Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2013 (03/12/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

508216
el Memorando N° 4052-2013-ANA-OPP/UP, del Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Memorandum N° 2802-2013-ANA-OA del Director de la Oficina de Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hidricos, las Administraciones Locales de Agua ejercen funciones de primera instancia administrativa hasta que se implementen las Autoridades Administrativas del Agua; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 546-2009-ANA, ratificada por la Setima Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, Decreto Supremo N° 001- 2010-AG, se aprobo la delimitacion de los ambitos territoriales de los catorce (14) organos desconcentrados de la Autoridad Nacional del Agua, entre ellos la Autoridad Administrativa del Agua Mantaro (Codigo x); Que, mediante Resolucion Jefatural N° 135-2013ANA, se encargo al profesional que asuma las funciones de la Direccion de la Autoridad Administrativa del Agua Mantaro (Codigo X); Que, mediante el Oficio N° 074-2013-ANA-AAA X MANTARO, la Direccion de la Autoridad Administrativa del Agua Mantaro solicita se de culminado el MORDAZA de implementacion del referido organo desconcentrado; Que, asimismo, mediante Memorando N° 4052-2013ANA-OPP/UP y Memorando N° 2802-2013-ANA-OA, el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Director de la Oficina de Administracion, respectivamente, indican que es conveniente acoger la referida solicitud, en tanto, el mencionado organo desconcentrado cuenta con los componentes necesarios para el inicio de sus funciones, de acuerdo a la normativa vigente; Que, atendiendo a lo expuesto, es necesario dictar las disposiciones que permitan el desarrollo de las funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Mantaro, en el MORDAZA de la legislacion vigente en materia de recursos hidricos; Con los vistos de la Oficina de Asesoria Juridica, Oficina de Administracion, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Direccion de Administracion de Recursos Hidricos, Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, Secretaria General, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hidricos y las facultades y atribuciones conferidas por el Decreto Supremo N° 0062010-AG, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Ampliase, con eficacia anticipada a partir del dia 07 de noviembre de 2013, en veintisiete (27) dias naturales, el plazo a que se refiere el articulo 2° de la Resolucion Jefatural N° 135-2013-ANA, en el que se debera concluir con el MORDAZA de implementacion de la Autoridad Administrativa del Agua Mantaro (Codigo x). Articulo 2°.- Declarar, a partir del dia 03 de diciembre de 2013, el inicio de funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Mantaro (Codigo x), ejerciendo funciones de acuerdo a Ley; dando por concluido el MORDAZA de implementacion de dicho organo desconcentrado. Articulo 3°.- Precisase, que las Administraciones Locales de Agua del ambito de la Autoridad Administrativa del Agua Mantaro (Codigo X), continuaran ejerciendo la funcion de primera instancia administrativa hasta el dia 02 de diciembre de 2013. Articulo 4°.- Disponer que los expedientes administrativos que no hayan sido resueltos al dia 02 de diciembre de 2013 y que MORDAZA de competencia de la Direccion de la Autoridad Administrativa del Agua Mantaro (Codigo X), deberan ser remitidos a la citada direccion para la prosecucion de su tramite, sin retrotraer etapas ni suspender plazos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1022491-2

El Peruano Martes 3 de diciembre de 2013

AMBIENTE
Autorizan otorgar subvenciones adicionales a las previstas en el Anexo "A" de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, para financiar la ratificacion de convenios de conservacion de bosques con comunidades nativas en el MORDAZA del Programa Nacional de Conservacion de Bosques para la Mitigacion del Cambio Climatico
DECRETO SUPREMO N° 014-2013-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2010MINAM, se crea el Programa Nacional de Conservacion de Bosques para la Mitigacion del Cambio Climatico - "CONSERVACION DE BOSQUES", en el ambito del Ministerio del Ambiente; el cual tiene por objetivo conservar 54 millones de hectareas de bosques tropicales como una contribucion a la mitigacion frente al cambio climatico y al desarrollo sostenible; Que, de acuerdo al articulo 4º del Decreto Supremo N° 008-2010-MINAM, los beneficiarios del citado Programa son las comunidades nativas y campesinas tituladas y pobladores que viven en y alrededor de los bosques tropicales amazonicos y secos del pais; Que, por Resolucion Ministerial N° 167-2010-MINAM de 13 de septiembre de 2010, se aprueba el Manual de Operaciones (MOP) del mencionado Programa, estableciendose en su numeral 9.2 las formas de intervencion del mismo, entre estas, el referido a transferencias directas condicionadas, mecanismo a traves del cual el Estado otorga un apoyo directo a las comunidades tituladas consistente en una subvencion economica condicionada a la conservacion de sus bosques comunales, siendo el monto a transferir de S/. 10.00 Nuevos Soles por hectarea de bosques conservado por ano; Que, el Pliego Presupuestario 005 Ministerio del Ambiente, se encuentra autorizado a otorgar subvenciones a Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, por un importe ascendente a S/. 2 070 735.00 (DOS MILLONES SETENTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), de conformidad con lo previsto en el Anexo "A" de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; Que, el numeral 60.2 del articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que solo por Decreto Supremo y con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, se podran otorgar subvenciones adicionales, exclusivamente para fines sociales, a las contenidas en el Anexo de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, debiendo, para tal efecto, contar con el informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego y el financiamiento correspondiente en el Presupuesto Institucional respectivo; Que, mediante Memorando Nº 252-2013-PCNB/ VMDERN/MINAM e Informe Nº 112-2013-UPPMEPNCB-DVMDERN-MINAM, ambos de fecha 02 de octubre de 2013, el Programa Nacional de Conservacion de Bosques para la Mitigacion del Cambio Climatico "CONSERVACION DE BOSQUES" solicita y sustenta la necesidad de otorgar subvenciones adicionales a las establecidas en el Anexo "A" de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, a fin de financiar la ratificacion de convenios con las comunidades nativas ubicadas en los departamentos de Amazonas, Pasco, MORDAZA y San MORDAZA, para la conservacion de bosques comunales. Asimismo, certifica la existencia

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.