Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2013 (11/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Jueves 11 de MORDAZA de 2013

499091
030-04/2013-AL-HCLLH/SA emitidos por la Oficina de Planeamiento Estrategico y la Asesora Legal del Hospital MORDAZA MORDAZA La Hoz, asi como el Informe N° 01192013-OGPP-OO/MINSA y el Memorandum N° 0820-2013OGPP-OO/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, y; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial Nº 463-2010/MINSA, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Hospital MORDAZA MORDAZA La Hoz, el cual contiene la estructura organica del citado Hospital; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 446-2012/ MINSA se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital MORDAZA MORDAZA La Hoz, y mediante Resolucion Directoral Nº 555-12/2012-DE-HCLLH/SA, se aprobo su reordenamiento de cargos; Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 5952008/MINSA y sus modificatorias, se aprobo el Manual de Clasificacion de Cargos del Ministerio de Salud; Que, con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal de las Entidades de la Administracion Publica; Que, el articulo 11° de los precitados Lineamientos establece los criterios y disposiciones que deben seguir las Entidades en la elaboracion del mencionado documento de gestion; Que, con Resolucion Ministerial N° 603-2006/MINSA y sus modificatorias, se aprobo la Directiva Administrativa N° 007-MINSA/OGPP-V.02 "Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional", la cual senala en el literal c) del numeral 5.3.7 del acapite V. Disposiciones Especificas, que los proyectos de Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, de los Institutos Especializados, las Direcciones de Salud de MORDAZA y sus organos desconcentrados, se aprueban mediante Resolucion Ministerial con el informe previo de la Oficina de Organizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Saud; Que, mediante Ley N° 28498, se autorizo al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de los profesionales de salud no medicos cirujanos a nivel nacional que, a la fecha de entrada en vigencia de la misma, se encuentren prestando servicios en condicion de contratados bajo cualquier modalidad; Que, con Ley N° 28560, se autorizo al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial que, a la fecha de entrada en vigencia de la misma, se encuentren prestando servicios en condicion de contratados bajo cualquier modalidad, precisandose a traves de la Ley N° 28744, que el cumplimiento de aquella es por nombramiento directo de quienes ocupan las plazas a la fecha de publicacion de la referida Ley; Que, por Ley N° 29682, se autorizo el nombramiento de los medicos cirujanos a nivel nacional ­ en forma progresiva, por concurso de meritos y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal- que se encuentren prestando servicios en la condicion de contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, bajo cualquier modalidad, preferentemente en zonas de pobreza y de extrema pobreza, durante dos anos continuos o cuatro anos no consecutivos como minimo; Que, los literales c) y d) del numeral 8.1 del articulo 8° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, han establecido como excepcion a las medidas en materia de personal, el nombramiento de hasta el 55% del numero de los profesionales no medicos cirujanos y del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el MORDAZA del nombramiento gradual a que se refieren las Leyes N°s 28498 y 28560, sus normas modificatorias y complementarias; asi como el nombramiento de hasta el 25% del numero de los profesionales medicos comprendidos en la Ley Nº 29682, respectivamente; Que, conforme a lo senalado en el numeral 8.1 del articulo 8° de la Ley N° 29951, para la aplicacion de los casos de excepcion MORDAZA mencionados, es requisito

General para Asuntos Economicos, de 2 de MORDAZA de 2013, y (OPP) Nº OPP0778/2013, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 4 de MORDAZA de 2013, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0472002/PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0562013/PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, su Reglamento y modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Director de Ciencia y Tecnologia, de la Direccion General para Asuntos Economicos, a la MORDAZA de Caracas, Republica Bolivariana de Venezuela, del 17 al 18 de MORDAZA de 2013, para que participe en la XV Reunion del Grupo de Expertos en Energia y en la III Reunion del Grupo Especializado Ad Hoc en materia Juridico ­ Politica del Consejo Energetico Sudamericano de la UNASUR. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios seran cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0089479: Fortalecimiento de la Cooperacion Internacional y Desarrollo en Ciencia y Tecnologia, debiendo presentar la rendicion de cuenta en un plazo no mayor de quince (15) dias, al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje Aereo Clase Economica US$ 2,003.00 Viaticos por dia US$ 370.00 Numero Total de viaticos dias US$ 2 740.00

Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario, posteriores a su retorno al MORDAZA, el citado funcionario diplomatico presentara a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. EDA MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 960324-1

SALUD
Aprueban MORDAZA para Asignacion de Personal de los Hospitales MORDAZA MORDAZA La Hoz, MORDAZA Larco MORDAZA y San MORDAZA de Lurigancho
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 410-2013/MINSA MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2013 Vistos, los Expedientes N° 13-038670-001 y N° 13058502-001, que contienen el Oficio N° 660-DE-OPEHCLLH-13, que contiene a su vez el Informe Tecnico N° 001-2013-AO-OPE-HCLLH y el Informe Legal N°

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