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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de febrero de 2013 488646 Que, uno de los temas centrales a tratar en la citada reunión, serán las políticas públicas y programas de apoyo a las MIPYME, lo que permitirá un intercambio de experiencias exitosas que eventualmente podrían replicar los Países Miembros, entre ellos el Perú; Que, en julio de 2013, el Perú asumirá la Presidencia Pro Témpore de la Comunidad Andina y por tanto de los órganos, Consejos y Comités, entre ellos el Comité Andino de Micro, Pequeña y Mediana Empresa (CAMIPYME) y el Plan de Acción CAMIPYME; Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, al enmarcarse dentro del supuesto de excepción antes detallado, y considerando el itinerario que obra en los antecedentes, resulta conveniente autorizar el viaje de la Viceministra de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 27 al 28 de febrero de 2013 y encargar el citado Despacho, en tanto dure su ausencia; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, de Administración, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva Nº 007-2009-PRODUCE - Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora BLANCA MAGALI SILVA VELARDE - ÁLVAREZ, Viceministra de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 27 al 28 de febrero de 2013, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US $ 2,223.78 Viáticos US $ 400.00 TOTAL US $ 2,623.78 Artículo 3.- Encargar el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria al señor PAUL FERNANDO PHUMPIU CHANG, Viceministro de Pesquería, en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar al Titular del Sector, con copia a las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Administración, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 905208-1 RELACIONES EXTERIORES Aceptan donación que será destinada a financiar el establecimiento y apertura de la Embajada del Perú en el Estado de Qatar RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0188/RE Lima, 25 de febrero de 2013 VISTO: El Memorándum (OGA) N° OGA3995/2012, de 12 de diciembre de 2012, de la Ofi cina General de Administración; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum (OGA) N° OGA3671/2012, de 20 de noviembre de 2012, la Ofi cina General de Administración ha comunicado sobre la asistencia fi nanciera recibida del Estado de Qatar por un total de QR 600 000,00 (Seiscientos mil y 00/100 Qatarí Riyals), para fi nanciar el establecimiento y apertura de la Embajada del Perú en el Estado de Qatar, la misma que sería remitida en dos armadas, en los años 2011 y 2012, en virtud de la Hoja de Remisión N° 5-106-A/27, recibida el 8 de noviembre de 2012; Que, mediante Nota Diplomática N° 5-09719-11-2012, de 11 de abril de 2012, el Departamento de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado de Qatar informó que el importe de QR 600 000,00 fue aprobado como asistencia fi nanciera y no como préstamo, en tal sentido, señala que no se han suscrito documentos que exijan la devolución de dicha suma; Que, a través del Memorándum (FIN) N° FIN0902/2012, de 10 de diciembre de 2012, la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración, mediante Informe (MTR) N° 002-2012, concluye que la Embajada del Perú en el Estado de Qatar recibió el 28 de marzo de 2011, en su cuenta bancaria N° 0001-501424-003 del International Bank of Qatar - IBQ, la primera armada de la donación, por un importe ascendente a QR 300 000,00, equivalente a S/. 227 241,00; y el 18 de abril de 2012, la segunda armada por un importe ascendente a QR 300 000,00, equivalente a S/. 218 223,00, haciendo un total de S/. 445 464,00 donados por el Estado de Qatar, por lo que corresponde emitir el acto en virtud del cual se acepte la referida donación; Que, en virtud a lo expuesto, mediante Memorándum del Visto, la Ofi cina General de Administración informó que la donación recibida en los años 2011 y 2012 debe ser aceptada mediante resolución ministerial por un importe de QR 600 000,00, equivalente a S/. 445 464,00; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1349- 2012/RE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2013 del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividad/ Acción de Inversión/Obra, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Meta, Fuente de Financiamiento, Tipo de Transacción y Genérica del Gasto; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas mediante Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Asimismo, el citado artículo establece que en caso que el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias, la referida Resolución se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en ese sentido, resulta necesario aceptar la donación efectuada por el Estado de Qatar hasta por la suma de QR 600 000,00 (Seiscientos mil y 00/100 Qatarí Riyals) equivalente a S/. 445 464,00 (Cuatrocientos