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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2013 (26/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Viernes 26 de julio de 2013 500069 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 se ha aprobado, entre otros, los Presupuestos Institucionales de los Pliegos 059 Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE y 116 Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; Que, la Ley de Contrataciones del Estado aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, modifi cada por la Ley Nº 29873, en su artículo 58 establece las funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, entre las cuales destacan las siguientes: velar y promover el cumplimiento y difusión de la norma de contrataciones públicas y proponer las modifi caciones necesarias; implementar actividades y mecanismos de desarrollo de capacidades; emitir directivas, lineamientos y manuales sobre materias de su competencia; resolver los asuntos de su competencia; supervisar y fi scalizar los procesos de contratación pública independientemente del régimen legal de las Entidades que los realicen; organizar y administrar arbitrajes; suspender los procesos de contratación en los que observe transgresiones a la normativa de contrataciones públicas; promover la subasta inversa; desconcentrar sus funciones en sus órganos de alcance regional, entre otras atribuciones exclusivas; Que mediante Resolución Nº 236-2012-OSCE/PRE, se aprueba el Plan Estratégico Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE para el período 2012-2016, el cual contempla el desarrollo de cinco objetivos estratégicos centrados en mejorar su rol supervisor del régimen de contratación pública, para lo cual se han establecido planes de acción estratégica para el año fi scal 2013; Que, mediante la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE cubre sus costos de operación y mantenimiento de carácter creciente debido a su desarrollo estratégico impulsado desde el año fi scal 2012, por lo cual requiere contar con una fuente de fi nanciamiento distinta para cubrir sus gastos de capital en el marco de la implementación de su Plan Estratégico Institucional para el periodo 2012-2016; Que, mediante el Ofi cio Nº 1177-2013/SG, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE ha solicitado una transferencia de recursos, por un monto de OCHO MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 141 635,00), destinados a Gastos de Capital para complementar la implementación de sus planes de acción estratégica establecidos en su Plan Estratégico Institucional 2012-2016, los cuales involucran ampliar recursos al Programa Presupuestal “Contrataciones públicas efi cientes” y a sus acciones centrales, a efectos de contribuir a una mejora cualitativa en su gestión dentro del régimen de contratación pública; Que, la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, exceptúa, entre otros, al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, para el año fi scal 2013, de lo establecido por el artículo 73 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, referido a la prohibición de recibir crédito presupuestario alguno o transferencias fi nancieras con cargo a la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios”; Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP es el organismo encargado de promover la cultura, la información, el esparcimiento y la educación a la población a nivel nacional y que, en su calidad de único medio de comunicación del Estado, realiza funciones de difusión de diversas actividades efectuadas por los Poderes del Estado y por la sociedad civil, las que contribuyen a la ejecución de las políticas y programas del gobierno; Que, mediante los Ofi cios Nºs. 034 y 040-2013-PE/ IRTP, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP ha solicitado recursos adicionales, de los cuales se ha priorizado la suma de ONCE MILLONES CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 100 000,00), para ser destinados a atender necesidades operativas del citado pliego, tales como el mantenimiento de los equipos que permita sostener la señal e imagen de los sistemas de comunicaciones del Estado a nivel nacional, las estaciones de Radio de AGRO RURAL – Radios Campesinas – PRONAMACHS, la reparación del cerco perimétrico de la Planta 1 y 2 del Morro Solar y la Filial de Tacna, entre otros; Que, los recursos para atender los requerimientos señalados en los considerandos precedentes no han sido previstos en los presupuestos institucionales de los pliegos Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE e Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, por lo que resulta necesario autorizar una transferencia de partidas con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas a favor de los citados pliegos, hasta por la suma total de DIECINUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 241 635,00); Que, las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, conforme lo dispone el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; De conformidad con lo establecido por el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 241 635,00), para atender los gastos que demanden las acciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, conforme al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 19 241 635,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 19 241 635,00 ============ A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 059 : Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado UNIDAD EJECUTORA 001 : Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado PROGRAMA PRESUPUESTAL 0034 : Contrataciones Públicas Efi cientes PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5000332 : Orientación y apoyo al usuario sobre los servicios que presta el OSCE FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 1 068 740,00