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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de febrero de 2013 487577 – Tarapoto de la Gerencia de Operaciones Registrales, la Hoja de Elevación N° 000009-2013/GOR/RENIEC (03ENE2013) y el Informe N° 000008-2013/GOR/ RENIEC (08ENE2013), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando N° 002033- 2012/GPP/RENIEC (04DIC2012), emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, los Informes N° 002693- 2012/GPP/SGP/RENIEC y N° 000219-2012/GPP/SGPL/ RENIEC (04DIC2012), emitidos por la Sub Gerencia de Presupuesto y Sub Gerencia de Planifi cación de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, respectivamente, y el Informe N° 000107-2013/GAJ/RENIEC (17ENE2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las ofi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modifi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los Artículos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, señalan que cada ofi cina registral estará dotada de los mecanismos sufi cientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista ofi cina registral; Que con fecha 05 de junio de 2012, el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de Presupuesto Público y el RENIEC suscribieron el Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa “Acceso de la Población a la Identidad”, el mismo que tiene como objetivo incrementar la proporción de niños y niñas recién nacidos con DNI cuya obtención se realice en un plazo de hasta los 30 días de nacido, en los 120 distritos priorizados de los departamentos de Amazonas, Cajamarca, Huánuco, Ayacucho, Apurímac y Huancavelica; Que mediante documentos de vistos, la Gerencia de Operaciones Registrales señala que los 120 distritos priorizados por el Programa “Acceso de la Población a la Identidad” se encuentran en lugares lejanos, en donde el RENIEC no tiene presencia, por ello resulta necesario la implementación de 34 Ofi cinas Registrales Auxiliares – ORA, ubicadas en centros hospitalarios con un mayor nivel de atención en localidades ubicadas cerca o dentro de los distritos correspondientes a los 6 departamentos priorizados, situación que permitirá el cumplimiento del objetivo principal del Convenio; Que la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto a través de los documentos de vistos, señala que los recursos presupuestarios necesarios para la implementación de las Ofi cinas Registrales Auxiliares, son factibles de ser fi nanciados con cargo a los recursos autorizados por el Ministerio de Economía y Finanzas por la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias para las acciones del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa “Acceso de la Población a la Identidad” suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el RENIEC; Que el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Ofi cio N° 588-2012-EF/50.06 (28DIC2012), da cuenta del Informe de verifi cación del cumplimiento del Convenio de Apoyo Presupuestario al “Programa de Acceso de la Población a la Identidad”, señalando que el RENIEC ha cumplido con la totalidad de los criterios establecidos para el Nivel 0 del Convenio; Que mediante el documento de vistos, la Jefatura Regional 3 – Tarapoto solicita la apertura del Ofi cina Registral Auxiliar del RENIEC en las instalaciones del Hospital Regional Virgen de Fátima; contando con el personal, el local y el mobiliario para dar inicio al registro de hechos vitales y trámites de DNI de menores en los referidos nosocomios; Que en tal sentido, corresponde autorizar la apertura de la Ofi cina Registral Auxiliar del RENIEC en las instalaciones del Hospital Regional Virgen de Fátima, en los términos recomendados por los órganos competentes; Que se hace necesario difundir la presente Resolución Jefatural, a través de la correspondiente publicación, para conocimiento de la ciudadanía; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; el inciso g) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 245-2012/JNAC/RENIEC (03OCT2012) y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la apertura de la Ofi cina Registral Auxiliar en el Hospital Regional Virgen de Fátima, el cual se encuentra ubicado en el Pasaje Daniel Alcides Carrión N° 035, distrito de Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, a cargo de la Jefatura Regional 3 – Tarapoto de la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 897773-7 Amplían plazo de vigencia de beneficios otorgados por la R.J. N° 611-2011- JNAC/RENIEC sobre la Campaña de tramitación y expedición gratuita del Documento Nacional de Identidad RESOLUCIÓN JEFATURAL N°021-2013/JNAC/RENIEC Lima, 4 de febrero de 2013 VISTOS: El Informe N° 000044-2012/GRIAS/RENIEC (19DIC2012) y la Hoja de Elevación N° 000150-2012/ GRIAS/RENIEC (19DIC2012) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Memorando Nº 002273- 2012/GPP/RENIEC (26DIC2012) y el Memorando N° 000166-2013/GPP/RENIEC (25ENE2013) emitidos por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe Nº 002894-2012/GPP/SGP/RENIEC (26DIC2012) y el Informe N° 000107-2013/GPP/SGP/RENIEC (25ENE2013) emitidos por la Sub Gerencia de Presupuesto, de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Memorando N° 000001-2013/GI/RENIEC (02ENE2013) emitido por la Gerencia de Informática y el Informe N° 000155-2013/ GAJ/RENIEC (28ENE2013) emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de manera exclusiva y excluyente, de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifi can la capacidad y estado civil; Que conforme a lo dispuesto en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, corresponde al RENIEC emitir los documentos que acrediten la identidad de las personas, habiendo implementado con tal propósito una política social de acercamiento a la ciudadanía orientada a atender las necesidades de documentación de la población menos favorecida y en situación de vulnerabilidad; Que el inciso c) del artículo 98° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, señala que son gratuitos: “Los demás servicios que determine la Jefatura Nacional del Registro”;