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El Peruano Jueves 11 de julio de 2013 499091 General para Asuntos Económicos, de 2 de julio de 2013, y (OPP) Nº OPP0778/2013, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 4 de julio de 2013, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002/PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056- 2013/PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Miguel Julián Palomino de la Gala, Director de Ciencia y Tecnología, de la Dirección General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 17 al 18 de julio de 2013, para que participe en la XV Reunión del Grupo de Expertos en Energía y en la III Reunión del Grupo Especializado Ad Hoc en materia Jurídico – Política del Consejo Energético Sudamericano de la UNASUR. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0089479: Fortalecimiento de la Cooperación Internacional y Desarrollo en Ciencia y Tecnología, debiendo presentar la rendición de cuenta en un plazo no mayor de quince (15) días, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Miguel Julián Palomino de la Gala 2,003.00 370.00 2 740.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 960324-1 SALUD Aprueban Cuadros para Asignación de Personal de los Hospitales Carlos Lanfranco La Hoz, Víctor Larco Herrera y San Juan de Lurigancho RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 410-2013/MINSA Lima, 10 de julio del 2013 Vistos, los Expedientes N° 13-038670-001 y N° 13- 058502-001, que contienen el Ofi cio N° 660-DE-OPE- HCLLH-13, que contiene a su vez el Informe Técnico N° 001-2013-AO-OPE-HCLLH y el Informe Legal N° 030-04/2013-AL-HCLLH/SA emitidos por la Ofi cina de Planeamiento Estratégico y la Asesora Legal del Hospital Carlos Lanfranco La Hoz, así como el Informe N° 0119- 2013-OGPP-OO/MINSA y el Memorándum N° 0820-2013- OGPP-OO/MINSA de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, y; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 463-2010/MINSA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Carlos Lanfranco La Hoz, el cual contiene la estructura orgánica del citado Hospital; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 446-2012/ MINSA se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Hospital Carlos Lanfranco La Hoz, y mediante Resolución Directoral Nº 555-12/2012-DE-HCLLH/SA, se aprobó su reordenamiento de cargos; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 595- 2008/MINSA y sus modifi catorias, se aprobó el Manual de Clasifi cación de Cargos del Ministerio de Salud; Que, con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de las Entidades de la Administración Pública; Que, el artículo 11° de los precitados Lineamientos establece los criterios y disposiciones que deben seguir las Entidades en la elaboración del mencionado documento de gestión; Que, con Resolución Ministerial N° 603-2006/MINSA y sus modifi catorias, se aprobó la Directiva Administrativa N° 007-MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, la cual señala en el literal c) del numeral 5.3.7 del acápite V. Disposiciones Específi cas, que los proyectos de Cuadro para Asignación de Personal - CAP, de los Institutos Especializados, las Direcciones de Salud de Lima y sus órganos desconcentrados, se aprueban mediante Resolución Ministerial con el informe previo de la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Saud; Que, mediante Ley N° 28498, se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de los profesionales de salud no médicos cirujanos a nivel nacional que, a la fecha de entrada en vigencia de la misma, se encuentren prestando servicios en condición de contratados bajo cualquier modalidad; Que, con Ley N° 28560, se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial que, a la fecha de entrada en vigencia de la misma, se encuentren prestando servicios en condición de contratados bajo cualquier modalidad, precisándose a través de la Ley N° 28744, que el cumplimiento de aquella es por nombramiento directo de quienes ocupan las plazas a la fecha de publicación de la referida Ley; Que, por Ley N° 29682, se autorizó el nombramiento de los médicos cirujanos a nivel nacional – en forma progresiva, por concurso de méritos y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal- que se encuentren prestando servicios en la condición de contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, bajo cualquier modalidad, preferentemente en zonas de pobreza y de extrema pobreza, durante dos años continuos o cuatro años no consecutivos como mínimo; Que, los literales c) y d) del numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, han establecido como excepción a las medidas en materia de personal, el nombramiento de hasta el 55% del número de los profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el marco del nombramiento gradual a que se refi eren las Leyes N°s 28498 y 28560, sus normas modifi catorias y complementarias; así como el nombramiento de hasta el 25% del número de los profesionales médicos comprendidos en la Ley Nº 29682, respectivamente; Que, conforme a lo señalado en el numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 29951, para la aplicación de los casos de excepción antes mencionados, es requisito