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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (06/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de febrero de 2013 487589 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban modificación del Cuadro de Infracciones y Sanciones aprobado por la Ordenanza N° 119-MDSL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2013-MDSL San Luis, 1 de febrero de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Informe Nº 008-2013-GM-MDSL de la fecha de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 038-2013-GAL-MDSL de la Gerencia de Asesoría Legal e Informe Nº 029-2013- SGFT-GR/MDSL de la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, referido al proyecto de modifi cación del Cuadro de Infracciones y Sanciones – CIS aprobado por la Ordenanza Nº 119-MDSL, modifi cado por el Decreto de Alcaldía Nº 024-2011-MDSL y Decreto de Alcaldía Nº 015- 2012-MDSL; y, CONSIDERANDO Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y su modifi catoria Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad a lo establecido en los artículos 46º,47º, 48º y 49 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en concordancia con las disposiciones contenidas en el Título IV del Capítulo II de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, se reconoce la potestad sancionadora de los gobiernos locales; La Ley Orgánica de Municipalidades establece en su artículo 20º las atribuciones del Alcalde, entre las cuales señala en su numeral 6) Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Que, mediante Ordenanza Nº 119-MDSL y sus modifi catorias, se aprobó el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones – RAS y el Cuadro de Infracciones y Sanciones – CIS de la Municipalidad Distrital de San Luis, norma que en su Sexta Disposición Final y Transitoria faculta al Alcalde para que mediante Decreto pueda emitir las modifi caciones o incorporaciones necesarias al Cuadro de Infracciones y Sanciones - CIS, introduciendo las especifi caciones o graduaciones que contribuyan a la más correcta identifi cación de las conductas o a la más precisa determinación de las sanciones correspondientes; Que, la Gerencia Municipal a través del informe del visto, señala que de acuerdo al Informe Nº 029- 2013- MDSL-GR/SGFT de fecha 01FEB2013 de la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, se requiere que se aprueben la modifi caciones al Cuadro de Infracciones y Sanciones – CIS; Que, la Gerencia de Asesoría Legal con Informe Nº 038-2013-GALMDSL, luego del análisis correspondiente, concluye opinando favorablemente respecto a la propuesta de modifi cación; Estando a lo expuesto, de conformidad a los artículos 20º inciso 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en concordancia con la Ley Nº 27444 y la Ordenanza Nº 119-MDSL y su modifi catoria, y contando con el visto bueno de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación del Cuadro de Infracciones y Sanciones aprobado por la Ordenanza Nº 119-MDSL, unicamente en las infracciones que a continuación se detallan: CÓDIGO INFRACCIÓN OBSERVACIÓN % UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA ORDENANZA Nº 119-MDSL. 010-052 Por exhibir en venta vehículos, maquinarias, autopartes y/o similares en la vía pública (conductor del establecimiento y/o propietario del vehículo) MULTA 50% Clausura Temporal por 5 días Retiro/Retención 010-054 Por permitir y/o fomentar el comercio ambulatorio (con- ductor del establecimiento) MULTA 25% Clausura Temporal por 3 días Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcadía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria y Sub Gerencia de Ejecución Coactiva y demás áreas de acueredo a su competencia y bajo responsabilidad administrativa. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General disponer la publicación en el Diario Oficial “El Peruano” del presente Decreto de Alcaldía, y a la Sub Gerencia de informática y Estadística su difusión en la página Web de la Municipal y en el Portal del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde 897763-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Convocan a la realización de Matrimonio Civil Comunitario DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2013/MVMT Villa María del Triunfo, 1 de febrero del 2013. LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTOS: el Informe N° 002-2013-SGRCC-GSC y GA/MVMT, de la Sub Gerencia de Registros Civiles y Cementerio, el Memorándum N° 009-2013-GSCyGA/ MVMT, de la Gerencia de Servicios a la Ciudadanía y Gestión Ambiental, respecto a la programación de matrimonios civiles comunitarios durante el año 2013, el Informe Legal N° 032-2013-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en tal virtud, están facultados para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y planifi car el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos; Que, la autonomía consagrada en la Constitución Política del Perú radica en la faculta de ejercer actos de gobierno, administrativo, de administración y normativos con sujeción al ordenamiento jurídico; es decir que siendo un nivel de gobierno sub nacional, está