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El Peruano Jueves 29 de agosto de 2013 501999 VISTO: El Expediente Nº 31205-01-2013 del 11 de junio de 2013 y acumulados, organizado por la empresa PROMOTORA INMOBILIARIA PIRAMIDE S.R.L. cuyo representante legal es Sr. ELEODORO ENRIQUE AMADO CASTILLO, y la Sociedad Conyugal conformada por Sr. JUAN VICENTE ADRIANZEN MORETO y Sra. CONCEPCIÓN EDERMINA ALVARADO GIL, mediante el cual solicitan la REGULARIZACIÓN DE HABILITACIÓN URBANA EJECUTADA del terreno de 10,000.00 m2, constituido por la Sección “C” de la Parcela Nº 52 (U.C. 10661), inscrito en Ficha Registral Nº 1185620 y su continuación en Partida Electrónica Nº 49033425 del Registro de Propiedad Inmueble – SUNARP, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Las Flores del Naranjal, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, con Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones - Ley Nº 29090, vigente a partir del 28 de Setiembre del 2009, se establece la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edifi cación, con la fi nalidad de facilitar y promover la inversión inmobiliaria; Que, con Expediente Nº 31205-01-2013 de fecha 11 de Junio de 2013 y acumulados, PROMOTORA INMOBILIARIA PIRÁMIDE S.R.L. y la Sociedad Conyugal conformada por Sr. JUAN VICENTE ADRIANZEN MORETO y Sra. CONCEPCIÓN EDERMINA ALVARADO GIL, solicita aprobación de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del inmueble con un área superfi cial de 10,000.00 m2, constituido por la Sección “C” de la Parcela Nº 52 (U.C. 10661), donde se desarrolla el Programa de Vivienda Las Flores del Naranjal, ubicado en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Codifi cado Nº 33741-01-2013 de fecha 24 de Junio del 2013, la empresa PROMOTORA INMOBILIARIA PIRÁMIDE S.R.L. y la Sociedad Conyugal conformada por Sr. JUAN VICENTE ADRIANZEN MORETO y Sra. CONCEPCIÓN EDERMINA ALVARADO GIL adjuntan documentación técnica subsanando las observaciones señaladas en Ofi cio Nº 1173-2013-SGCyHU-GDU/MDSMP de fecha 14 de Junio del 2013; Que, con Valorización Nº 019-2013-SGCyHU-GDU- MDSMP de fecha 01 de Julio del 2013, se calculó el défi cit del aporte de Recreación Pública, en un área de 583.29 m2, cuyo monto asciende a la suma de S/. 11,082.51 nuevos soles; y del aporte de Servicios Públicos Complementarios, en un área de 33.35 m2, cuyo monto asciende a la suma de S/. 633.65 nuevos soles, los mismos que fueron pagados en tesorería de esta Corporación Municipal con Recibo Nº 2013051158 de fecha 30 de Julio de 2013, quedando los lotes 26 y 28 de la Manzana “A” en garantía de pago por el défi cit de Parques Zonales, el lote 30 de la Manzana “A” en garantía de pago por el défi cit de Ministerio de Educación y el lote 4 de la Manzana “B” en garantía de pago por el défi cit de Renovación Urbana, cumpliendo en superar las áreas de 166.65 m2, 166.65 m y 83.33 m2, respectivamente, resultantes del cálculo, de los défi cits de aportes de Servicio de Parques, Ministerio de Educación y Renovación Urbana, a través de la Ordenanza Nº 836-MML; Que, con Informe Nº 258-2013-GRND-SGCHU-GDU- MDSMP de fecha 01 de Agosto de 2013, el técnico de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas manifi esta que los administrados han cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29090 y el TUPA de esta corporación edilicia; y de la inspección ocular practicada se verifi ca que el plano presentado coincide con lo físicamente existente en el terreno, constatándose la existencia de los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, quedando faltantes las obras de pavimentación de pistas y veredas. Asimismo se indica que la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del inmueble constituido por la Sección “C” de la Parcela Nº 52 (U.C. 10661), inscrito en Ficha Registral Nº 1185620 y su continuación en Partida Electrónica Nº 49033425 del Registro de Propiedad Inmueble – SUNARP, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Las Flores del Naranjal, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, cumple con los planes urbanos respecto a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios; Que, con Informe Nº 0206-2013-CAST-SGCHU-GDU- MDSMP de fecha 02 de Agosto del 2013, emitido por el Asesor Legal de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, indica que en concordancia con el artículo 4º numeral 9 de la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones – Ley Nº 29090, donde establece que las municipalidades distritales en el ámbito de su jurisdicción tienen competencia para la aprobación de proyectos de habilitación urbana, y en artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29090 se establece que podrán ser regularizadas aquellas habilitaciones ejecutadas hasta el 25 de Septiembre de 2007; Que, de acuerdo al Procedimiento Nº 62 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, la Unidad Orgánica encargada de resolver los trámites de aprobación de Licencia de Habilitaciones Urbanas – Modalidad C con Evaluación Previa de Comisión Técnica, es la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, el cual debe emitir el acto administrativo correspondiente en concordancia con la Segunda Disposición Final del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 016- 2011/MDSMP, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el día 20 de Julio de 2011, por el que las subgerencias están facultadas a emitir resoluciones en primera instancia en los asuntos de su competencia; Que, estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa, conforme a la normativa glosada y a las situaciones señaladas, conforme al TUPA y al ROF de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en estricta sujeción a la Constitución Política del Estado, a la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, a la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, a la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones – Ley Nº 29090 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Vecinal “CV” del inmueble con un área superfi cial de 10,000.00 m2, constituido por la Sección “C” de la Parcela Nº 52 (U.C. 10661), inscrito en la Ficha Registral Nº 1185620 y su continuación en Partida Electrónica Nº 49033425 del Registro de Propiedad Inmueble - SUNARP, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Las Flores del Naranjal, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano Nº 051-2013-SGCHU-GDU/MDSMP y la Memoria Descriptiva; que forman parte integrante de dicho acto administrativo. Artículo Segundo.- DECLARAR CUMPLIDAS las obras ejecutadas de agua potable, alcantarillado y electrifi cación y AUTORIZAR a la empresa PROMOTORA INMOBILIARIA PIRÁMIDE S.R.L. cuyo representante legal es Sr. ELEODORO ENRIQUE AMADO CASTILLO, y la Sociedad Conyugal conformada por Sr. JUAN VICENTE ADRIANZEN MORETO y Sra. CONCEPCIÓN EDERMINA ALVARADO GIL, en un plazo de treinta y seis (36) meses, la ejecución de las obras de Habilitación Urbana como son la pavimentación de pistas y veredas del terreno de 10,000.00 m2. El inicio de la vigencia de la presente resolución será computado a partir del ingreso del expediente del visto, venciendo el plazo el 10 de Junio de 2016. La prórroga deberá solicitarse dentro de los treinta días calendario, anteriores al vencimiento de la presente. Las obras deberán sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especifi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguiente: CUADRO GENERAL DE ÁREAS DESCRIPCION ÁREA (m2) Área Bruta 10,000.00 Área Útil RDM 5,798.95 Área Útil CV 1,023.93 Área de Vías 3,177.12 Las obras se ejecutarán de acuerdo a las siguientes especifi caciones técnicas: PAVIMENTOS: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario