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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2013 (26/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Viernes 26 de julio de 2013 500066 Que, en tal sentido, se estima por conveniente aceptar la propuesta de la Secretaría General para la designación de los representantes titular y alterno del Ministerio de Cultura ante el referido Grupo de Trabajo Multisectorial; Estando a lo visado por la Secretaría General y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a los representantes del Ministerio de Cultura ante el Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAM, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, de acuerdo al siguiente detalle: - Viceministro(a) de Interculturalidad, como representante titular; - Director(a) General (e) de la Dirección General de Patrimonio Cultural, como representante alterno. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 967101-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario a favor de los Pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DECRETO SUPREMO Nº 184-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 007 Ministerio del Interior y del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, a través de los artículos 1 y 3 del Decreto Legislativo N° 1133, se establece el ordenamiento defi nitivo del Régimen de Pensiones del Decreto Ley N° 19846 y del Régimen de Pensiones del personal militar y policial, y la creación del Régimen de Pensiones del personal militar y policial, el cual se constituye en el nuevo régimen previsional aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo dispone, entre otros, que los actuales pensionistas del régimen de pensiones del Decreto Ley N° 19846 percibirán además de la pensión y los benefi cios adicionales que actualmente vienen percibiendo, el monto equivalente al incremento de la remuneración que se otorga al personal militar y policial en actividad dispuesto en el Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, según el grado en base al cual percibe su pensión; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1133 autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir a favor del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas los recursos del Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial creado mediante el Decreto de Urgencia N° 059-2011, a efectos de garantizar el cumplimiento de obligaciones del personal pensionista militar y policial; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2013- EF se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, con cargo a los recursos del Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial, hasta por la suma de CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUARENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 139 752 046,00), en los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, para ser destinados a fi nanciar el pago de planillas de los pensionistas que se encuentran a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial - CPMP, correspondiente al primer trimestre del año 2013, en aplicación a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1133; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2013- EF se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, con cargo a los recursos del Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial, en los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, hasta por la suma de CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 172 512 348,00), para ser destinados, entre otros, a fi nanciar el pago de planillas de los pensionistas que se encuentran a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial - CPMP, correspondiente al segundo trimestre del año 2013, en aplicación a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1133; Que, mediante los Ofi cios Nºs. 830-2013-IN-DM y 652-2013-MINDEF/DM, los Ministerios del Interior y de Defensa han solicitado la transferencia de recursos para fi nanciar el pago de planillas de los pensionistas que se encuentran a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial para el tercer trimestre del año 2013, en aplicación a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1133 por la suma total de CIENTO DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 28/100 NUEVOS SOLES (S/. 117 344 364,28), correspondiendo al pliego 007 Ministerio del Interior la suma de CUARENTA MILLONES OCHO MIL NOVECIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 008 916,00) y al pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de SETENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 28/100 NUEVOS SOLES (S/. 77 335 448,28); Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporación de los recursos, vía Crédito Suplementario, provenientes del Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial creado mediante Decreto de Urgencia N° 059-2011, hasta por la suma total de CIENTO DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 117 344 364,00), correspondiendo al Pliego 007 Ministerio del Interior la suma de CUARENTA MILLONES OCHO MIL NOVECIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 008 916,00) y al Pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de SETENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 77 335 448,00), para ser destinados a fi nanciar el pago de planillas de los pensionistas que se encuentran a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial para el tercer trimestre del año 2013, en aplicación a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1133; De conformidad con lo establecido por la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N°1133; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, con cargo a los recursos del Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial, hasta por la suma de CIENTO DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 117 344 364,00), correspondiendo al Pliego 007 Ministerio del Interior la suma de CUARENTA MILLONES OCHO MIL NOVECIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 008 916,00) y al Pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de SETENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 77 335 448,00); para ser destinados a fi nanciar el pago de planillas de los pensionistas que se encuentran a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial para el tercer trimestre del año 2013, en aplicación a lo