Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2013 (21/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 164

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Organizadora del CCONNA - VMT, en cumplimiento del articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 135/MVMT, remite a la Gerencia Municipal la propuesta de reglamento del CCONNA; Estando a los considerandose precedentes, de conformidad a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento del Consejo Consultivo de Ninas, Ninos y Adolescentes del Distrito de MORDAZA del Triunfo - CCONNA - VMT, que como anexo adjunto forma parte del presente Decreto de Alcaldia, y cuyo texto integro sera publicado en la pagina web www.munivmt.gob.pe de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social y Lucha contra la Pobreza de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, y demas unidades organicas de la entidad el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Comunicacion e Imagen Institucional y a la Sub Gerencia de Tecnologia de Informacion y Procesos, la difusion del presente Decreto de Alcaldia, incluyendo su publicacion en el MORDAZA electronico de la entidad. Articulo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina web de la entidad. Registrese publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1030552-1

El Peruano Sabado 21 de diciembre de 2013

Aprueban Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores
DECRETO DE ALCALDIA N° 009-2013/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 19 de diciembre 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO Visto Memorandum N° 1455-2013-GM/MVMT, de la Gerencia Municipal, el Informe N° 556-2013-SGLPYMGSCGA/MDVMT, de la Sub Gerencia de Limpieza Publica y Maestranza, el Informe Nº 94-2013-GSCYGA­MVMT, de la Gerencia de Servicios a la Ciudadania y Gestion Ambiental, el Memorandum N° 2509-2013-GPP/MVMT, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal Nº 501-2013-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoria Juridica, respecto al cumplimiento de la Meta 32 del Plan de Incentivos de la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe N° 556-2013-SGLPYMGSCGA/MDVMT, de fecha 09 de diciembre del 2013, la Sub Gerencia de Limpieza Publica y Maestranza, remite a la Gerencia de Servicios a la Ciudadania y Gestion Ambiental, los documentos correspondientes a la Meta 32 "Elaboracion de un plan de Gestion de Residuos de la Construccion en espacios publicos y obras menores"; Que, mediante Informe N° 94-2013-GSCYGA-MVMT, de fecha 09 de diciembre del 2013, la Gerencia de Servicios a la Ciudadania y Gestion Ambiental, remite a la Gerencia Municipal, los documentos correspondientes a la Meta 32 "Elaboracion de un plan de Gestion de Residuos de la Construccion en espacios publicos y obras menores"; Que, mediante Memorandum N° 1421-2013-GM/ MVMT, de fecha 09 de diciembre del 2013, la Gerencia Municipal, remite a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, todo lo actuado a fin de que de acuerdo a su

competencia formule el informe tecnico respectivo; Que, mediante Memorandum N° 2509-2013-GPP/ MVMT, de fecha 16 de diciembre del 2013, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite a la Gerencia de Asesoria Juridica el Informe Tecnico respecto a la propuesta del plan gestion de residuos solidos de la construccion y demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores, concluyendo favorablemente; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante el Informe N° 501-2013-GAJ/MVMT, de fecha 18 de diciembre del 2013, ha opinado senalando que, resulta procedente la aprobacion del Decreto de Alcaldia del Plan de Gestion de Residuos Solidos de la Construccion y Demolicion Depositados en Espacios Publicos y de Obras Menores, en virtud de lo establecido en el numeral 6 del articulo 20°, asi como lo senalado en el MORDAZA parrafo del articulo 39° y en el articulo 42° de la Ley N°27972, Ley Organica de Municipalidades; y que, el Decreto de Alcaldia del Plan de Gestion de Residuos Solidos de la Construccion y Demolicion Depositados en Espacios Publicos y de Obras Menores, debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, en base a lo establecido en el articulo 44° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972; Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo en su condicion de gobierno local, cuenta con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, tiene regimen especial en la Ley de Descentralizacion y en la Ley Organica de Municipalidades y ejerce sus competencias dentro del ambito del distrito, conforme lo establece el Articulo ll del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, en concordancia con lo senalado en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru; Que, la Ley N° 27314 - Ley General de Residuos Solidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujecion a los Principios de Minimizacion, Prevencion, de Riesgo Ambiental y Proteccion de la Salud y el bienestar de la persona humana; la gestion de los residuos solidos en el MORDAZA tiene como finalidad su manejo integral y sostenible, mediante la articulacion, integracion y compatibilizacion de las politicas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestion y el manejo de los residuos solidos; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos aprobado por el Decreto Supremo N° 057-2004-PCM establece la obligacion de una adecuada disposicion final de residuos cualquiera sea su origen asi como la importacion de residuos solidos, por lo que esta obligacion se hace extensiva a los residuos solidos de la construccion y demolicion resultantes de las actividades de construccion, rehabilitacion, restauracion, remodelacion y demolicion de edificaciones e infraestructura; Que, la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, y conforme al cardenal 2, numeral 2.1 del articulo 73°, tienen, dentro del MORDAZA de las competencias y funciones especificas la que sumen con caracter compartido el saneamiento ambiental, salubridad y salud, que conlleven al saneamiento ambiental, asi como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares publicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinacion y en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los Organos Regionales, conforme lo establece el articulo 75° de la citada Ley; Que, los numerales 3.1 y 3.4 del cardenal 3. del articulo 80° de la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer del servicio de limpieza publica, determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, asi como fiscalizar y realizar labores de control, respecto de la emision de humos, gases, ruidos y demas elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2013EF publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 10 de enero de 2013, se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de Metas y la Asignacion de los Recursos

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