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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2013 (26/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Viernes 26 de julio de 2013 500068 Migraciones – MIGRACIONES por la suma señalada en el párrafo precedente en las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados por las genéricas de gasto 3 “Bienes y Servicios” y 6 “Adquisición de Activos No Financieros”; Que, con la fi nalidad que el Pliego 073 Superintendencia Nacional de Migraciones realice sus actividades conforme a lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1130, resulta necesario que el Pliego 007 Ministerio del Interior efectúe la respectiva transferencia de partidas; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorícese una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor del Pliego 073 Superintendencia Nacional de Migraciones, ascendente a la suma de CATORCE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 367 648,00) por toda fuente de fi nanciamiento, de acuerdo al siguiente detalle; DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central. PLIEGO 007 : Ministerio del Interior. UNIDAD EJECUTORA 001 : Ofi cina General de Administración. ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000982 : Movimiento Migratorio de Nacionales y Extranjeros FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios. GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios S/. 191 734,00 -------------------- TOTAL Recursos Ordinarios S/. 191 734,00 -------------------- FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados. En Nuevos Soles GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios S/. 12 565 442,00 GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros S/. 1 610 472,00 ------------------------ TOTAL Recursos Directamente Recaudados S/. 14 175 914,00 ------------------------ TOTAL EGRESOS S/. 14 367 648,00 ============== A LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central. PLIEGO 073 : Superintendencia Nacional de Migraciones. UNIDAD EJECUTORA 001 : Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES. ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000982 : Movimientos Migratorios de Nacionales y Extranjeros FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios. GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios S/. 191 734,00 --------------------- TOTAL Recursos Ordinarios S/. 191 734,00 ============ FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados. GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios S/. 12 565 442,00 En Nuevos Soles GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros S/. 1 610 472,00 ----------------------- TOTAL Recursos Directamente Recaudados S/. 14 175 914,00 ------------------------ TOTAL EGRESOS S/. 14 367 648,00 ============== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. Los Titulares de los Pliegos habilitado y habilitador en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2. La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo que forma parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenéricas y Específi ca; y, se presentará junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en los portales electrónicos del Ministerio del Interior (www. mininter.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. 2.3. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de julio del año 2013. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 967543-2 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Pliegos Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado e Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DECRETO SUPREMO Nº 186-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA