, emita un MORDAZA pronunciamiento en sesion extraordinaria de concejo municipal, sobre la base de los parametros establecidos en la presente resolucion y, en consecuencia, se pronuncie, bajo sancion de nulidad, respecto de los siguientes puntos: 1. La legitimidad para obrar del solicitante MORDAZA MORDAZA MORDAZA Polo. 2. La solicitud de vacancia, debera actuar y valorar los medios probatorios suficientes que acrediten la concurrencia de los tres elementos que configuran la causal de restricciones de contratacion analizando adecuadamente cada uno de ellos y materia de pronunciamiento por parte del concejo distrital. 3. Los regidores deberan exponer y debatir los argumentos que sustenten su posicion respecto a la solicitud de vacancia, en todo caso, los fundamentos relevantes respecto a las posiciones a favor y en contra de la vacancia solicitada. 4. El concejo distrital debera emitir una decision debidamente motivada, en relacion con la solicitud de vacancia. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 978502-4

El Peruano Viernes 23 de agosto de 2013

fecha 20 de MORDAZA de 2013, que declaro improcedente la solicitud de declaratoria de vacancia en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Niquin, regidores de la Municipalidad Distrital de Coishco, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 11, MORDAZA parrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, teniendo a la vista los Expedientes Nº J-2013-00564 y Nº J-2013-00351, y oido el informe oral. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 21 de marzo de 2013, MORDAZA Renteria MORDAZA solicito (fojas 82 a 90) la declaratoria de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Niquin, regidores de la Municipalidad Distrital de Coishco, por la causal de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, prevista en el articulo 11, MORDAZA parrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), en base a los siguientes hechos: a) Por haber aprobado en sesion de concejo, de fecha 25 de febrero de 2013, en merito a dos mociones del dia presentadas por los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Niquin, el cese inmediato de Cevero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, gerente municipal de la referida comuna, por haber incurrido en falta grave, puesto que habria permitido, en su calidad de gerente municipal, la existencia de: i) dos actas de sesion de concejo, de fecha 7 de febrero de 2013, agravado por el hecho de que una de las actas tendria la rubrica del MORDAZA del mencionado municipio, quien se encontraba en esa fecha fuera del MORDAZA, y ii) dos Reglamentos de Organizacion y Funcion, situacion agravada por el hecho de que una contiene una modificacion que no habria sido aprobada por el concejo municipal, y no obstante, MORDAZA cuentan con la firma de los funcionarios responsables (fojas 94 a 110). Asimismo, cabe mencionar que la decision de MORDAZA al gerente municipal fue plasmada en los Acuerdos Nº 017-2013-MDC y Nº 018-2013-MDC, ambos de la misma fecha de la mencionada sesion (fojas 111 a 112 y 113 a 114, respectivamente). b) Por no haber permitido al gerente municipal ejercer su derecho de defensa, es decir, no haberle garantizado un debido MORDAZA, pese a que este, en dicha sesion, en reiteradas oportunidades, pidio al concejo municipal que se le corra traslado de las mociones presentadas en su contra, para asi poder hacer uso de su derecho de defensa. En tal sentido, senala el solicitante que al aprobar el cese del gerente municipal, los citados regidores, han excedido sus atribuciones, ya que estos solo pueden solicitar el cese del gerente municipal, siempre y cuando este MORDAZA incurrido en falta grave o conducta dolosa, hecho que solamente puede acreditarse con un previo procedimiento administrativo disciplinario o MORDAZA judicial, de lo contrario se estaria vulnerando sus derechos fundamentales, como ha sucedido en el presente caso, como se advierte de la Carta Nº 024-2013-SG-MDC, de fecha 13 de marzo de 2013 (foja 115). De igual manera, senala que las imputaciones efectuadas al gerente municipal, se encuentran enmarcadas como responsabilidad de la secretaria general del mencionado municipio. En tal sentido, al MORDAZA al gerente municipal se atribuyeron una funcion administrativa, usurpando, de esta forma, una atribucion del MORDAZA, el unico con autoridad para MORDAZA al mencionado trabajador sin expresion de causa alguna. Descargo y formulacion de tachas de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Con fecha 17 de MORDAZA de 2013 (fojas 145 a 148), la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presenta su escrito de descargo a la solicitud de declaratoria de vacancia, formulando, en primer lugar, tacha contra los medios probatorios por no ser idoneos argumentando lo siguiente: a) Con relacion al acta de sesion de concejo, de fecha 25 de febrero de 2013, senala que esta es nula, fenecida

Confirman Acuerdo de Concejo Nº 0352013-MDC que declaro improcedente solicitud de declaratoria de vacancia de regidores de la Municipalidad Distrital de Coishco, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 790-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00728 COISHCO - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, quince de agosto de dos mil trece. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Renteria MORDAZA en contra del Acuerdo de Concejo Nº 035-2013-MDC, de

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