Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2013 (11/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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El Peruano Jueves 11 de MORDAZA de 2013

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Escala Remunerativa de la Direccion Nacional de Inteligencia DINI
DECRETO SUPREMO Nº 170-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1141, que aprueba el Fortalecimiento y Modernizacion del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Direccion Nacional de Inteligencia ­ DINI, en su MORDAZA Disposicion Complementaria Final exonera a la DINI de la prohibicion en materia de ingresos de personal prevista en el articulo 6 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, para la aprobacion de su escala remunerativa; disponiendo ademas que dicha escala se aprueba conforme a lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico y de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda indole, asi como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el Ano Fiscal para los pliegos presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de dicha Ley General, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector, siendo nula toda disposicion contraria, bajo responsabilidad; Que, mediante Oficio Nº 3466-2013-PCM/SG, la Presidencia del Consejo de Ministros remite el proyecto de decreto supremo que aprueba la escala remunerativa para la Direccion Nacional de Inteligencia - DINI, con arreglo a lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, en el MORDAZA de los dispositivos citados en los considerandos precedentes es necesario actualizar la escala remunerativa del Pliego 010 Direccion Nacional de Inteligencia; De conformidad con lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1141- Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernizacion del Sistema de Inteligencia Nacional SINA y de la Direccion Nacional de Inteligencia - DINI, y el numeral 1 de la Cuarta Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Del objeto de la MORDAZA Apruebese la Escala Remunerativa del Pliego 010 Direccion Nacional de Inteligencia, conforme al Anexo que forma parte del presente decreto supremo, el cual se publica en el MORDAZA institucional de la DINI (www.dini. gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2.- De la aplicacion de la escala remunerativa 2.1 En ningun caso la remuneracion fijada para cada trabajador podra ser diferente al monto establecido en la escala remunerativa aprobada en el articulo precedente.

El Titular de la DINI velara por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente articulo. 2.2 El Pliego 010 Direccion Nacional de Inteligencia solo reconocera a los trabajadores a su servicio doce (12) remuneraciones anuales mas dos gratificaciones, una por MORDAZA Patrias y otra por Navidad, asi como la bonificacion por escolaridad, en el MORDAZA de lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. Articulo 3.- De la prohibicion Prohibase la percepcion, por parte del personal de la DINI sujeto a la escala remunerativa aprobada en la presente MORDAZA, de cualquier otro ingreso, subvencion o asignacion por cualquier concepto o fuente de financiamiento, en especie o dineraria, en forma adicional al monto MORDAZA establecido en la referida escala remunerativa, salvo los aprobados por la MORDAZA legal respectiva. Articulo 4.- Del financiamiento El presente decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional del Pliego 010 Direccion Nacional de Inteligencia, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 5.- Del refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 960737-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesion temporal a favor de Enel Green Power Peru S.A. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 266-2013-MEM/DM MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Expediente Nº 27328113 sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Las Hormigas, presentado por ENEL GREEN POWER PERU S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12657310 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, ENEL GREEN POWER PERU S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 2276092 de fecha 15 de marzo de 2013, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Las Hormigas, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en el distrito y provincia de Huarmey y departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente;

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