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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de febrero de 2013 488631 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 063-2013-MINAM Lima, 22 de febrero de 2013 Visto, la Ficha de Solicitud de Autorización de Viaje y el Informe N° 043-2013-DGDB/DVMDERN/MINAM, ambos de 20 de febrero de 2013, del Director General de la Dirección General de Diversidad Biológica; el Memorándum N° 087-2013/VMDERN/MINAM de 20 de febrero de 2013, del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Memorando N° 363-2013- MINAM-SEG/OGA/PPTO de 21 de febrero de 2013, de la Ofi cina General de Administración; y, el Memorando N° 331-2013-OPP-SG/MINAM de 22 de febrero de 2013, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Notifi cación a las Partes N° 2012/062, recibido el 31 de enero de 2013, la Secretaría de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), comunica al Ministerio del Ambiente – MINAM, que se desarrollará la 16ª Reunión de la Conferencia de las Partes (CoP16) de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, del 03 al 14 de marzo de 2013; Que, la Reunión de la Conferencia de las Partes (CoP), es el órgano supremo de adopción de las decisiones de la Convención y está integrada por todos sus estados miembros. La mecánica de esta Reunión será trabajar en dos comités de manera paralela, siendo que el Comité I estará a cargo de los temas científi cos, y el Comité II estará a cargo de los temas estratégicos de interpretación y aplicación de la Convención; asimismo, dentro de cada uno de estos comités se establecerán grupos de trabajo para tratar los temas donde exista mayor interés y debate. En cada reunión ordinaria de la CoP, las partes presentan propuestas basadas en los criterios establecidos en la Res. Conf. 9.24 (Rev. CoP 15), para enmendar los Apéndices CITES, dichas propuestas de enmienda se examinan de manera paralela en grupos de trabajo y se someten a votación; Que, la Dirección General de Diversidad Biológica del MINAM tiene a su cargo funciones dirigidas a implementar y conducir las acciones relacionadas con la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), en el ámbito de competencia institucional, sin perjuicio de las acciones que correspondan a la respectiva autoridad administrativa; por lo que, la participación de un representante del MINAM en la citada Reunión resulta de especial interés institucional; Que, el artículo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, exceptuándose los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, en tal sentido, la asistencia y participación de un representante del Ministerio del Ambiente en la citada Reunión internacional se encuentra enmarcada en la excepción establecida por el artículo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 29951, en razón a que el viaje se efectuará en el marco de la 16ª Reunión de la Conferencia de las Partes (CoP16) de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), dado que mediante Decreto Supremo N° 001-2008-MINAM, de fecha 16 de julio de 2008, se designa al Ministerio del Ambiente como Autoridad Científi ca CITES y Punto Focal de la Convención CITES en el Perú, debiendo fortalecer y cumplir con la implementación de las funciones establecidas en el Reglamento para Implementación de la Convención CITES en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 030-2005-AG y modifi cado por Decreto Supremo N° 001-2008-MINAM;