TEXTO PAGINA: 5
El Peruano Sábado 27 de julio de 2013 500143 y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales.”, respectivamente; Que, de acuerdo al Memorando del visto la Dirección General de Industrias Culturales y Artes ha propuesto, de manera sustentada, la aprobación de las categorías, etapas y estándares de duración referidos a los proyectos y obras cinematográfi cas, en cuanto corresponda; Que, conforme a la precitada Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29919, resulta necesario aprobar las categorías y etapas de los proyectos cinematográfi cos, los estándares de duración de los proyectos cinematográfi cos de obras, así como las categorías y estándares de duración de las obras cinematográfi cas, que son materia de los concursos que en materia de cinematografía se encuentran a cargo del Ministerio de Cultura; Estando a lo visado por la Secretaria General, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, la Ley N° 26370, Ley de la Cinematografía Peruana, modifi cada por Ley N° 29919; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar, en el marco de lo dispuesto por la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29919, que modifi ca la Ley N° 26370, Ley de la Cinematografía Peruana, las categorías y etapas de los proyectos cinematográfi cos y los estándares de duración de los proyectos cinematográfi cos de obras, para los concursos que en materia de cinematografía organiza el Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: 1.1. Categorías i) De obras.- Buscan culminar en la preproducción, realización, distribución o exhibición de una obra cinematográfi ca. ii) De capacitación.- Buscan culminar en una o varias actividades de capacitación. iii) De gestión cultural.- Buscan culminar en actividades de capacitación, promoción o exhibición con fi nes sociales y/o formativos. 1.2. Etapas 1.2.1. Para proyectos cinematográfi cos de obras: i) Desarrollo.- Elaboración de una propuesta documentada de película a partir de una investigación, planifi cación y/o proceso creativo particular. ii) Producción.- Proceso de planifi cación (pre producción), realización y fi nalización de la obra cinematográfi ca que incluye, entre otras sub-etapas, el rodaje, la edición, la sonorización y los efectos de postproducción. Para efectos de los concursos de proyectos y obras cinematográfi cas que organiza el Ministerio de Cultura, en ellos se podrá premiar la producción en su totalidad, o bien una sub-etapa de la misma. iii) Distribución.- Estrategia de promoción y determinación de mecanismos de circulación de las obras cinematográfi cas. iv) Exhibición.- Proyección en sala o presentación en otros ámbitos de las obras cinematográfi cas, que puede incluir festivales nacionales o internacionales. 1.2.2. Para proyectos cinematográfi cos de capacitación y gestión cultural: i) Desarrollo.- Elaboración de propuesta documentada de actividades a partir de una investigación y/o planifi cación. ii) Ejecución.- Proceso de planifi cación y realización de las actividades planteadas. iii) Promoción.- Diseño y difusión de comunicaciones públicas sobre actividades y sus resultados. 1.3. Estándares de duración de los proyectos cinematográficos de obras i) Largometraje.- Obra cinematográfi ca cuya duración de proyección es de más de setenta y cinco (75) minutos. ii) Cortometraje.- Obra cinematográfi ca cuya duración de proyección es de menos de veinte (20) minutos. Artículo 2°.- Aprobar, en el marco de lo dispuesto por la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29919, que modifi ca la Ley N° 26370, Ley de la Cinematografía Peruana, las categorías y estándares de duración de las obras cinematográfi cas, para los concursos que en materia de cinematografía organiza el Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: 2.1. Categorías i) Documental.- Supone una representación directa de la realidad, con fi nes informativos y/o artísticos, elaborada a partir de fuentes primarias o secundarias, como entrevistas, registros de eventos, materiales de archivo, entre otros tipos de materiales audiovisuales. ii) Ficción.- Supone una representación indirecta de la realidad, con fi nes artísticos, de entretenimiento o comerciales, que puede implicar la dramatización de situaciones, el empleo de actores y la estilización de la representación, entre otros tipos de recursos audiovisuales. iii) Experimental.- Supone el desarrollo de formas no narrativas de comunicación audiovisual o narrativas no convencionales, que exploran las diversas posibilidades de expresión del lenguaje cinematográfi co con fi nes artísticos. iv) Infantil.- La cual a su vez puede clasifi carse en Ficción, Documental o Experimental. Puede ser producido utilizando técnicas de animación o de registro de la realidad, y tiene la particularidad de estar dirigido a un público infantil. 2.2. Estándares de duración i) Largometraje.- Obra cinematográfi ca cuya duración de proyección es de más de setenta y cinco (75) minutos. ii) Cortometraje.- Obra cinematográfi ca cuya duración de proyección es de menos de veinte (20) minutos. Artículo 3°.- Disponer que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios del Ministerio de Cultura, adecuen sus procedimientos en relación a la dirección y supervisión de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográfi cas, conforme a lo aprobado por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 967103-2 Aceptan renuncia de Director General de la Dirección General de Interculturalidad y Derechos de los Pueblos y encargan funciones de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas y de las Direcciones bajo su dependencia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 213-2013-MC Lima, 26 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 162-2013-MC, se designó al señor Pompeyo Hernán Coronado Chuecas en el cargo de Director General de la Dirección General de Interculturalidad y Derechos de los Pueblos del Ministerio de Cultura; Que, a través del Decreto Supremo N° 005-2013- MC, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;