TEXTO PAGINA: 3
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de febrero de 2013 488189 de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, encargado de dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2007-ED, establece que una de las funciones de la institución es promover la articulación de la investigación científi ca y tecnológica, y la producción del conocimiento con los diversos agentes económicos y sociales, para el mejoramiento de la calidad de vida y el impulso de la productividad y competitividad del país; así como implementar mecanismos de coordinación, intercambio y concertación entre las instituciones integrantes de Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología con el empresariado, universidades, embajadas y otras entidades del país y del exterior; Que, en el marco del Tratado de Libre Comercio entre Perú y China, se conformó la Comisión Intergubernamental Mixta establecida bajo el Convenio Básico sobre Cooperación Económica y Técnica de ambos países, la cual deberá recibir el informe de los trabajos técnicos de la Comisión de Libre Comercio del TLC Perú – China, cuya primera reunión se llevó a cabo en Lima los días 25 y 26 de julio de 2012; Que, mediante el documento del Visto, la Directora General de Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, Embajadora Marcela López Bravo, informa que la VI Reunión de la Comisión Intergubernamental Mixta se llevará a cabo en la ciudad de Beijing, República Popular China, los días 25 y 26 de febrero de 2013, en ocasión de la visita del señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú a dicho país; Que, la referida reunión abordará temas de especial interés bilateral en los campos de Comercio e Integración, Ciencia, Tecnología, Promoción de Turismo y Cooperación; por lo que se invita a la Presidente del CONCYTEC a formar parte de la delegación de Perú, en el mencionado evento; Que, en tal sentido, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la Presidente del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica-CONCYTEC a la República de China del 25 y 26 de febrero de 2013; Que, los gastos que irrogue la participación de la Presidente del CONCYTEC, en la VI Reunión de la Comisión Intergubernamental Mixta, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 28613 – Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC y el Decreto Supremo N° 067- 2012-PCM; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios púbicos y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señora María Gisella Orjeda Fernández, Presidente del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, a la ciudad de Beijing, República Popular China, del 23 al 27 de febrero de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (Inc. TUUA) : $US 3 303.00 Viáticos : $US 1 040.00 Impuestos de retorno : $US 70.00 Total $US 4 413.00 Artículo 3°.- El viaje autorizado, no dará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, la citada funcionaria deberá presentar al Titular del Sector un informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 902598-2 AGRICULTURA Rectifican error material en la fe de erratas de la R.M. Nº 0045-2012-AG RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0047-2013-AG Lima, 15 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0045-2012- AG de fecha 20 de febrero de 2012; cuya fe de erratas fue publicada en el Diario Ofi cial El Peruano del 02 de marzo de 2012; se delegó en el Director General de la Ofi cina de Administración, entre otras facultades, la de expedir los actos resolutivos que instauren y den por concluidos los procesos administrativos disciplinarios, así como la aplicación de sanciones recomendadas por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, asimismo, se ha advertido el error material incurrido al haberse consignado en la publicación de la fe de erratas de la citada Resolución Ministerial el inciso “c)”, correspondiéndole el inciso “b)”, siendo necesario proceder a su rectifi cación; Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el numeral 201.1 del artículo 201, señala que “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”; Que, en consecuencia es necesario efectuar la rectifi cación descrita; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 031- 2008-AG, el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Rectifi car, con efi cacia anticipada al 02 de marzo de 2012, el error material incurrido en la fe de erratas de la Resolución Ministerial N° 0045-2012-AG de fecha 20 de febrero de 2012, en la cual se indica el inciso c), correspondiendo el inciso b), debiendo decir: “ b) Expedir los actos resolutivos que instauren y den por concluidos los procesos administrativos disciplinarios, que correspondan a la Comisión Permanente, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM”.