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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2013 (11/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 11

El Peruano Jueves 11 de julio de 2013 499089 Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 293-2013-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de ENEL GREEN POWER PERÚ S.A., que se identifi cará con el código Nº 27328113, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Las Hormigas, para una capacidad instalada estimada de 100 MW, los cuales se realizarán en el distrito y provincia de Huarmey y departamento de Ancash, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VÉRTICE ESTE NORTE 1 823 836 8 856 558 2 826 988 8 859 300 3 832 295 8 854 299 4 828 649 8 851 867 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 959034-1 PRODUCE Aceptan renuncia al cargo de Director de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 231-2013-PRODUCE Lima, 9 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1047 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, asimismo mediante Resolución Ministerial N° 343- 2012-PRODUCE se aprobó su Reglamento de Organización y Funciones, determinando su estructura orgánica; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 086-2012-SERVIR-PE del 05 de julio de 2012, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, asignó al Gerente Público señor Oscar Ricardo Cevallos de Barrenechea, en el cargo de Director de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción; Que, con Resolución Ministerial Nº 326-2012- PRODUCE del 06 de julio de 2012, se designó al señor Oscar Ricardo Cevallos de Barrenechea en el cargo de Director de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción; Que, el referido profesional ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto de administración correspondiente; Con el visado de la Secretaría General y de las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y, la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad a partir del 15 de julio de 2013, la renuncia formulada por el señor OSCAR RICARDO CEVALLOS DE BARRENECHEA, al cargo de Director de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Ofi cina General de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 959936-2 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el “Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico” DECRETO SUPREMO Nº 031-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífi co”, fue suscrito el 06 de junio de 2012, en Paranal, Antofagasta, República de Chile y aprobado por Resolución Legislativa N° 30053 del 27 de junio de 2013; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífi co”, suscrito el 06 de junio de 2012,