Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2013 (11/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Jueves 11 de MORDAZA de 2013

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Que, a traves del Acuerdo Nº 187-2013-CONEAU, de la Sesion N° 51 de fecha 10 de MORDAZA de 2013, el Directorio del CONEAU aprobo el Dictamen recaido en el expediente conformado por la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan de MORDAZA, para el reconocimiento de la acreditacion del programa academico de Ingenieria Industrial, otorgado por el Consejo Nacional de Acreditacion de la Republica de Colombia, bajo el procedimiento establecido en la Guia de Procedimiento para el Reconocimiento de Acreditaciones otorgadas por Entidades Extranjeras; Que, mediante Informe N° 23-2013-COSUSINEACE/ ST, la Secretaria Tecnica del COSUSINEACE, recomienda ratificar el Acuerdo Nº 187-2013-CONEAU, de fecha 10 de MORDAZA de 2013 y en consecuencia, reconocer la acreditacion otorgada por el Consejo Nacional de Acreditacion de la Republica de Colombia, al Programa Academico de Ingenieria Industrial de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan de Huanuco; Que, asimismo, el Consejo Superior del SINEACE, a traves del Acuerdo N° 221-2013, de Sesion Nº 52 de fecha 24 de junio de 2013, acordo ratificar la acreditacion otorgada por el Consejo Nacional de Acreditacion de la Republica de Colombia al Programa Academico de Ingenieria Industrial de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan de MORDAZA, acorde a la Guia de Procedimiento para el Reconocimiento de Acreditaciones otorgadas por Entidades Extranjeras; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018¬-2007-ED, la Ley N° 29158, Ley del Poder Ejecutivo y las atribuciones conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 0500-2013-ED; SE RESUELVE.Articulo 1°.- Ratificar el Acuerdo Nº 187-2013-CONEAU, de la Sesion N° 51 de fecha 10 de MORDAZA de 2013, del Directorio del CONEAU que reconoce la acreditacion otorgada por el Consejo Nacional de Acreditacion de la Republica de Colombia, al Programa Academico de Ingenieria Industrial de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan de Huanuco. Articulo 2°.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Web Institucional del Consejo Superior del SINEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Superior SINEACE

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Ratifican Acuerdo de Directorio que reconoce acreditacion otorgada por el Consejo Nacional de Acreditacion de la Republica de Colombia, al Programa Academico de Ingenieria Industrial de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan de MORDAZA
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 062-2013-SINEACE/P
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Oficio Nº 316-2013-MINEDU/COSUSINEACECONEAU, del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria ­ CONEAU; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 44° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, concordante con lo dispuesto en los articulos 8° y 9° de la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa -SINEACE, establece que el Consejo Superior del SINEACE, es el Ente Rector con autoridad tecnico-normativa para dictar las normas y establecer los procedimientos en el ambito del sistema; siendo ademas, responsable del correcto funcionamiento del SINEACE, con arreglo a la funcion de articulador del funcionamiento de sus organos operadores, asignada de manera expresa por el inciso c del articulo 6°, de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE; Que, el articulo 58º del Reglamento de la Ley N° 28740, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2007-ED, establece que el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria - CONEAU, tiene entre las funciones de su Directorio, aprobar las normas que regulan la autorizacion y funcionamiento de las entidades evaluadoras con fines de acreditacion, y de las entidades certificadoras; Que, mediante Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, de la Sesion N° 022-2010 del 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE dispuso la ratificacion de los Acuerdos de Directorio de los organos operadores, a fin de formalizarlos mediante resolucion del SINEACE; a tal efecto, se establecio que se requiere contar con el acuerdo aprobatorio del Directorio del organo operador, el informe de la Secretaria Tecnica y el acuerdo expreso del Consejo Superior. Que, de conformidad con el numeral 17.3 del articulo 17º del Reglamento de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2007-ED, a solicitud de las instituciones y programas educativos, los organos operadores podran reconocer procesos de acreditacion realizados por agencias acreditadoras del extranjero, cuyas funciones MORDAZA compatibles con la naturaleza del SINEACE y tengan reconocimiento oficial en sus respectivos paises o por el organismo internacional a que pertenecen, precisandose adicionalmente que cada organo operador establecera los requisitos para el reconocimiento de estas acreditaciones;

959557-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan la ejecucion del Empadronamiento Distrital de Poblacion y Vivienda 2013, en la Provincia de MORDAZA (Lima Metropolitana) y la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION JEFATURAL Nº 179-2013-INEI
MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2013 Visto el Oficio Nº 3386-2013-INEI-DNCE, de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas, solicitando se autorice la ejecucion del Empadronamiento Distrital de Poblacion y Vivienda 2013 en la Provincia de MORDAZA (Lima Metropolitana) del departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional e Informatica", el INEI es el ente

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