Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2013 (29/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Jueves 29 de agosto de 2013

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Dice: "La fecha de entrada en vigencia de la escision y fusion materia de la presente resolucion, es el 29 de agosto de 2013." Debe Decir:

Estando a lo informado por los Departamentos de Supervision Bancaria "D", de Supervision de Riesgos de MORDAZA, Liquidez e Inversiones y por el Departamento Legal, y contando con el visto MORDAZA de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Unico.- Opinar favorablemente respecto de la emision de Certificados de Depositos Negociables que realizara Financiera Uno S.A., en el MORDAZA del programa denominado "Primer Programa de Certificados de Depositos Negociables de Financiera Uno S.A.", hasta por un monto MORDAZA de S/. 100 000 000.00 (cien millones y 00/100 Nuevos Soles). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSEMBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

"La fecha de entrada en vigencia de la escision y fusion materia de la presente
resolucion, para efectos societarios, es el 31 de agosto de 2013, mientras que para efectos operativos, la fecha de separacion, transferencia y fusion de los fondos administrados por la AFP, es el 29 de agosto del presente ano."

Articulo Segundo.- Notifiquese la presente resolucion a AFP Integra, Profuturo AFP y AFP Horizonte. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSEMBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Amplian a funcionario el plazo de encargatura de funciones de Gerente de la Oficina de Asesoria Juridica del Patronato del MORDAZA de Las Leyendas y su designacion como funcionario responsable de brindar informacion de acceso publico
RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA Nº 130-2013/DE-PATPAL-FBB/MML
Con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; San MORDAZA, 16 de agosto del 2013 VISTOS: El documento de fecha 16 de agosto de 2013, remitido por la Doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Manchego, Gerente de la Oficina de Asesoria Juridica; la Resolucion de la Oficina de Administracion Nº 087-2012-PATPAL-FBB/OA/MML Rol Anual de Vacaciones del ano 2013; CONSIDERANDO: Que, el Patronato del MORDAZA de Las Leyendas - MORDAZA MORDAZA MORDAZA es un Organismo Publico Descentralizado, adscrito a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que cuenta con autonomia tecnica, economica y administrativa, que tiene por finalidad proporcionar bienestar, esparcimiento y recreacion cultural a favor de la comunidad; Que, el articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 146, Ley del Patronato del MORDAZA de Las Leyendas, establece que los trabajadores del PATPAL - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estan sujetos al regimen laboral y beneficios de la actividad privada; Que, mediante Resolucion de la Oficina de Administracion Nº 087-2012-PATPAL-FBB/OA/MML se aprobo el Rol Anual de Vacaciones del ano 2013, habiendose previsto en dicho documento el descanso vacacional de la funcionaria, doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Manchego, para el mes de agosto de 2013; Que, mediante documento de fecha 16 de agosto de 2013, la Gerente de la Oficina de Asesoria Juridica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Manchego, solicita se le conceda hacer uso efectivo de su descanso fisico vacacional, a partir del 18 de agosto al 16 de setiembre de 2013, el cual ha sido debidamente autorizado mediante Proveido Nº 475-2013/ DE-PATPAL-FBB/MML, por lo que, gozara de su periodo vacacional por treinta (30) dias;

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Sustituyen el articulo MORDAZA de la Resolucion SBS Nº 4747-2013
RESOLUCION SBS Nº 5071-2013
MORDAZA, 21 de agosto de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 4747-2013 del 09 de agosto de 2013, se aprobo, entre otros aspectos, la escision del bloque patrimonial de AFP Horizonte a favor de Profuturo AFP y la fusion del remanente de AFP Horizonte resultante de la operacion MORDAZA mencionada, a favor de AFP Integra, con la extincion de la primera de las nombradas; Que, el Articulo MORDAZA de la precitada Resolucion senalo que la fecha de entrada en vigencia de la escision y fusion en comento, seria el 29 de agosto del presente. Ello en razon de que asi lo declaro expresamente la "constancia de fecha de entrada en vigencia" del 04 de junio de 2013, suscrita por los representantes de las tres AFP; Que, por carta recibida por esta Superintendencia el 13 de agosto del presente ano, las mencionadas AFP precisaron que la entrada en vigencia de la escision ­ fusion, para efectos societarios, es el 31 de agosto del presente ano, remitiendo en tal sentido, una nueva "constancia de fecha de entrada en vigencia" del 10 de agosto de 2013, la cual sustituye a la anterior. Asimismo, se indico que por temas operativos, la fecha de separacion, transferencia y fusion de los fondos administrados por la AFP, es el 29 de agosto del presente ano, en concordancia con los acuerdos societarios adoptados; Que, en razon de lo expuesto, corresponde aclarar el alcance de articulo MORDAZA de la Resolucion SBS Nº 47472013; Contando con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF; RESUELVE: Articulo Primero.- Sustituir el articulo MORDAZA de la Resolucion SBS Nº 4747-2013 de acuerdo al siguiente detalle:

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