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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (15/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de febrero de 2013 488036 República, Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia de Administración Distrital, Magistrados y funcionarios integrantes de la Comisión para los fi nes integrantes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 901544-2 Designan integrantes de la Comisión de Coordinación con el Colegio de Abogados de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 171-2013-P-CSJLI/PJ Lima, 14 de febrero de 2013. VISTO: La Resolución Administrativa Nº 197-2012-P-CSJLI- PJ de fecha 27 de marzo de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa de vista, se designó a los señores Jueces Superiores integrantes de la Comisión de Coordinación con el Colegio de Abogados de Lima. Que, en las reuniones de trabajo y coordinación sostenidas con representantes del Colegio de Abogados de Lima, se advirtió la necesidad de articular actividades conjuntas que permitan el planteamiento de propuestas de solución a los problemas, difi cultades, o defi ciencias en la prestación de los servicios judiciales en la Corte Superior de Justicia, así como en su momento la ejecución de acuerdos consensuados tendientes a la constante mejora de la prestación del servicio de justicia que se debe al ciudadano. Que, la apreciación de los servicios de justicia por parte de agentes de la sociedad civil organizada, permitirá obtener un óptica adicional y diferente de la problemática que toda institución pública afronta; por lo que las propuestas de solución que de ella se obtengan, resultan útiles en la gestión administrativa en pos de la constante mejora a la que toda institución debe propender para garantizar su legitimidad y reconocimiento por parte de la colectividad. Que, en tal sentido corresponderá buscar la participación de Jueces de diferente especialidad y reconocida solvencia, para que mediante el trabajo conjunto y coordinado con el despacho de la Presidencia de nuestra Corte Superior, y el Colegio de Abogados de Lima, puedan recoger del gremio profesional, su visión de la problemática en la prestación de los servicios de justicia de la Corte Superior; así como las consecuentes propuestas de solución que luego de su evaluación y factibilidad, podrían ser ejecutadas dentro del marco atributivo de este despacho; y/o en su caso, encaminadas ante las instancias respectivas de nuestro Poder Judicial, por lo que cabe designar a los señores Jueces Superiores integrantes de la citada Comisión para el presente año judicial. Que, es del caso recordar que mediante Resolución Administrativa Nº 120-2001-P-CSJLI-PJ dictada en abril del 2001; y, la Resolución Administrativa Nº 249-2005- P-CSJLI-PJ, de junio del 2005 respectivamente; se conformaron en su momento y oportunidad, comisiones de magistrados encargados de desplegar labores similares a las que actualmente se encomienda. Por los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Art. 90 de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a los señores Jueces Superiores Titulares, como integrantes de la Comisión de Coordinación con el Colegio de Abogados de Lima. GUSTAVO ANTONIO ODRÍA ODRÍA Presidente CESAR AUGUSTO SOLIS MACEDO Integrante ROLANDO ALFONZO MARTEL CHANG Integrante Artículo Segundo.- ESTABLECER como fi nalidad de la comisión conformada, la identifi cación, a través de reuniones con representantes del Colegio de Abogados de Lima, de problemas, difi cultades o defi ciencias en la prestación de los servicios judiciales en la Corte Superior de Justicia de Lima; y, las consecuentes propuestas de solución a tal problemática. Asimismo, y en su momento, supervisar la ejecución de tales acuerdos consensuados, tendientes a la mejora de la prestación del servicio de justicia en nuestro distrito judicial. Artículo Tercero.- Los citados Magistrados elevarán a la Presidencia un informe trimestral respecto a las reuniones sostenidas y los resultados de las gestiones entre ambas instituciones para su evaluación y ejecución en lo que compete a la Corte Superior de Justicia de Lima; y/o su remisión a las instancias pertinentes de la estructura orgánica del Poder Judicial. Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 901544-3 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Circular sobre límites de inversión generales para los fondos administrados por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones CIRCULAR N° 008-2013-BCRP Límites de inversión generales para los fondos administrados por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones CONSIDERANDO: Que el Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25°-D del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones aprobado por Decreto Supremo No. 054-97-EF y sus modifi catorias, ha aprobado elevar el límite de inversión que realicen los fondos de pensiones administrados por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en instrumentos emitidos por Gobiernos, entidades fi nancieras y no fi nancieras cuya actividad económica mayoritariamente se realice en el exterior. SE RESUELVE: Establecer los siguientes porcentajes operativos máximos para los límites de inversión generales y el sublímite de instrumentos emitidos o garantizados por el Estado Peruano (en porcentaje del valor del Fondo): I. Límites de Inversión Generales a. Instrumentos emitidos o garantizados por el Estado Peruano 30% b. Instrumentos emitidos o garantizados por el Banco Central de Reserva del Perú 30%