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El Peruano Jueves 29 de agosto de 2013 502009 • Lucía Verónica Amiri-Talesh Ramírez, Funcionaria Diplomática destacada al Despacho Presidencial. • Comandante FAP Víctor Vargas Blacido, Edecán del Presidente de la República. • Jaime Antonio Herrera Arce, Supervisor de la Dirección de Operaciones del Despacho Presidencial. • Job Francisco Rosales Pacheco, Asesor de la Secretaría de Prensa del Despacho Presidencial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de los funcionarios a que se refi ere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, a razón de US$ 370.00 diarios por persona, por concepto de viáticos. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios a que se refi ere el artículo primero de la presente resolución deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 982213-3 Autorizan viaje de miembro del equipo periodístico del IRTP a la República de Surinam, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 277-2013-PCM Lima, 29 de agosto de 2013 Visto, el Ofi cio N° 044-2013-GG/IRTP, remitido por la Gerencia General dei Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, y; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP es un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, el señor Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, viajará a la República del Surinam, el 30 y 31 de agosto de 2013 para participar en la VIl Reunión Ordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur); Que, en tal sentido, resulta necesario cubrir las incidencias informativas de la participación del Presidente de la República en dicha visita; por lo que, se ha estimado conveniente autorizar el viaje del señor Diego Viaña Rosa-Pérez, quien es miembro del equipo periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; Que, el artículo 2° del Reglamento de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo casos excepcionales que deben ser canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley N° 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; el Decreto Supremo N° 063-2004- PCM, Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, el Decreto Supremo N° 001-2012-PCM, que adscribe al Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú a la Presidencia del Consejo de Ministros, y; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Diego Viaña Rosa-Pérez, a la República del Surinam, los días 30 y 31 de agosto de 2013, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo a los recursos ordinarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: - Diego Viaña Rosa- Pérez (Viáticos US$ 370.00 x 2 días) US$ 740.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguiente a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Titular de su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 982213-4 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar y civil FAP que conformarán las tripulaciones de aeronaves, que trasladará al señor Presidente de la República y Comitiva Oficial a la República de Surinam RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 440-2013-DE/ Lima, 29 de agosto de 2013 Visto el Ofi cio Nº 629-2013/DP-CM/EDEC de fecha 26 de Agosto de 2013 del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República, el Ofi cio NC-60-G841-Nº 1590 de fecha de 26 de Agosto de 2013 del Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite NC-60-SGFA-Nº 3541 de fecha 26 de agosto de 2013 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que