Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2013 (06/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES
TASA: TASA: Indice porcentual Monto en relacion a una (1) Unidad expresado en nuevos Impositiva soles Tributaria (UIT) 25% UIT 1 UIT 25% UIT por cada pedido 10% UIT S/. 925,00 S/. 3 700,00 S/. 925,00

487573

Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 898329-5

ITEM

DESCRIPCION

02.44 02.45 02.46

Pedido de nulidad de elecciones realizadas en cualquier distrito electoral o provincia Pedido de nulidad total de elecciones Pedido de nulidad de la votacion realizadas en las mesas de sufragio Recurso de apelacion contra la tacha resuelta por el MORDAZA Electoral Especial Reclamacion sobre constitucion y funcionamiento de los Jurados Electorales Especiales Recurso de apelacion contra lo resuelto por los Jurados Electorales Especiales sobre la tacha a funcionarios de las Oficinas Descentralizadas de Procesos y coordinadores de local de votacion Nulidad del referendum, revocatoria de autoridades u otros tipos de consulta popular Recurso de impugnacion contra la resolucion que resuelve el pedido de nulidad de referendum, revocatoria de autoridades u otros tipos de consulta popular Inscripcion y adecuacion inscripcion de encuestadoras de

02.48

S/. 370,00

06.59

5% UIT

S/. 185,00

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan la apertura de diversas Oficinas Registrales Auxiliares en los departamentos de Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Amazonas
RESOLUCION JEFATURAL N° 0020-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 4 de febrero de 2013

06.61

11% UIT

S/. 407,00

07.70

50% UIT

S/. 1 850,00

07.71

11% UIT

S/. 407,00

10.87 10.88

10% UIT 10% UIT

S/. 370,00 S/. 370,00

Renovacion de inscripcion de encuestadoras como persona natural Renovacion de inscripcion de encuestadoras como persona juridica Recurso de apelacion contra sancion a encuestadora impuesta por el MORDAZA Electoral Especial Acreditacion ante el JNE de observadores de procesos electorales

10.89

10% UIT

S/. 370,00

10.90

10% UIT

S/. 370,00

10.91

5% UIT

S/. 185,00

VISTOS: El Informe N° 000001-2013/GOR/JR14HVCA/ RENIEC (02ENE2013), emitido por la Jefatura Regional 14 - Huancavelica, los Informes N° 000006-2013/GOR/ RENIEC y N° 000008-2013/GOR/RENIEC (04ENE2013 y 08ENE2013, respectivamente), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando N° 0020332012/GPP/RENIEC (04DIC2012), emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, los Informes N° 0026932012/GPP/SGP/RENIEC y N° 000219-2012/GPP/SGPL/ RENIEC (04DIC2012), emitidos por la Sub Gerencia de Presupuesto y Sub Gerencia de Planificacion de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, respectivamente, y el Informe N° 000161-2013/GAJ/RENIEC (29ENE2013), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO:

Impugnacion contra las 12.100 resoluciones del MORDAZA Electoral Especial 12.101 Impugnacion a las resoluciones de la ONPE y el RENIEC, solo en asuntos electorales de referendum u otro MORDAZA de consulta popular Impugnacion contra lo resuelto por los Jurados Electorales Especiales sobre actas observadas remitidas por la ODPE

9,5% UIT

S/. 351,50

9,5% UIT

S/. 351,50

12.101A

1,4706% UIT por cada Acta Observada

S/. 54,40

Recurso Extraordinario de Revision de Resoluciones 12.104 expedidas por el Pleno del JNE por supuesta afectacion formal de alguna garantia procesal

75% UIT

S/. 2 775,00

Articulo Segundo.- DISPONER que la Direccion Central de Gestion Institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones ejecute las acciones necesarias para que el Banco de la Nacion actualice las tasas de justicia electoral que se establecen en la presente resolucion. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones.

Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el articulo 11° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los articulos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, senalan que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion o localidades donde no exista oficina registral; Que con fecha 05 de junio de 2012, el Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion General de Presupuesto Publico y el RENIEC suscribieron el Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa "Acceso de la Poblacion a la Identidad", el mismo que tiene como

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