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El Peruano Sábado 21 de diciembre de 2013 510227 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2013, donde la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo deberá cumplir metas respecto a la mejora de la gestión de los residuos sólidos la construcción y demolición y el propósito de establecer una adecuada gestión de los RCD de obras menores a nivel municipal; Que, en este orden de ideas, y conforme concluye el Memorándum N° 2509-2013-GPP/MVMT, opinando favorablemente en relación a la aprobación de un Plan de Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición Depositados en Espacios Públicos y de Obras Menores, señalándose adicionalmente que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para su fi nanciamiento, resulta pertinente la aprobación del plan en mención, en base a lo establecido en la segunda disposición complementaria, transitoria y fi nal del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos aprobado por el Decreto Supremo N° 057-2004-PCM, así como lo establecido en el articulo X Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; Que, fi nalmente de la revisión de la propuesta hecha, lo establecido en la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos, así como lo señalado en el Memorándum N° 1421-2013-GM/MVMT, de fecha 09 de diciembre del 2013, se puede determinar que el Plan de Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición Depositados en Espacios Públicos y de Obras Menores es favorable, entendiendo que con este programa nuestra municipalidad busca promover el desarrollo local, y mejorar las condiciones de vida de nuestra colectividad; Estando a los considerandos precedentes, y en uso de las facultades dispuestas en el inciso 6) del artículo 20°, artículo 39° y artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, que forma parte integrante del presente Decreto y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo www.munimvmt.gob.pe y en el Portal Institucional. Artículo Segundo.- DISPONER que se remita la publicación del presente Decreto de Alcaldía así como el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo a la Ofi cina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudadanía Y Gestión Ambiental, a través de la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Maestranza, la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto de Alcaldía a la Unidades Orgánicas pertinentes de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo a fin que brinden las facilidades del caso a la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Maestranza, respecto a la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano” así como en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo. Artículo Sexto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase SILVIA BARRERA VÁSQUEZ Alcaldesa 1030553-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban beneficio para el pago de deudas tributarias y no tributarias denominado “Termina el año sin deudas” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2013 Callao, 16 de diciembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN