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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (23/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de febrero de 2013 488448 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° PE-024/2013, de fecha 17 de enero de 2013, el Presidente de la Corporación Andina de Fomento (CAF) convoca al señor Luis Miguel Castilla Rubio, Ministro de Economía y Finanzas, para que participe en la CXLVII Reunión del Directorio que se realizará en la sede de la Institución, en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, el día 05 de marzo de 2013; Que, a través de la Carta N° SRE-071/2013, de fecha 22 de enero de 2013, el Secretario Corporativo de la Corporación Andina de Fomento (CAF) convoca al señor Luis Miguel Castilla Rubio, Ministro de Economía y Finanzas, para que participe en la XXI Reunión del Comité de Auditoría de CAF, que se realizará en la sede de la Institución, en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, el día 04 de marzo de 2013; Que, en tal sentido y por ser de interés para el país, resulta necesario autorizar dicho viaje en misión ofi cial, el mismo que no irrogará gastos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en misión ofi cial, del señor Luis Miguel Castilla Rubio, Ministro de Economía y Finanzas, a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, los días 04 y 05 de marzo de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán asumidos por la Corporación Andina de Fomento - CAF no irrogando gastos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Economía y Finanzas al señor René Helbert Cornejo Díaz, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a partir del 04 de marzo de 2013 y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 4°.- La presente norma, no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 904551-10 Designan Asesor del Despacho Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, en asuntos de Gestión del Riesgo de Desastres RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 049-2013-PCM Lima, 21 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 9° de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros es el ente rector del acotado Sistema; Que, el numeral 4.2 del artículo 4° del Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros establecerá una organización que facilite los procesos de coordinación y articulación de las entidades integrantes del Sistema; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, el Presidente del Consejo de Ministros podrá contar con asesores designados mediante Resolución Ministerial; Que, en consecuencia, es necesario designar a la persona que se desempeñará como Asesor del Despacho Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros en asuntos de Gestión del Riesgo de Desastres; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al señor Daniel Belizario Urresti Elera como Asesor del Despacho Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, en asuntos de Gestión del Riesgo de Desastres. Artículo 2°.- Encomendar al señor Daniel Belizario Urresti Elera, en tanto asesor del Despacho Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), las siguientes funciones: 2.1 Supervisar el adecuado funcionamiento del SINAGERD; 2.2 Desarrollar, coordinar y facilitar la formulación y ejecución del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, junto con los programas y estrategias necesarias para cada proceso, así como supervisar su adecuada implementación, sobre la base de las competencias y responsabilidades que le establecen la ley y los reglamentos respectivos; 2.3 Desarrollar acciones y establecer mecanismos específi cos y permanentes de coordinación que aseguren una adecuada articulación de las funciones del Cenepred y del Indeci; 2.4 Organizar, administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres, generado por los organismos públicos técnico-científi cos relacionados con la Gestión del Riesgo de Desastres, coordinando, para tal fi n, con los órganos y entidades públicas que corresponda; 2.5 Supervisar el cumplimiento de las políticas e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; 2.6 Supervisar la efectiva operatividad de todos los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres; y, 2.7 Coordinar, supervisar y monitorear cualquier otra función asignada por la ley y su reglamento a la Presidencia del Consejo de Ministros y otros aspectos relacionados con el funcionamiento del SINAGERD. Artículo 3°.- El señor Daniel Belizario Urresti Elera deberá informar periódicamente al Presidente del Consejo de Ministros acerca del desarrollo de las funciones encomendada. Artículo 4°.- El señor Daniel Belizario Urresti Elera asume la exclusiva responsabilidad por el ejercicio de las funciones encomendadas y que se consignan en el artículo 2° de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 904306-1