Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2013 (11/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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El Peruano Jueves 11 de MORDAZA de 2013

Amplian plazo de reconocimiento de la UTP - Facultad de Ingenieria MORDAZA y Ciencias MORDAZA como Centro de Instruccion Acuatica para la formacion de Oficiales de MORDAZA Mercante
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0299-2013 MGP/DCG Callao, 11 de MORDAZA del 2013 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 2º, numeral (5) y Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1147 de fecha 10 de diciembre del 2012, que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Maritima Nacional - Direccion General de Capitanias y Guardacostas, establece que el ambito de aplicacion entre otras, son las personas naturales y juridicas, cuyas actividades se desarrollen o tengan alcance en el medio acuatico y que corresponde a la Autoridad Maritima Nacional aplicar y hacer cumplir lo dispuesto en la precitada norma; Que, el Articulo 5º, numeral (1), (5) y (15) del citado Decreto Legislativo, prescribe que es funcion de la Autoridad Maritima Nacional entre otras, velar por la seguridad de la MORDAZA humana en el medio acuatico, planear, normar, coordinar, dirigir y controlar dentro del ambito de su competencia, las actividades que se desarrollan en el medio ambiente acuatico asi como supervisar y certificar la formacion, capacitacion y titulacion por competencias de las personas naturales que desempenan labores en el medio acuatico, de acuerdo con la normativa nacional e instrumento intencional de los que el Peru es parte; Que, la Primera Disposicion Transitoria del acotado Decreto Legislativo, dispone que hasta la publicacion del Reglamento correspondiente se continuaran aplicando las disposiciones reglamentarias vigentes, en lo que no lo contradigan; por lo que, el Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-DE/MGP de fecha 25 de MORDAZA del 2001, continuara vigente hasta la promulgacion del reglamento del referido Decreto Legislativo; Que, el articulo A-010501, numeral (16) del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo Nro. 028-DE/MGP de fecha 25 de MORDAZA del 2001, establece como funcion de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, coordinar y controlar la formacion profesional, capacitacion, entrenamiento y examenes del personal de la MORDAZA Mercante, Pesca y Nautica Recreativa y otras actividades acuaticas, asi como el registro y expedicion de los Titulos y documentacion correspondiente; Que, el articulo A-010501, numeral (19) del citado Reglamento, establece que es funcion de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, reconocer y registrar a las personas naturales y juridicas vinculadas a las actividades acuaticas, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otros sectores de la Administracion Publica; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 313-2004/ DCG de fecha 02 de agosto del 2004, se aprobaron las "Normas para el Funcionamiento y Control de los Centros de Instruccion Maritima, Fluvial y Lacustre"; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 288-2011/ DCG de fecha 06 de MORDAZA del 2011, se aprobaron las "Normas para la realizacion de Auditorias de Gestion a los Centros de Formacion"; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0047-2000/ DCG de fecha 17 de febrero del 2000, se dispone que las actividades de formacion, evaluacion de la competencia, titulacion, refrenda y revalidacion para la gente de mar, se efectuen acorde con las prescripciones establecidas en el Convenio Internacional sobre Normas de Formacion, Titulacion y MORDAZA para la Gente de Mar 1978, en su forma enmendada 1995 (STCW 78/95); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 00202012 MGP/DCG de fecha 02 de febrero del 2012 se reconocio a la Universidad Tecnologica del Peru (UTP) ­ Facultad de Ingenieria MORDAZA y Ciencias MORDAZA, como

Centro de Instruccion Acuatica para la formacion de Oficiales de MORDAZA Mercante en las especialidades de MORDAZA y Maquinas, con alcance para la formacion por competencias de profesionales para cubrir MORDAZA como Oficiales de MORDAZA en buques de Arqueo MORDAZA de 500 a mas y como Oficiales de MORDAZA de Maquinas en buques de potencia de 750 KW a mas, por un periodo provisional de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) dias, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion Directoral; Que, el articulo 2º de la Resolucion Directoral citada en el considerando anterior, establece la realizacion de una Auditoria Final a cargo de la Autoridad Maritima Nacional al termino del periodo de reconocimiento provisional, con la finalidad de verificar que la Universidad Tecnologica del Peru (UTP) ­ Facultad de Ingenieria MORDAZA y Ciencias MORDAZA, cumple con las regulaciones establecidas por la Autoridad Maritima Nacional y por el Convenio Internacional sobre Normas de Formacion, Titulacion y MORDAZA para la Gente de Mar 1978, en su forma enmendada 1995 (STCW 78/95); Que, mediante Oficio V.200-338 de fecha 31 de enero del 2013 el Director General de Capitanias y Guardacostas, comunica al Rector de la Universidad Tecnologica del Peru que la Autoridad Maritima efectuara un Auditoria de Gestion el dia martes 05 de febrero del 2013; Que, como resultado de la Auditoria de Gestion efectuada a la Universidad Tecnologica del Peru (UTP) ­ Facultad de Ingenieria MORDAZA y Ciencias MORDAZA, se determino que dicho Centro Superior de Estudios cumple con las regulaciones establecidas por la Autoridad Maritima y por el Convenio Internacional sobre Normas de Formacion, Titulacion y MORDAZA para la Gente de Mar 1978, en su forma enmendada 1995 (STCW 78/95), habiendose identificado algunas observaciones de fondo que ameritan ser subsanadas; Que, mediante Oficio V.200-1221 de fecha 02 MORDAZA 2013 la Autoridad Maritima remite a la Universidad Tecnologica del Peru la Lista de Verificacion conteniendo las observaciones detectadas para que estas MORDAZA absueltas en un plazo no mayor de SEIS (6) meses; Que, a fin de permitir que la Universidad Tecnologica del Peru (UTP) ­ Facultad de Ingenieria MORDAZA y Ciencias MORDAZA, cumpla con el levantamiento de las observaciones formuladas en el plazo otorgado, es pertinente extender el reconocimiento provisional como Institucion formadora de Gente de Mar, periodo en el cual debera levantar las observaciones formuladas; Que, estando a lo opinado por el Jefe del Departamento de Personal Acuatico y a lo recomendado por el Director de Control de Actividades Acuaticas de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Extender, por un periodo provisional improrrogable de CIENTO OCHENTA (180) dias, contados a partir del 02 de febrero del 2013, el reconocimiento a la Universidad Tecnologica del Peru (UTP) ­ Facultad de Ingenieria MORDAZA y Ciencias MORDAZA, como Centro de Instruccion Acuatica para la formacion de Oficiales de MORDAZA Mercante en las especialidades de MORDAZA y Maquinas, con alcance para la formacion por competencias de profesionales para cubrir MORDAZA como Oficiales de MORDAZA en buques de Arqueo MORDAZA de 500 a mas y como Oficiales de MORDAZA de Maquinas en buques de potencia de 750 KW a mas. Articulo 2º.- La Autoridad Maritima al termino del periodo de reconocimiento provisional efectuara una Auditoria Final a la Universidad Tecnologica del Peru (UTP) ­ Facultad de Ingenieria MORDAZA y Ciencias MORDAZA, a fin de verificar el levantamiento de las observaciones formuladas en la Auditoria de Gestion efectuada el dia 05 de febrero del 2013. Registrese y comuniquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.) MORDAZA DEVILLE DEL MORDAZA Director General de Capitanias y Guardacostas 959549-1

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