Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2013 (13/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES ALTO MORDAZA SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ CITV ALTO MORDAZA S.R.L., a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia Nacional de Transportes de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia Articulo Septimo.- El CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES ALTO MORDAZA SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ CITV ALTO MORDAZA S.R.L., debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:
Documentos Relacion del equipamiento requerido por el Articulo 34º del presente Reglamento acompanada con los documentos que sustenten la propiedad y/o condiciones de arrendatario financiero sobre los mismos. Licencia de Funcionamiento y Certificado de compatibilidad de uso emitido por la municipalidad correspondiente Fecha MORDAZA de MORDAZA Noventa (90) dias calendarios de otorgamiento la autorizacion Noventa (90) dias calendarios de otorgada la autorizacion

El Peruano Sabado 13 de MORDAZA de 2013

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentacion senalada se procedera de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la empresa denominada CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES ALTO MORDAZA SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ CITV ALTO MORDAZA S.R.L., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 955762-1

para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III, y de la Clase B Categoria II-c, y mediante Resolucion Directoral N° 464-2011-MTC/15 de fecha 08 de febrero de 2011 se otorgo autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoria I; Que, mediante Parte Diario N° 054847 de fecha 29 de MORDAZA de 2013, La Escuela, presenta solicitud sobre ampliacion de autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en el MORDAZA local ubicado en MORDAZA MORDAZA N° 515, Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Departamento de Ica; en el referido documento solicita se considere los documentos presentados mediante Partes Diarios N°s 028947 y 044536 (RD N° 1668-2013-MTC/15); Que, el articulo 52º de El Reglamento dispone que para solicitar la ampliacion de locales, debera acompanar a su solicitud, los documentos descritos en los literales c), d), f), g), h), j), k) y l) del articulo 51º del presente reglamento, asi como presentar una declaracion jurada precisando que cuentan con los bienes, muebles y enseres que constituyen el equipamiento requerido para el funcionamiento de dicho local como Escuela de Conductores, presentando la relacion detallada de su equipamiento; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe N° 018-2013-MTC/15.jcb se adjunta el acta de inspeccion ocular realizada a la empresa denominada VIAS & VIAS S.A.C. del cual se advierte que la inspeccion fue realizada en los locales propuestos por La Escuela donde el inspector concluye que cumple con lo establecido en el numeral 43.3 y 43.5 del articulo 43° del Decreto Supremo N° 040-2008-MTC; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 454-2013MTC/15.03.AA, y siendo este parte integrante de la presente resolucion, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:

Autorizan a empresa Vias & Vias S.A.C. ampliacion de local en el departamento de Ica, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2385-2013-MTC/15 MORDAZA, 07 de junio de 2013 VISTO: Parte Diario N° 054847 presentado por la empresa denominada VIAS & VIAS S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3731-2010MTC/15 de fecha 29 de diciembre de 2010, se autorizo a la empresa denominada VIAS & VIAS S.A.C., con RUC N° 20535736813 y con domicilio en Av. MORDAZA MORDAZA Arechua N° 207, Distrito, Provincia y Departamento de Ica,

Articulo Primero.- Autorizar la ampliacion de local a la empresa denominada VIAS & VIAS S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, por el periodo indicado en su resolucion primigenia, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la clase A categorias I, II y III y clase B categoria II-c, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto, curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor, los cursos de Recategorizacion y Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; en consecuencia, procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela: VIAS & VIAS S.A.C. Clase de Escuela: Escuela de Conductores Integrales Ubicacion del Establecimiento: OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSENANZA, TALLER

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