Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2013 (03/12/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

508228
trabajo coordinado a traves de redes de servicios de salud, a fin de asegurar la atencion integral para los neonatos comprendidos dentro del Programa de Tamizaje Neonatal Universal, al MORDAZA del MORDAZA legal e institucional correspondiente. Los servicios de atencion prenatal, atencion de parto y de recien nacido trabajaran de manera integrada, garantizando la continuidad de la atencion en los recien nacidos. El personal de salud responsable de la atencion del recien nacido, debera adecuar el flujograma de atencion a la capacidad resolutiva, recursos con que cuente el establecimiento y la realidad local e intercultural. Para casos de ninos con deficit auditivo, la continuidad de la atencion se extendera, articulara y se complementara con las intervenciones que brinda el Sector Educacion a traves de sus Programas de Intervencion Temprana, para lo cual el Ministerio de Salud, las Direcciones de Salud, las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces, coordinaran las acciones necesarias en su jurisdiccion. Articulo 24º.- Convenios Interinstitucionales El Ministerio de Salud suscribe y promueve Convenios Interinstitucionales que contribuyan a garantizar la implementacion de las actividades primordiales del Programa de Tamizaje Neonatal Universal. Articulo 25º.- Evaluacion, supervision y monitoreo El Ministerio de Salud establecera, mediante documento normativo, las acciones de evaluacion, supervision y monitoreo del presente Programa de Tamizaje Neonatal Universal. 1022612-5 CONSIDERANDO:

El Peruano Martes 3 de diciembre de 2013

Que, mediante Resolucion Ministerial N° 655-2011/ MINSA, se designo al Abogado MORDAZA MORDAZA Larrea MORDAZA, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Oficia General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 677-2012/ MINSA, se designo al Abogado MORDAZA MORDAZA San MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Que, el Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos ha formulado renuncia al cargo, siendo pertinente aceptar dicha renuncia y encargar las correspondientes funciones al profesional propuesto; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo N° 276; en el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el Abogado MORDAZA MORDAZA Larrea MORDAZA, al cargo de Director General, Nivel F-5, de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Encargar las funciones de Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, al Abogado MORDAZA MORDAZA San MORDAZA MORDAZA, en adicion a sus funciones de Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1022403-1

Encargan funciones de Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 770-2013/MINSA MORDAZA, 2 de diciembre del 2013 Vista la renuncia presentada por el Abogado MORDAZA MORDAZA Larrea Sanchez;

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.