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El Peruano Sábado 21 de diciembre de 2013 510229 DISPOSICIONES FINALES Primera.- Suspéndase la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 002-2013 del 30 de enero del 2013; a la vigencia de la presente Ordenanza Municipal. Segunda.- Encárgase a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, el cumplimiento de la presente ordenanza; a la Gerencia General de Relaciones Públicas, la difusión y su publicidad, asimismo a la Gerencia de Informática, su correcta aplicación en el sistema informático. Tercera.- Facúltase al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza así como para disponer la prórroga correspondiente, si fuere necesario. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, hasta el 30 de diciembre de 2013. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 1030059-1 Aprueban Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 18-2013-MPC-AL Callao, 18 de diciembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: Visto: Informe N° 001-2013-MPC-EBC-JCM-JCT del Equipo Técnico de Trabajo responsable del cumplimiento de las metas referentes a Residuos de la Construcción y Demolición, planteadas en el Decreto Supremo N° 002-2013- EF, Memorando N° 662-2013-MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación y Memorando N° 1716- 2013-MPC-GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial del Callao en su condición de gobierno local, cuenta con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tiene régimen especial en la Ley de Descentralización y en la Ley Orgánica de Municipalidades y ejerce sus competencias dentro del ámbito de la Provincia Constitucional del Callao, conforme lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en concordancia con lo señalado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, mediante el artículo 10º de la Ley Nº 27314, se establece que las Municipalidades Provinciales son responsables por la gestión de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a éstos, en todo el ámbito de sus jurisdicción; están obligadas a, planifi car la gestión de los residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, compatibilizando los planes de manejo de residuos sólidos de sus distritos y centros poblados menores, con las políticas de desarrollo local y regional y con sus respectivos Planes de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano; Que, sin embargo, la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos aprobado por el Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM establece la obligación de una adecuada disposición fi nal de residuos cualquiera sea su origen así como la importación de residuos sólidos, por lo que esta obligación se hace extensiva a los residuos sólidos de la construcción y demolición resultantes de las actividades de construcción, rehabilitación, restauración, remodelación y demolición de edifi caciones e infraestructura; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, y conforme al cardenal 2, numeral 2.1. del artículo 73º, tienen, dentro del marco de las competencias y funciones específi cas la que sumen con carácter compartido el saneamiento ambiental, salubridad y salud, que conlleven al saneamiento ambiental, así como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares públicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinación y en forma compartida con las Municipalidades Distritales y los Órganos Regionales, conforme lo establece la última parte del inciso d) del artículo antes citado; Que, los numerales 1.1. y 1.2 del cardenal 1, del artículo 80º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece como funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, regular y controlar el proceso de disposición fi nal de desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito provincial; así como, regular y controlar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2013- EF publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 10 de enero del 2013, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de Metas y la asignación de los Recursos del Plan de incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2013, donde la municipalidad Provincial del Callao deberá cumplir metas respecto a la mejora de la gestión de residuos sólidos de la construcción y demolición y el propósito de establecer una adecuada gestión de los RCD de obras menores a nivel municipal; Que, con las opiniones favorables del Equipo técnico de Trabajo responsable del cumplimiento de la meta referentes a residuos de la construcción y demolición, de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación y de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo Segundo.- DISPONER que se remita la publicación del presente Decreto de alcaldía así como el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Provincial del Callao a la Ofi cina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General de Protección del Medio Ambiente la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la municipalidad Provincial del Callao. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto de Alcaldía a las Unidades Orgánicas pertinentes de la Municipalidad Provincial del Callao a fi n que brinden las facilidades del caso a la Gerencia General de Protección del Medio Ambiente respecto a la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo Sexto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 1030057-1