Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2013 (23/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
En Nuevos Soles 5 003082 : Renovacion del MORDAZA automotor 55 641 370,00 ============ 55 641 370,00 ============

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de febrero de 2013

ACTIVIDAD

GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en el presente Credito Suplementario, aprueba, mediante resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que hace referencia el articulo 1° del presente decreto supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de febrero del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 904551-5

Autorizan Credito Suplementario a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO N° 036-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social como entidad competente para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales en materia de desarrollo e inclusion social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades

y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la politica social universal, regular, de competencia sectorial; Que, el literal c) del primer parrafo de la Quincuagesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social a incorporar en el presupuesto institucional del ano fiscal 2013, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, los recursos no ejecutados en el presupuesto institucional de dicho Ministerio correspondiente al ano fiscal 2012, destinados a la ejecucion del Convenio de Administracion de Recursos que celebre con un organismo internacional, para el Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma; Que, asimismo, el MORDAZA parrafo de la citada Disposicion, establece que la incorporacion de los recursos indicados en el considerando precedente se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, hasta el 28 de febrero de 2013, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico, quedando exceptuado para tal fin de lo dispuesto en el literal a) del numeral 7.1 del articulo 7° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y sus modificatorias, aprobado mediante Decreto Supremo N° 066-2009-EF; Que, el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, mediante el Oficio N° 151-2013-MIDIS/SG, propone el proyecto de MORDAZA que autoriza un credito suplementario hasta por la suma de S/. 234 186 123,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en el MORDAZA de lo establecido en la Quincuagesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951; Que, mediante los Informes Nºs. 007 y 0012-2013MIDIS-PNAEQW/UPP, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, indica que en el presupuesto institucional 2013 del citado Programa, no se han programado una serie de acciones que son prioritarias para el cumplimiento de los objetivos establecidos por el Programa, las cuales, segun lo indicado en el Informe N° 018-2013-MIDIS/SG/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, se financiaran con los recursos a incorporarse mediante la presente norma; Que, en virtud de los considerandos expuestos, resulta necesario autorizar la incorporacion de los citados recursos, hasta por la suma de S/. 234 186 123,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), via Credito Suplementario, a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados a la ejecucion del Convenio de Administracion de Recursos que celebre con un organismo internacional, para el Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma; De conformidad con lo dispuesto por la Quincuagesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, hasta por la suma de S/. 234 186 123,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES) con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para la ejecucion del Convenio de Administracion de Recursos que celebre con un organismo internacional, para el Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma, de acuerdo con el siguiente detalle:

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