TEXTO PAGINA: 161
El Peruano Sábado 21 de diciembre de 2013 510223 indispensable que el Gobierno Central, el Gobierno Regional de Moquegua y los Gobiernos Municipales prioricen políticas públicas que concreticen el desafío de conectar el sistema ferroviario peruano hacia Bolivia y Brasil, considerando la privilegiada ubicación geográfi ca del puerto de Ilo, es necesario dotársele de la infraestructura portuaria y de transporte adecuada, ser el centro de transferencia de cargas intermodal (Ferrocarril- Camión-Marítimo), de Bolivia y Brasil, pues la utilización del ferrocarril en el tráfi co portuario, tiene un efecto multiplicador en su hinterland y además, tiene efectos de disminuir los impactos urbanos y regionales, con la disminución de los efectos nocivos que tiene el transporte carretero por los costos de transporte. Por lo que, el Consejo Regional de Moquegua, en uso de sus atribuciones conferidas por el Art 191º de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por la Ley Nº 27902 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Moquegua, con el voto unánime de sus miembros y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero: DECLARAR, de necesidad pública e interés regional impulsar un corredor económico que potencialice el Puerto de Ilo y la Construcción de una línea férrea, desde la Región Moquegua hacia los Centros de Producción de Bolivia y Brasil. Artículo Segundo.- RECOMENDAR al ejecutivo la realización de un Fórum sobre las ventajas del transporte multimodal, la construcción de una línea férrea que una el Puerto de Ilo con Bolivia - Brasil y la modernización del Puerto de Ilo. Artículo Tercero.- INVOCAR al Gobierno Central declare de interés nacional el Proyecto Ferrocarril Ilo – Bolivia – Brasil y la modernización del Puerto de Ilo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo Económico y la Dirección Regional de Transportes, la implementación del presente Acuerdo Regional, Artículo Quinto.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, Diario de mayor Circulación Regional y el Portal electrónico del Gobierno Regional Moquegua. REMITIR copia al Presidente Regional, Gerencia General y demás instancias correspondientes para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DIANIRA A. MEZA MENDOZA Consejera Delegada Consejo Regional Moquegua 1029801-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Aprueban la Nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ancón ORDENANZA Nº 280-2013-MDA Ancón, 29 de noviembre del 2013 VISTO: El Concejo Municipal en Sesión de Concejo de la Fecha y visto el Memorándum Nº113–2013-GPP/MDA, de fecha 25 de Noviembre del 2013 de la Gerencia de la Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 301- 2013-OAJ/MDA, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de fecha 25 de Noviembre de 2013 y Dictamen Nº 01-2013- CEPP/MDA, de la Comisión de Economía Planeamiento y Presupuesto; sobre el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ancón; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma de Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, se declara el Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 9º numeral 3º establece que es atribución del Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local, así mismo el numeral 8º del mencionado, la facultad de modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, indica en su artículo 8º, que corresponde a cada municipalidad organizar la administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto; en relación a ello, el artículo 26º de la precitada Ley, señala que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi cacia, efi ciencia, participación y seguridad ciudadana y por lo contenido en la Ley Nº 27444 – Ley General del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, mediante Ordenanza Nº 260-2012-MDA de fecha 28 de Diciembre del 2012, se aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ancón. Que, a través del Memorándum Nº113–2013-GPP/ MDA de fecha 25 de Noviembre de 2013 la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Ancón señala que es necesario poner en conocimiento del Concejo Municipal para que sea aprobado mediante Ordenanza Municipal, el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y en consecuencia la Nueva Estructura Orgánica; Que, mediante Memorándum Nº 301-2013-OAJ/ MDA de fecha 29 de Noviembre de 2013 la Ofi cina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión favorable para el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones y por consiguiente la Nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ancón; Que, la organización de la corporación edil debe ser diseñado para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos, facilitar el desarrollo de las actividades de la gestión, el fortalecimiento de la cultura organizacional, el incremento de la productividad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación, con lo cual se debe lograr ser efi caces, a fi n de satisfacer demandas y expectativas de los vecinos de Ancón; Que, en tal sentido, es necesario contar con un nuevo Reglamento de Organización (ROF) y por consiguiente con una nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ancón; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el numeral 8º del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, y con la aprobación UNANIME de los señores regidores,