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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (27/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de febrero de 2013 488635 Autorizan viaje de delegación que acompañará al Ministro de Defensa a Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 069-2013-DE Lima, 26 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Defensa viajará del 28 de febrero al 3 de marzo de 2013, a la ciudad de Ottawa, Canadá, con la fi nalidad de realizar una visita ofi cial a dicho país para fortalecer e impulsar las relaciones bilaterales y la cooperación en el ámbito de la Seguridad y Defensa, así como en la industria para la defensa; Que, la mencionada visita permitirá además, afi rmar nuestros lazos de amistad y cooperación con el objeto de implementar iniciativas concretas que busquen desarrollar la capacitación, investigación y desarrollo tecnológico e industrial en el Sector Defensa; Que, en atención a los intereses del Sector Defensa y a la importancia de las actividades a realizar, resulta necesario autorizar el viaje en Comisión de Servicio de la delegación que acompañará y asesorará al señor Ministro de Defensa en la mencionada visita ofi cial; Que, debido al itinerario del viaje, resulta necesario autorizar la salida del país del Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, con un (1) día de anticipación; así como, autorizar el retorno del Comandante General de la Marina y de la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, un (1) día posterior al término de la referida visita, sin que estos días adicionales irroguen mayor gasto al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al señor Embajador Mario Juvenal LÓPEZ CHÁVARRI, DNI Nº 07773194, Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, como parte de la delegación que acompañará y asesorará al señor Ministro de Defensa durante su Visita Ofi cial a la ciudad de Ottawa, Canadá, del 28 de febrero al 2 de marzo de 2013; así como, autorizar su salida del país el 27 de febrero de 2013. Artículo 2º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al señor Almirante Carlos Roberto TEJADA MERA, DNI Nº 43345036, Comandante General de la Marina y la señorita Abogada Paola Liliana LOBATÓN FUCHS, DNI N° 07759317, Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, como parte de la delegación que acompañará y asesorará al señor Ministro de Defensa durante su Visita Ofi cial a la ciudad de Ottawa, Canadá, del 28 de febrero al 2 de marzo de 2013; así como, autorizar su retorno al país el 3 de marzo de 2013. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: Lima – Ottawa (Canadá) – Lima: US $ 1,395.14 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ 1,395.14 US $ 1,872.26 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 3,744.52 Viáticos: US$ 220.00 x 3 personas x 3 días US$ 1,980.00 ------------------- TOTAL: US$ 7,119.66 Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni los nombres de los participantes. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 905567-2 Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 159-2013-DE/SG Lima, 25 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 073 del 28 de enero de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 291-2013-MINDEF/VPD/B/01.a del 14 de febrero de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 1 al 6 de marzo de 2013, a fi n de participar en diversas reuniones con funcionarios del Sector Defensa para tratar asuntos de interés común; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,