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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (23/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de febrero de 2013 488458 se procedió a modifi car, mediante Resolución Ministerial Nº 033-2008-MEM-DM, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN; Que, el numeral 38.2 del artículo 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que las entidades están obligadas a publicar el íntegro de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) cada (2) dos años bajo responsabilidad de su Titular; sin embargo, podrán hacerlo antes, cuando consideren que las modifi caciones producidas en el mismo lo ameriten; Que, de conformidad con el Principio de Simplicidad, recogido en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria. En esa medida, los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fi nes que se persigue cumplir; Que, corresponde precisar que el marco normativo que regula los procedimientos administrativos a cargo del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN ha variado, lo cual implica la actualización, modifi cación, eliminación y creación de nuevos procedimientos, por lo que resulta pertinente aprobar un nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del citado organismo; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 38.1 del artículo 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en concordancia con el artículo 15 del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba los lineamientos para elaboración del TUPA, los Organismos Públicos Descentralizados deberán aprobar su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) mediante Decreto Supremo, refrendado por el titular del Sector; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo; el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba los lineamientos para elaboración del TUPA; el Decreto Supremo Nº 062- 2009-PCM, que aprueba el formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); DECRETA: Artículo 1.- Apruébense los procedimientos, requisitos y costos administrativos que se encuentran regulados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, a que se refi ere el artículo siguiente. Artículo 2.- Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN, de acuerdo a los términos contenidos en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Apruébense los formularios establecidos para los procedimientos administrativos que como Anexo II forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 4.- El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN, incluido los Anexos I y II, serán publicados en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del IPEN (www.ipen.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5.- Deróguese el Decreto Supremo Nº 020- 2005-EM y sus modifi catorias, así como cualquier otra disposición que se oponga al presente Decreto Supremo. Artículo 6.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de febrero del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 904551-7 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viajes a la República Popular China y Singapur de funcionarios diplomáticos, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0166/RE Lima, 18 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la política exterior de la República del Perú promover los intereses del país, a través del fortalecimiento de las relaciones bilaterales que sirvan como marco para el incremento y el desarrollo de la cooperación en materia económica y técnica; Que, se llevará a cabo en la ciudad de Beijing, República Popular China, del 25 al 26 de febrero de 2013, la VI Reunión de la Comisión Mixta establecida bajo el Convenio Básico de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China, suscrito el 02 de noviembre de 1988; Que, en virtud de lo dispuesto por el artículo VI del mencionado Convenio Básico y el artículo 169° del Tratado de Libre Comercio suscrito entre la República del Perú y la República Popular China, la citada Comisión Mixta es establecida a nivel de directores de los Ministerios competentes y se compone, por el Perú, por el funcionario de alto nivel del Ministerio de Relaciones Exteriores, o la persona designada por éste, respectivamente; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 830, del Despacho Viceministerial, de 13 de febrero de 2013; los Memoranda (DAE) Nº DAE0164/2013 y Nº DAE0194/2013, de la Dirección General para Asuntos Económicos, del 08 de febrero y del 18 de febrero de 2013, respectivamente; y (OPR) N° OPR0070/2013 y N° OPR0086/2013, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 14 de febrero y 18 de febrero de 2013, respectivamente, que otorgan certifi cación de crédito presupuestario para los presentes viajes; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, a la ciudad de Beijing, República Popular China, del 25 al 26 de febrero de 2013, para que participen en la VI Reunión de la Comisión Mixta establecida bajo el Convenio Básico de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China, de los siguientes funcionarios: - Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Doraliza Marcela López Bravo, Directora General para Asuntos Económicos; y, - Primer Secretario en el Servicio Diplomático del Perú Alberto Javier Hart Merino, funcionario de la Dirección General para Asuntos Económicos. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930: Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo presentar rendición de cuentas en un plazo no mayor de quince