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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (14/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de febrero de 2013 488009 la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinación con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497- Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; Que, mediante la Guía de Procedimientos GP-348- GPRC/SGIRC/005, Delegación de Funciones Registrales e Incorporación al Sistema Registral de Ofi cinas de Registros del Estado Civil de Centros Poblados y Municipalidades de Centros Poblados y Ofi cinas Auxiliares de Municipalidades, aprobada por Resolución Secretarial Nº 093-2012-SGEN/RENIEC, se han regulado los procedimientos registrales relativos a Centros Poblados, Municipalidades de Centros Poblados o Municipalidades Distritales o Provinciales cuyas OREC u Ofi cinas Auxiliares han sido incorporadas al Sistema Registral; Que, la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Rosa de Llacua, Distrito de Anco, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica, se encuentra incorporada al Sistema Registral por Resolución Jefatural Nº 719-2009-JNAC/RENIEC de fecha 02 de Noviembre de 2009; Que, conforme a los informes de vistos, el Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Rosa de Llacua, ha comunicado la creación del Distrito de Cosme y que su Centro Poblado forma parte del nuevo Distrito, anexando los documentos correspondientes; habiendo sido califi cado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde modifi car la Resolución Jefatural Nº 719-2009-JNAC/RENIEC de fecha 02 de Noviembre de 2009 en lo que respecta a la ubicación geográfi ca del Centro Poblado de Santa Rosa de LLacua, ahora comprendido en el Distrito de Cosme, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Decreto Supremo Nº 015- 98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 245-2012/JNAC/RENIEC (03OCT2012) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car la Resolución Jefatural Nº 719- 2009-JNAC/RENIEC de fecha 02 de Noviembre de 2009 en lo que respecta a la ubicación geográfi ca del Centro Poblado de Santa Rosa de Llacua, ahora comprendido en el Distrito de Cosme, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica. Artículo 2º.- Mantener la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44º de la Ley Nº 26497; y conferidas a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Rosa de Llacua, a través de la Resolución Jefatural Nº 719-2009-JNAC/RENIEC de fecha 02 de Noviembre de 2009. Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Gerencia de Operaciones Registrales, Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, Sub Gerencia de Procesamiento de Identifi cación de la Gerencia de Registros de Identifi cación y Sub Gerencia de Gestión Técnico Normativa de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles adoptará las acciones que correspondan de acuerdo a su competencia Regístrese, publíquese y cúmplase.- JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 900948-4 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Modifican el Reglamento de Organización y Funciones, y la Estructura Orgánica de la Municipalidad ORDENANZA Nº 381-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en Sesión Ordinaria de fecha 06.02.2013, el Informe Nº 03-2013- SGR-GPP-MDC de fecha 29.01.2013, emitido por la Sub Gerencia de Racionalización; el Informe Nº 090-2013- GAJ-MDC de fecha 01.02.2013, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y; CONSIDERANDO: Que, los Artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Estado, modifi cados por la Ley Nº 28607 (Ley de Reforma Constitucional), señala que los Órganos de Gobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico imperante; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, en su artículo 1º numeral 1.1), declara al estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado Democrático Descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, es el marco normativo aplicable para la elaboración y modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones, el mismo que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del ROF; Que, el Informe Nº 03-2013-SGR-GPP-MDC, emitido por la Sub Gerencia de Racionalización establece que para alcanzar el objetivo estratégico de hacer de Comas un mejor lugar para vivir, es que se está incorporando a la Secretaría General, la Sub Gerencia de Estado Civil, en la Estructura Orgánica y en el Organigrama, realizando los cambios y asignándoles las funciones respectivas. Asimismo en la Gerencia de Rentas se está adecuando la terminología correspondiente en los artículos: 84º (g), 89º (r, s, t, v, w, y), con los nuevos entes administrativos que no estuvieron contemplados a la fecha de emisión de la Ordenanza Nº 275-C/MC; Que, mediante el Informe Nº 090-2013-GAJ-MDC, la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina porque mediante