TEXTO PAGINA: 27
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de febrero de 2013 488081 19.3 Verifi cación del cumplimiento de los requisitos por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto. En caso de haber observaciones deberá ser devuelto al promotor para la subsanación respectiva, comunicándose de esta acción al Secretario Técnico. (…) 19.5 Una vez verifi cado el cumplimiento de los requisitos, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remitirá al Secretario Técnico, las actividades y/o proyectos respectivos para su inclusión en la Agenda, previa aprobación del Presidente de la Comisión. (…) 19.8 Previa a la gestión de transferencia de recursos para la ejecución del proyecto, en caso corresponda, éste deberá contar con la declaratoria de viabilidad otorgada por la Ofi cina de Programación e Inversiones correspondiente, conforme al marco normativo establecido por el Sistema Nacional de Inversión Pública. (…)” “Artículo 21.- Dictamen Final Los Órganos de Línea y de Asesoramiento del Ministerio de la Producción o sus Organismos Públicos adscritos en coordinación con la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, deberán efectuar las correcciones que se hayan acordado en el formato aprobado del resumen ejecutivo, debiendo dar lectura al mismo antes de proceder a la votación fi nal de la actividad y/o proyecto. En este documento se registrarán los votos emitidos en la respectiva sesión de la Comisión Especial, conforme a lo establecido en el Artículo 16 del presente Reglamento.” “Anexo Nº 3 (…) Apéndice del Anexo Nº 3 REGISTRO DE DATOS EN EL BANCO DE LAS ACTIVIDADES Y/O PROYECTOS ACEPTADOS POR LA COMISIÓN ESPECIAL a. Primer Nivel (…) iii. El Instituto Tecnológico de la Producción – ITP iv. Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo - DGCHD v. Otras Entidades “ (…)” Artículo 3.- Designación de miembros suplentes En el plazo de tres (3) días hábiles computados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma, los integrantes de la Comisión Especial designados por la presente Resolución Ministerial comunicarán a la Secretaría Técnica, la designación de sus respectivos suplentes. Artículo 4.- Propuesta de modifi cación del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Otorgar a la Comisión Especial, el plazo de sesenta (60) días calendarios computados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma para alcanzar al Despacho Ministerial, su propuesta de modifi cación del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión aprobado por Resolución Ministerial Nº 831-2008-PRODUCE; que coadyuve a la optimización de sus procesos. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 902066-1 RELACIONES EXTERIORES Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica de Grecia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 051-2013-RE Lima, 15 de febrero de 2013 De conformidad con el inciso 12) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica de Grecia al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Eduardo Román Morey. Artículo 2°.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3°.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4°.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5°.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 902067-9 Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Marruecos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 052-2013-RE Lima, 15 de febrero de 2013 De conformidad con el inciso 12) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Marruecos al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Alfredo Velasco Mendiola. Artículo 2°.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3°.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4°.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5°.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 902067-10