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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2013 (13/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 96

El Peruano Sábado 13 de julio de 2013 499294 Aprueban actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana por el período 2013 – 2018 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 112-2013-SERNANP Lima, 9 de julio de 2013 VISTO: El Informe Nº 006-2013-SERNANP-DDE-DGANP, de fecha 26 de junio de 2013, mediante el cual la Dirección de Desarrollo Estratégico y la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, dan su conformidad a la propuesta de actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, el mismo que se constituye como el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, y en su autoridad técnico – normativa; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2004-AG, de fecha 15 de enero de 2004, se establece la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana, sobre una superfi cie de cincuenta y ocho mil sesenta y nueve hectáreas con nueve mil metros cuadrados (58 069. 9 ha), ubicada en la provincia de Maynas, departamento de Loreto; Que, el inciso g) del artículo 8º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 18º de la precitada Ley, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planifi cación de carácter general y específi co, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del área; Que asimismo, el artículo 20º de la referida Ley, establece que la Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planifi cación de más alto nivel con el que cuenta cada Área Natural Protegida, y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) años; Que, el numeral 1.5 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, establece que el proceso de elaboración de los Planes Maestros y en particular su zonifi cación, debe obligatoriamente considerar que el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creación de las mismas; Que, mediante Resolución Directoral N° 003-2010- SERNANP-DDE, de fecha 08 de abril de 2010, se aprueban los Términos de Referencia para la actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana; Que, a través de un amplio proceso participativo de las instituciones y organizaciones a través del Comité de Gestión, de conformidad a lo dispuesto en eI artículo 37.4 del Decreto Supremo N° 038-2001-AG Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, se ha elaborado la propuesta de actualización del Plan Maestro, período 2013 - 2018, de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana, la misma que ha sido propuesta para su aprobación; Que, según se concluye en el documento del visto, la propuesta de actualización del Plan Maestro, período 2013 – 2018 ha sido elaborada de acuerdo a lo establecido en la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2001-AG y en los Términos de Referencia aprobados por Resolución Directoral N° 003-2010-SERNANP-DDE; Con las Visaciones de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico, y de la Secretaría General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el inciso m) del artículo 1° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana, por el período 2013 – 2018, como el documento de planifi cación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto consta en el anexo 1, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Mantener los límites de la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana, establecida mediante Resolución Jefatural N° 020-2005-INRENA y publicada mediante Resolución Jefatural N° 159-2007-INRENA. Artículo 3°.- Encargar a la Jefatura de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana, velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 4°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el que además deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe 960912-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Aprueban trámite anticipado, inscripción del “Tercer Programa de Bonos de titulización - HOCP” y registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES Nº 84-2013-SMV/10.2 Lima, 27 de junio de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES VISTOS: El Expediente Nº 2013017978 iniciado por Creditítulos Sociedad Titulizadora S.A. así como el Informe Nº 631-2013- SMV/10.2 del 27 de junio de 2013 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades de la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 301 y 314 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus modifi catorias, en los fi deicomisos de titulización, la sociedad titulizadora que actúa como fi duciario es la que realiza la emisión de los valores respaldados por el patrimonio fi deicometido;