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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (06/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de febrero de 2013 487579 Autorizan cierre de Oficina Registral Auxiliar del Centro de Salud Gustavo Lanatta Luján Chorrillos I RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 022-2013/JNAC/RENIEC Lima, 4 de febrero de 2013 VISTOS: El Informe N° 000006-2012/MMC/ORSJM/ JR10LIM/GOR/RENIEC (11SET2012), emitido por la Ofi cina Registral de San Juan de Mirafl ores, los Informes N° 000054-2012/GOR/JR10LIM/RENIEC y N° 000058-2012/GOR/JR10LIM/RENIEC (09OCT2012 y 23OCT2012, respectivamente), emitidos por la Jefatura Regional 10 – Lima, la Hoja de Elevación N° 000141-2012/ GOR/RENIEC (24OCT2012), emitida por la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe N° 000065-2013/ GAJ/RENIEC (09ENE2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las ofi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modifi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los Artículos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, señalan que cada ofi cina registral estará dotada de los mecanismos sufi cientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación, supresión de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista ofi cina registral; Que mediante Resolución Jefatural N° 1046-2010/ JNAC/RENIEC, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 11 de diciembre de 2010, se dispuso autorizar la inscripción de nacimientos y defunciones en las Ofi cinas Registrales Auxiliares que funcionan en el Hospital Nacional Docente Madre – Niño San Bartolomé, Centro Materno Infantil San José, Hospital de Apoyo Departamental María Auxiliadora, Centro de Salud Gustavo Lanatta Luján Chorrillos I, Centro Materno Infantil Chorrillos II y Centro Materno Infantil Daniel Alcides Carrión; Que mediante el documento de vistos, la Ofi cina Registral de San Juan de Mirafl ores señala que el Centro de Salud Gustavo Lanatta Luján Chorrillos I solicitó la devolución del ambiente asignado para las inscripciones de los nacimientos y defunciones ocurridos en el mismo, así como para la tramitación gratuita del DNI a los recién nacidos, por lo que se procedió a hacer efectiva dicha devolución con fecha 10 de setiembre de 2012; Que asimismo, la Jefatura Regional 10 - Lima mediante los documentos de vistos, solicita el cierre de la Ofi cina Registral Auxiliar del Centro de Salud Gustavo Lanatta Luján Chorrillos I, debido a que la misma no tuvo la acogida esperada teniendo como consecuencia la baja producción de inscripciones; hecho que no resulta benefi cioso ni técnica ni operativamente para la continuidad del servicio; Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante documento de vistos, emite opinión favorable con relación al cierre de la indicada Ofi cina Registral Auxiliar; Que conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; en tal sentido, resulta legalmente viable autorizar el cierre de la Ofi cina Registral Auxiliar del Centro de Salud Gustavo Lanatta Luján Chorrillos I, en los términos recomendados por los órganos competentes; Que se hace necesario difundir la presente Resolución Jefatural, a través de la correspondiente publicación, para conocimiento de la ciudadanía; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; el inciso g) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 245-2012/JNAC/RENIEC (03OCT2012); el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, con efi cacia anticipada al 10 de setiembre de 2012, el cierre de la Ofi cina Registral Auxiliar del Centro de Salud Gustavo Lanatta Luján Chorrillos I. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Jefatural N° 1046-2010/ JNAC/RENIEC, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 11 de diciembre de 2010, en lo referido a la autorización de apertura de la Ofi cina Registral Auxiliar del Centro de Salud Gustavo Lanatta Luján Chorrillos I, debiendo mantenerse vigentes las demás disposiciones contenidas en la misma. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente resolución jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 897773-3 MINISTERIO PUBLICO Dejan sin efecto y dan por concluidos designaciones y nombramientos, aceptan renuncias, nombran y designan fiscales en diversos Distritos Judiciales RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 347-2013-MP-FN Lima, 5 de febrero del 2013 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR al doctor ENRIQUE HUGO MULLER SOLON, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Huánuco, designándolo en el Despacho de la Cuarta Fiscalía Superior Penal de Huánuco. Artículo Segundo.- NOMBRAR al doctor JUAN MANUEL RODRIGUEZ MALQUI, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lambayeque, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Chiclayo. Artículo Tercero.- NOMBRAR a la doctora ROCIO DEL PILAR MURRIEL CABEZUDO, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ancash, designándola en el Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales